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proceso pendiente de sentencia

El Supremo admite el recurso de Geamur y revisará la adjudicación del contrato de jardines de Alicante

4/02/2022 - 

ALICANTE. El litigio planteado en torno a la adjudicación del servicio de mantenimiento y conservación de zonas verdes de Alicante queda bajo el escrutinio del Tribunal Supremo (TS) a instancias de Geamur: la empresa que ha venido asumiendo la concesión en los últimos 15 años. El alto tribunal acaba de admitir a trámite el recurso de casación presentado por la compañía al considerarlo fundamentado, con lo que procede a revisar el fondo del asunto para determinar si el acuerdo de adjudicación acordado por el Ayuntamiento fue o no correcto. 

Así se concreta en el auto fechado el pasado 27 de enero, contra el que no cabe recurso, en el que se detalla que la controversia planteada tiene interés casacional y resulta relevante para fijar jurisprudencia en otras disputas similares relacionadas con los procesos de contratación pública en los que el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC) haya conminado a retrotraer actuaciones y volver a valorar a todos los licitadores que optasen de partida a un determinado concurso.

¿Cuál es, en concreto, el conflicto planteado? El fondo de la controversia reside en si el Ayuntamiento actuó de forma procedente al conceder el contrato a la empresa STV Gestión mientras todavía se dirimían los recursos de contratación presentados por Geamur. Como informó este diario, el Tribunal Superior de Justicia (TSJCV) admitió la medida cautelar solicitada por STV Gestión y avaló que se firmase el contrato aunque no existiese una resolución definitiva sobre la validez del proceso, al estimar que existía un acuerdo municipal en el que se consideraba que la suya era la mejor oferta presentada, después de haber excluido a la propuesta de Geamur, con el argumento de que incurría en baja temeraria. Con ello, el alto tribunal autonómico consideraba que se reconocía ese derecho a la compañía, deshaciendo el bloqueo que le generaba perjuicio, y, además, se evitaba la demora en la asunción de las prestaciones añadidas como mejoras en el nuevo pliego de condiciones del servicio en beneficio de la ciudad.

No obstante, Geamur consideró que no podía formalizarse esa adjudicación cuando todavía estaba viva la disputa sobre la inclusión de su oferta en el concurso, a la vista de la resolución dictada por el TACRC en la que se descartaba que su propuesta hubiese incluido en baja anormalmente desproporcionada y se conminaba al Ayuntamiento a retrotraer el concurso a la fase de valoración de las ofertas para incluir, de nuevo, a Geamur. Con esa incorporación, Geamur sostiene que se habría posicionado como la oferta mejor valorada, al plantear el menor precio.

Así, dicha compañía acudió al TS para revertir la decisión avalada por el TSJCV. Y el TS acuerda ahora estimar ese recurso para analizar el procedimiento y resolver al respecto. De este modo, en el auto conocido ahora, el alto tribunal subraya que "la cuestión que reviste interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia es: precisar, matizar y aclarar la jurisprudencia sobre los criterios en  materia de medidas cautelares, cuando, entre los intereses en conflicto debe ponderarse la efectividad de la resolución del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales que anula la resolución de exclusión de un licitador y ordena la retroacción de las actuaciones, frente a la continuación de dicho proceso de licitación por la administración contratante.

La admisión a trámite del recurso de casación llega más de un año después de que STV Gestión haya asumido la prestación del servicio y después de que el Ayuntamiento haya liquidado el contrato precedente, con la devolución de la garantía provisional depositada en el momento de la adjudicación, como también ha informado Alicante Plaza.

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