MANTIENE A IMED COMO CONCESIONARIO, AUNQUE FALTA POR RESOLVER OTRO LITIGIO

El Tribunal Administrativo desestima el recurso de Clínica Vistahermosa contra las resonancias de Alicante

30/11/2018 - 

ALICANTE. Imed será, por el momento, el concesionario del plan de choque de resonancias para la provincia de Alicante convocado por la Conselleria de Sanidad. El Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales ha desestimado el recurso que presentó en su día la empresa Clínica Vistahermosa Grupo HLA contra la adjudicación del lote 5, el que corresponde a la provincia de Alicante, valorado en 27 millones de euros. El concurso se mantiene paralizado de forma cautelar porque existe otro recurso por dilucidar.

Según el fallo, Clínica Vistahermosa solicitó que la adjudicación quedara anulada y que se valorara como criterios técnicos la antigüedad de los equipos, pues, según defendió, su oferta era más ventajosa. Al parecer, en esa baremación, a Clínica Vistahermosa se le dieron cero puntos a sus dos instalaciones, pese a que fueron instalados de diciembre de 2013 y mayo de 2018, respectivamente.  La empresa recurrente insistió en que esos aparatos para resonancia no sólo se instalaron en ese año, sino que se fabricaron en ese año. Afirma la firma recurrente que no pretendía alterar su oferta técnica pues "los equipos de resonancia de los que dispone son los que son, están instalados y en pleno funcionamiento en la clínica". "Lo único que procedía es aclarar dos puntos concretos de las características técnicas de esos equipos que pueden haber sido descritos de forma no totalmente clara en los certificados técnicos elaborados por el fabricante y suministrador, características técnicas con las que los equipos ya contaban a la fecha de presentación de las ofertas y que en modo alguno se ven alteradas", afirma en la resolución.

Y por ello, alega que la puntuación otorgada al ganador; es decir a Imed, ha sido de 86,76 puntos, mientras que la puntuación de la recurrente ha sido de 82,00 puntos. Por tanto, "entre ambas hay una diferencia de 4,76 puntos. Si se hubiese puntuado de forma correcta la antigüedad de los equipos de la recurrente debería habérsele otorgado una puntuación de entre 4.6 y 4,9 puntos", afirma la defensa de Clínica Vistahermosa.

Además, añade que al segundo clasificado, la UTE Radiología Mediterráneo, se le debió dar menos puntuación por tener sus aparatos menos intensidad en la potencia del imán. "Se le otorga una puntuación de 12 puntos, cuando en realidad se le debió otorgar 8", alega Vistahermosa.

Por esta razón, el órgano de contratación considera necesario que se proceda a rectificar su valoración respecto a los años de instalación y fabricación de los aparatos, como alega en primer lugar Vistahermosa, pero, revisada la valoración, no se produce una variación de la empresa adjudicataria, la cual no cambia su puntuación y sigue siendo Imed la oferta económicamente más ventajosa.

En cuanto a la UTE Radiología Mediterráneo, afirma el tribunal, ha ofertado dos equipos, no tres como se estimó inicialmente, por consiguiente, la valoración del criterio de adjudicación intensidad del imán debe ser rectificada.

Así que de esta manera, el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales sentencia que la puntuación correspondiente a la antigüedad de los equipos ofertados por Clínica Vistahermosa no determina que esa empresa sea la mejor clasificada, ni consiguientemente, una variación de la empresa adjudicataria -Imed-, que ha obtenido una puntuación superior a la de la empresa recurrente (86,76 puntos, frente a 85), quedando la recurrente en segundo lugar por delante de la UTE Radiología Mediterráneo, que "ha obtenido, como consecuencia de la rectificación de la valoración de su oferta, 75,91 puntos". 

Por consiguiente, el sentido de la adjudicación se mantiene invariable, lo que nos obliga a desestimar el recurso y a confirmar la resolución recurrida. Por el momento, Imed sigue como ganador del concurso, pero queda otro pendiente por resolver, por lo que ja adjudicación no es todavía definitiva.

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