ALICANTE. La sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) favorable al Ayuntamiento de Alicante frente a las pretensiones de tres centros comerciales (Plaza Mar 2, Gran Vía y Puerta de Alicante) para que se les incluyese en una Zona de Gran Afluencia Turística (ZGAT), no sólo respalda la posición municipal en el embrollo jurídico de las aperturas en domingo. Al menos desde la perspectiva de la Conselleria de Economía, ese fallo también ratifica uno de los argumentos centrales que el propio departamento autonómico viene defendiendo como aval de su proceder: que las competencias para acordar el régimen de horarios comerciales las tiene la Generalitat. Lo cierto es que el fallo del alto tribunal se basa en el error de la instancia a la que se dirigió el recurso: los tres centros comerciales no debieron impugnar la decisión del Ayuntamiento de Alicante de excluirles a la hora de delimitar una ZGAT, sino que debieron impugnar la resolución por la que la Generalitat ratificó la propuesta municipal, a través de la Conselleria de Ecomomía. Así, la sentencia inadmite el contencioso de los tres centros comerciales recurrentes porque la potestad para regular el régimen de horarios comerciales es del Gobierno autonómico.
Fuentes de Economía apuntaron que, en última instancia, la sentencia supone un aval a los acuerdos dictados hasta la fecha para la ciudad de Alicante, ya que, cuando se decretó la ZGAT estacional en vigor (libertad de apertura de 15 de junio a 15 de septiembre), sólo se estaba ejerciendo las capacidades ejecutivas de las que dispone. Es más, según las mismas fuentes, gracias a aquel decreto dictado a finales de julio, "se ha evitado ahora que la sentencia pueda tener eficacia real, con la consiguiente desigualdad de trato que los tres centros comerciales alegaron en su recurso". De ahí que, según las mismas fuentes, la intención del departamento que coordina Rafa Climent sea seguir ejerciendo esa potestad con acuerdos ajustados al régimen legislativo estatal y al autonómico.
En ese escenario, se insiste, se encuadra la propuesta de pacto global acordada en la última reunión del Observatorio del comercio, por la que se fijaron hasta 38 festivos de apertura para las ciudades de Alicante y València, en el periodo comprendido entre el 15 de junio y el primer domingo de enero después de Reyes, además de la Semana Santa. Esa propuesta de pacto sigue perfilándose con reuniones sectoriales, como las que ya se han producido en el caso de las asociaciones más representativas del pequeño comercio de Alicante, sin que se alcanzase el respaldo deseado.
En Economía se teme, de hecho, que la sentencia del TSJ pueda tener ahora algún tipo de efecto en la consecución de ese pacto global, ante la posibilidad de que los tres centros comerciales puedan desmarcarse del pacto y opten por emprender nuevas acciones legales. Se trata precisamente de la vía a la que todos los firmantes del acuerdo debían renunciar para garantizar que el acuerdo tuviese estabilidad. Por lo pronto, se desconoce si Plaza Mar 2, Gran Vía y Puerta de Alicante recurrirán el fallo del TSJ ante el Tribunal Supremo. Disponen de 30 días para hacerlo.
En primer término, Economía todavía debe resolver los recursos administrativos presentados por Anged (la patronal de las grandes superficies), por El Corte Inglés y por los cuatro centros comerciales de Alicante (además de los tres citados, también Parque Vistahermosa), frente al modelo de regulación estacional en vigor.