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suspenden su aplicación

Subdelegación interpone un contencioso contra el Ayuntamiento de La Nucía para anular la RPT

11/05/2023 - 

LA NUCÍA. La Subdelegación de Gobierno de Alicante ha interpuesto un recurso contencioso-administrativo contra el Ayuntamiento de La Nucía. Según confirman fuentes de la misma a este diario, lo hacen después de haberles requerido que anularan la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) y no hayan procedido en el mes de plazo establecido. El último día era el 24 de abril, pero será este jueves 11 de mayo cuando ratifiquen en el pleno el expediente, donde rechazan el requerimiento y en el que se incluye la suspensión de la RPT hasta que sea firme.

Así lo recoge una moción del gobierno local después de exigirles que anule las aplicaciones presupuestarias que contiene el nuevo documento. De este modo, dicen no estar de acuerdo con la resolución y aseguran que se ajusta a derecho. 

Como ha venido contando este diario, en diciembre el Ayuntamiento llegaba a un acuerdo con la mesa de negociación sobre la RPT y la Valoración de Puestos de Trabajo (VPT). Tras su aprobación en el pleno, se daba fin a un proceso iniciado hacía más de tres años y medio, y para el que habían contado con un estudio previo realizado por la Universidad de Alicante, y el trabajo posterior del departamento de Personal del Consistorio. Estas VPT y RPT "suponen una actualización de las retribuciones salariales y de la estructura de los puestos de trabajo, que se realizará por fases durante los tres próximos años", dijeron en su momento en un comunicado.

Sin embargo, el 24 de marzo de 2023 el Ayuntamiento recibía un escrito de Subdelegación por el que requieren la anulación de las aplicaciones presupuestarias para el ejercicio de 2023 que incluyen las nuevas retribuciones. Lo hacen en virtud del artículo 19. Dos de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023. El mismo recoge que para este año "las retribuciones del personal al servicio del sector público no podrán experimentar un incremento global superior al 2,5 por ciento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2022". Por lo que consideran que se estaría superando este umbral.

Oposición del Ayuntamiento

Pero el Ayuntamiento rechaza las argumentaciones de Subdelegación. En primer lugar, niegan que se produzca un aumento lineal de las retribuciones de todos los empleados públicos, como afirman desde Subdelegación. Así, explican que se produce un aumento de los niveles de los puestos de trabajo y los complementos específicos, salvo en aquellos en los que la valoración conlleva una disminución.

En segundo lugar, Subdelegación asegura que no consta expresamente cuáles han sido las variaciones de las funciones de todos los puestos que ven incrementadas sus retribuciones. Ante esto, el Consistorio señala que la RPT es la primera que se aprueba en La Nucía, por lo que explican que no se han modificado las funciones, y por tanto, no consideran que se haya incrementado los complementos específicos como consecuencia. Sino que se ha hecho una valoración de nuevo y se le asigna dicho complemento específico. "Por tanto es imposible explicar cuáles son las variaciones de las funciones, porque con carácter previo a la RPT que se discute no existía esta descripción", remarcan en la moción.


En tercer lugar, Subdelegación afirma que no queda acreditado ni el carácter excepcional ni imprescindible de la medida adoptada, que permitiría sobrepasar el importe establecido a nivel nacional. En este caso, el Ayuntamiento insiste en que se da debido a que es la primera RPT que aprueban, por lo que las modificaciones de las retribuciones no derivan del cambio en las funciones, sino por la valoración de nuevas. "Lo que no sería posible es mantener la 'valoración' de puestos de trabajo existente anteriormente a la RPT para no superar el 2,5 de incremento, porque entonces dejaría de ser una Valoración de Puestos de Trabajo", reseñan.

A continuación, en cuarto lugar responden a la afirmación de que no cabe el trasvase de importes del complemento de productividad a otro, ni la absorción o compensación del complemento de productividad por los complementos de destino o específico. El complemento de productividad cobrado durante un tiempo, dice Subdelegación, no generan ningún derecho individual posterior.

En este sentido, el Consistorio responde que no se está consolidado cantidades percibidas, "sino que en los casos en que se ha producido un incremento por estos conceptos, se ha reducido en un importe equivalente del complemento de productividad, cuando se estaba percibiendo, para no incrementar las retribuciones globales".

Suspensión de la RPT

Con todo, consideran que está ajustado a derecho, rechazan el requerimiento, pero deciden suspender la aplicación de la RPT hasta que sea firme para evitar "perjuicios de difícil reparación" en caso de que se impugne y sea anulado. Fuentes de Subdelegación señalaron que si finalmente el Ayuntamiento la anulara -que no suspendiera- y se comunique al organismo estatal, desistirían del recurso.

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