ALICANTE. Los empresarios del sector de la hostelería apuran plazos pero -como los vecinos- también formulan alegaciones para evitar la implantación definitiva de restricciones a su actividad a través de las dos Zonas Acústicas Saturadas (ZAS) diseñadas por el Ayuntamiento de Alicante para el Centro Tradicional y el Casco Antiguo. Esas objeciones, registradas por propietarios de varios negocios a título particular, y por la Asociación de Locales de Ocio y Restauración (Alroa), inciden en argumentos similares que podrían resumirse en un mismo motivo: la arbitrariedad y falta de justificación con la que se habría dispuesto las medidas recogidas en las dos ZAS.
En concreto, los empresarios consideran que las ZAS aprobadas por el equipo de gobierno, del Partido Popular (PP), a mediados de febrero incurren en causa de nulidad en la medida en que las mediciones en las que se fundamentan -elaboradas por la consultora Cecor- se habrían practicado desde ubicaciones sin ningún tipo de justificación técnica. En esta línea, los hosteleros llegan a señalar que el único sonómetro utilizado para captar el nivel de ruido del conjunto de calles encuadradas en la ZAS del Centro Tradicional se situaría en el balcón de la vivienda de uno de los vecinos de la calle Castaños que ha promovido dos contenciosos contra el Ayuntamiento en busca de una sentencia que fuerce a acordar esas limitaciones.
Al respecto, sus alegaciones añaden que ni se ha motivado la elección de ese emplazamiento concreto, ni se ha garantizado que ese medidor no esté expuesto a otras fuentes de origen de ruido. Es más, recalcan que tampoco se habría acreditado por qué esos registros resultan suficientes para acordar limitaciones en el resto de calles, a pesar de la distancia que pueda mediar con puntos como el último tramo de la calle San Francisco, en su confluencia con el Portal de Elche.
Al tiempo, los empresarios consideran que esas sonometrías habrían dejado de ser válidas. Primero, porque se captaron en 2022 y la situación del conjunto de calles afectadas por la ZAS habría variado tres años después, en tanto que se habrían producido cambios en los negocios presentes en ese ámbito. Y, segundo, porque esas mediciones también estarían desfasadas desde el momento en el que se produjo la entrada en vigor de la nueva Ordenanza de Ocupación de Vía Pública, con la que se recorta el horario de funcionamiento de las terrazas.
De igual modo, los hosteleros recalcan que tampoco se aporta ninguna justificación sobre la delimitación territorial escogida para acordar las dos ZAS, a pesar de que también existen negocios hosteleros en calles próximas. Y, como elemento adicional que avalaría esa supuesta discrecionalidad, señalan que solo se habría acordado actuar en dos zonas concretas del término municipal, sin que se hayan tomado medidas similares en otros puntos de la ciudad, como la Avenida de Maissonave, el entorno del campo de golf, en Playa de San Juan, el Puerto de Alicante, el paseo de Federico Soto, la Plaza de los Luceros o las avenidas de Salamanca y de Óscar Esplá, por ejemplo.
En contra en los juzgados
A todo ello, añaden otro elemento más que, a juicio de los hosteleros, pondría de manifiesto la incongruencia de la decisión municipal, toda vez que el propio Ayuntamiento habría descartado que concurriesen las circunstancias para acordar una ZAS en los procedimientos legales planteados por los residentes del Centro Tradicional. Es decir, que el Ayuntamiento no podría actuar contra sus propios actos: defender en los juzgados una posición, y acordar otras medidas opuestas en vía administrativa. Menos, si cabe, según objetan, si se considera que el estudio en el que se basa la declaración de las ZAS no llega a recomendar en ningún caso que se acuerde una reducción de horarios de funcionamiento en el interior de los locales.
Los empresarios recalcan, igualmente, que no se habría elaborado un mapa acústico del conjunto de la ciudad como requisito previo a la declaración de una ZAS; que no se habría aportado información completa sobre el expediente sobre la declaración de la ZAS hasta el pasado 4 de abril, lo que generaría indefensión al sector a la hora de plantear alegaciones; y que tampoco se habría promovido un estudio de impacto económico sobre las consecuencias de las limitaciones previstas en las ZAS, como el que sí habría elaborado Alroa, en el que se concluiría que las restricciones previstas abocarían al cierre de la mayoría de los negocios, con los consiguientes despidos.
Y, por último, inciden en que ni se conoce que se haya impuesto ninguna sanción a los establecimientos hosteleros por exceso de ruido que pudiese avalar la necesidad de la declaración de las ZAS, ni tampoco se ha promovido un diálogo previo con el sector que permitiese avanzar en la adopción de posibles soluciones.