ALICANTE. La actualización de la ordenanza de limpieza echa a rodar en Alicante. La propuesta quedó aprobada este martes en Junta de Gobierno, un año después de que se abriese el segundo proceso de participación pública para recoger aportaciones de la ciudanía. Ahora, queda sujeta a su fase de tramitación política con la presentación de enmiendas antes de que se eleve a debate y votación en comisión informativa y en pleno.
A priori, el equipo de gobierno, del Partido Popular (PP), no debería tener dificultades para que la nueva normativa prospere, ya que se habría alcanzado un principio de acuerdo con los cuatro concejales de Vox. Un pacto que procuraría una mayoría absoluta holgada, sea cual sea la posición que puedan adoptar los representantes de PSOE, Compromís y Esquerra Unida Podem, que ya han emitido un primer juicio crítico respecto al alcance de la norma y a la falta de control de la propia contrata a cargo de los servicios de limpieza viaria y recogida de residuos que atribuyen al PP.
¿Qué conlleva el nuevo texto, a la espera del resultado de las enmiendas políticas y de las alegaciones posteriores que puedan registrarse tras su aprobación inicial? Al margen de reforzar las funciones de los inspectores municipales del servicio (siete, con la previsión de que puedan incorporarse otros cinco de forma inminente) para que puedan incoar expedientes sancionadores en el caso de que detecten infracciones, se amplía la relación de supuestos que quedan sujetos a la imposición de multas. Como ya ha informado este diario, se pasa de 63 a 86. Y en ellos se delimitan todo tipo de casuísticas tras su graduación en infracciones leves, graves y muy graves con penalizaciones económicas de hasta 750, hasta 1.500 y hasta 3.000 euros, en función de cada uno de esos niveles.
Así, se prevén multas de hasta 600 euros para los ciudadanos que miccionen en la calle, y de hasta 300 para los propietarios de mascotas que no utilicen una solución jabonosa para diluir el orín de sus animales, por ejemplo. Esa misma penalización se aplicará también para los dueños de animales que no se provean de bolsas suficientes para recoger sus heces.
En esa misma graduación de infracciones leves también se incluyen multas de hasta 300 euros por arrojar colillas, chicles, cáscaras, papeles o envases en la vía pública. Y se establece la misma penalización por escupir. Ese importe también será el previsto para sancionar a los ciudadanos que no usen un cenicero para tirar sus colillas durante su estancia en la playa, toda vez que no se recoge la prohibición de fumar sobre la arena, a pesar de que era una opción valorada por el 62% de los ciudadanos que participaron en la consulta pública.
Entre las infracciones graves, se estipula una sanción de hasta 780 euros por el depósito de enseres en la vía pública sin utilizar el servicio de recogida gratuito habilitado por el Ayuntamiento en coordinación con la empresa concesionaria. Ensuciar la vía pública con restos de podas o defecar en la calle estará castigado con hasta 900 euros. Almacenar materiales de construcción sin permiso, acarreará una multa de hasta 1.500 euros. Y la misma cuantía se aplicará para los propietarios de solares, patios interiores o zonas verdes que no los mantengan limpios.
El depósito de octavillas en vehículos particulares, señales o marquesinas de autobús se multará con hasta 780 euros, mientras que los comerciantes de venta no sedentaria que no recojan los residuos generados por su actividad se expondrán a multas de hasta 900 euros. Aquellos que rebusquen o extraigan restos de residuos de papeleras y contenedores, podrán ser sancionados con hasta 780 euros.
Y entre las infracciones muy graves, se incluyen sanciones de hasta 3.000 euros por el vertido de escombros, mientras que los establecimientos de hostelería, restauración o catering que no separen en origen los distintos tipos de residuos que generen, quedarán sujetos a la imposición de sanciones de hasta 2.100 euros, por ejemplo.