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L’Hospitalet y Horta aspiran a ser rival del Hércules tras el descenso administrativo a Tercera del Reus

17/07/2019 - 

ALICANTE. La Real Federación Española de Fútbol (RFEF) comunicaba este miércoles que el Reus "no es admitido en la actual temporada 2019/20 en la categoría de la Segunda División B, pudiendo hacerlo en la inmediata inferior", es decir, en Tercera División después de no cumplir "con los distintos requerimientos efectuados" que no son otra cosa que aportar el aval de 200.00 euros que se le exigía.

Lo anterior sucedía siete días después de que el club reusense, actualmente en concurso de acreedores, hubiese solicitado una moratoria de una semana para cumplir con ese requisito que se contempla en el artículo 105 del Reglamento General de la RFEF para aquellos clubes adscritos a Segunda B "que en cualesquiera de las tres temporadas inmediatamente anteriores hayan tenido resoluciones de la Comisión Mixta como consecuencia de deudas vencidas, exigibles y acordadas por este órgano o por los órganos jurisdiccionales federativos, por importe superior a 100.000 euros (acumulables)". 

Al parecer, el administrador concursal del Reus, en su afán por lograr la viabilidad de la sociedad, había tramitado la inscripción del equipo (la Asamblea General de la RFEF lo incluyó como uno más en el grupo III y participó en el sorteo del calendario del pasado lunes) pero finalmente 'solo' logró reunir 150.000 de los 200.000 euros que tenía que aportar (ni en el plazo inicial que expiraba el 10 de julio, ni en el adicional que finalizaba este miércoles) y de ahí la decisión federativa. El descenso administrativo de los rojinegros se une al que hace apenas siete meses decretaba el Juez de Disciplina Social de la Liga de Fútbol Profesional de la que quedaron expulsados por tres campañas (de haber logrado el aval, el Reus hubiese jugado en el grupo III e incluso podido disputar el 'play-off', pero nunca ascender).

La duda que surge ahora es qué equipo ocupará la plaza que dejan los rojinegros. Parece claro que este será uno de los equipos del grupo V de Tercera División, pero no está claro. El citado artículo 105 estable que "La Junta Directiva de la RFEF determinará el modo y forma en que se cubrirán las vacantes que se produzcan por las causas del presente artículo". Lo normal es que, como ocurriera hace un año tras la desaparición del Lorca, se recurra al procedimiento reglado en el artículo 194 del Reglamento General que contempla diferentes reglas "excluyentes" para proceder a la cobertura de vacantes por causas económicas" en la tercera categoría del fútbol patrio: 

"1. El derecho de ascenso lo tendrán los equipos que, estando adscritos a Tercera división, satisfagan la cantidad económica que la RFEF establezca, que consistirá en la suma de la cantidad fijada como deuda por la Comisión Mixta AFE–RFEF, mas las posibles cantidades adeudadas a técnicos, con resolución federativa firme, a la propia RFEF y a las Federaciones de ámbito autonómico. La cantidad resultante se dividirá entre el número de equipos descendidos por impago. 

2. Una vez fijado el importe a satisfacer por cada vacante, y antes de los tres días siguientes a la resolución de descenso, la RFEF emitirá circular a fin de que los clubes interesados manifiesten su interés en cubrir la vacante en los tres días siguientes. 

3. El derecho a ocupar las vacantes se determinará por la RFEF, ponderando las circunstancias concurrentes, por el siguiente orden y atendiendo a los siguientes criterios: 

a) El equipo de Tercera División de la misma Federación de ámbito autonómico a la que pertenezca el equipo descendido por impago. 

b) El equipo descendido de Segunda División "B" de la misma Federación de ámbito autonómico a la que este adscrito el club descendido por impago. 

c) El resto de equipos de Tercera División.

d) El resto de equipos descendidos de Segunda División B. 4. Los anteriores criterios se aplicaran de forma excluyente, de tal modo que si con la aplicación de un apartado la vacante quedara cubierta, no habrá lugar a la aplicación de los siguientes.

4. Los anteriores criterios se aplicaran de forma excluyente, de tal modo que si con la aplicación de un apartado la vacante quedara cubierta, no habrá lugar a la aplicación de los siguientes.

5. Siempre tendrán mejor derecho dentro de los de un mismo apartado, los equipos con mejor derecho deportivo, con la excepción que prevé el próximo epígrafe."

De acuerdo con lo anterior, L'Hospitalet y Atlético Horta serían los equipos que, por ese orden, estaría llamados a ocupar la plaza del Reus (a pagar el importe que se exija) ya que son los dos primeros que se quedaron sin ascender: L'Hospitalet finalizó la Liga regular en el grupo V como segundo y el Horta como tercero, quedando los dos eliminados en la primera ronda del 'play-off'. Y de no satisfacer la cantidad exigida ni 'Hospitalet ni Horta, se pasaría el criterio b) que apunta al Peralada, el descendido del grupo III de Segunda B que pertenece a la misma Federación de ámbito autonómico a la que está adscrito el Reus.

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