ELCHE. La Plataforma Salvem el Mercat ha alegado contra la modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) planteada por el Ayuntamiento de Elche para legalizar el Mercado Provisional y reconvertir el edificio del Mercado Central en una zona de comercio, hostelería y ocio. En el documento se solicita la anulación de las modificaciones planteadas en el jardín de la Comunidad Valenciana y en el Hort de l'Escorxador por contravenir la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje de la Comunidad Valenciana (Lotup) y la Ley del Palmeral y se apuesta por la recuperación de la zona verde y la devolución de la actividad tradicional del mercado al emplazamiento histórico.
Uno de los argumentos esgrimidos contra la consolidación del Mercado Provisional es la jurisprudencia del Tribunal Supremo según la cual "para que un edificio público pueda ubicarse en zona verde debe motivarse las razones por las que la construcción en una zona verde no admite alternativa". Considera la plataforma que, una vez protegido el edificio del Mercado Central, sí existe esta alternativa: su emplazamiento tradicional.
La plataforma estima que la consolidación del Mercado Provisional -que puede pasar de 4 a 8 metros de altura- rompe con la unidad paisajística del cauce del río y de la trama urbana colindante, "afectando también negativamente al uso y disfrute por parte de la ciudadanía y la calidad del paisaje del entorno del conjunto de la basílica de Santa María, contraviniendo el artículo 6 de la LOTUP que persigue la preservación de la calidad visual del paisaje urbano".
"La propuesta del gobierno municipal elimina el acceso de los residentes a una zona verde trasladándola al Escorxador, totalmente alejada de estos usuarios, lo que contradice el anexo IV de esta misma Ley que impide el traslado de zonas verdes a otras zonas cuya falta de centralidad no se compense con otras ventajas", señalan.
Además recuerdan que el Mercado Provisional se encuentra en zona de peligrosidad nivel I, según el Patricova, y en la zona de policía según los planos del Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables, y la LOTUP indica en su artículo 9 que se “evitará los nuevos desarrollos en las zonas de riesgo de inundación significativos, salvo que a falta de alternativas de localización, puedan implementarse medidas correctoras suficientes y se evite el incremento del riesgo de inundación a terceros”.
Recuerdan que el artículo 235 indica además que las licencias de construcciones provisionales están sujetas a un plazo máximo de 5 años que se han superado en este caso ya que la construcción es de 2015.
En cuanto a la modificación planteada para L'Escorxador, la Ley del Palmeral establece en su artículo 10 que la clasificación urbanística que afecte a los bienes inmuebles objeto de protección incluidos en el ámbito de aplicación de esta ley se ajustará a lo que se establece en la presente norma, habiendo los instrumentos de planeamiento urbanístico y territorial de tener en cuenta, en todo caso, las prescripciones establecidas en ella, procurando que los huertos de palmeras queden en situación básica de suelo rural. De no ajustarse los planes urbanísticos a la presente norma, se procederá a modificar los citados planes urbanísticos para su adaptación a esta. "Como consecuencia, entendemos que, conforme a la Ley, la única modificación posible es para calificarlo como suelo rural".
La Plataforma coincide con la protección del edificio del Mercado Central realizada a raíz de los informes elaborados por la Fundación Docomomo Ibérico e Icomos. Sin embargo, considera que "no se realiza atendiendo a los estudios especializados propuestos, las excavaciones arqueológicas preceptivas y las recomendaciones patrimoniales y de mantenimiento del uso como mercado que le ha sido propio y tradicional efectuadas por las instituciones citadas".
Entiende la plataforma que, bajo el "subterfugio" de dotar de protección al edificio, lo que realmente hace el Ayuntamiento es proponer la demolición casi total del mismo (es decir: eliminar pilares de hormigón y sus cimientos, el forjado del piso, sus escaleras, el ascensor, la cubierta, la fachada del lado oeste y su zona trasera, las fachadas norte y sur sustituyéndolas por otras y mantener sólo la fachada del lado este) y proteger luego el nuevo edificio resultante, incurriendo en la recreación de un "falso histórico".