CALP. Primero Compromís y después la Dirección General de Urbanismo de la Generalitat Valenciana. Los dos habían presentado objeciones a dos hoteles de Calp por exceso de alturas: uno ya en funcionamiento, el Suitopía, del grupo Solymar, y el otro, de AR&Hotels, en proyecto. La formación valencianista había presentado un recurso de reposición contra la concesión de licencias; la Generalitat había ido un paso más allá: reclamaba su anulación efectiva. Ambas iniciativas en base a un informe que venía a decir que el Suitopía tenía 30 alturas de más al no contabilizar las zonas comunes en la edificabilidad total proyectada. La Generalitat, incluso, hizo suyos los argumentos de los grupos de la oposición: PSPV, Compromís y Sí Se puede, que venían a decir que la licencia de obra concedida no tiene en cuenta el límite del 20% en el cómputo de los elementos comunes y de servicios.
Pues ahora, tres meses después, los técnicos municipal de Calp han rebatido los recursos y requerimiento: no sólo avalan las licencias concedidas por el consistorio que preside César Sánchez, sino que además ven inconsistencia en los argumentos que aportan.
En el caso de Compromís, el portavoz del grupo, Ximo Perles, había expuesto dos cuestiones para solicitar la anulación de la licencia del proyecto del AR&Hotels. La primera, que la licencia concedida requería de estudio de impacto ambiental, por afectar a espacios protegidos de la Red Natura 2000, como es el Peñón de Ifach, que está inscrito dentro del catálogo de ZEPA, reconocido por la Unión Europa. La segunda, el argumento era todo lo relacionado con los elementos comunes del proyecto (sala de exposiciones, spas, parkings,...), que deben exceder del 20% del total de la edificación.
Pues bien, a la primera alegación, los técnicos calpinos consideran que la evaluación de impacto ambiental es innecesaria en este caso pues" la parcela objeto de la licencia es suelo urbano consolidado". El consistorio aporta fotografías en las que "se aprecia el grado de consolidación existente en las zonas que lindan directamente con los espacios protegidos, lo que pone de manifiesto la inconsistencia de las alegaciones efectuadas por la recurrente".
"La ubicación de la parcela y sus condiciones urbanísticas conforme a la normativa aplicable no exceden del ámbito exclusivamente municipal, por lo que la pretensión de que intervenga sobre la licencia la Administración Autonómica carece de sustento, teniendo en cuenta lo establecido por el art. 244 de la LOTUP, que requiere que existan intereses supramunicipales afectados, algo que no se da en el presente caso", alegan los informes que desestiman el recurso.
Sobre los elementos comunes que no pueden exceder del 20% de la superficie computable, Compromís sostiene que "no resulta aplicable ya que la edificación objeto de licencia “no tiene un destino exclusivamente hotelero como unidad de explotación, y que el edificio es susceptible de división horizontal conforme al artículo 109.4 de las normas urbanísticas del PGOU de Calp".
Los técnicos rebaten este argumento y defienden que "todas las zonas de servicio propuestas en el proyecto de Sol de Calpe S.L. (hotel Suitopía) y recogidas en la licencia que se recurre, "están contempladas en el anexo I del Decreto 75/2015 Regulador de los establecimientos hoteleros". Es decir, a su juicio, "los elementos comunes y de servicio que se contemplan en la licencia son los que exige la legislación que regula los establecimientos". Y por tanto, "no hay ningún exceso de volumen, ya que el proyecto es sin ninguna duda un hotel de 4 o más estrellas, que sus zonas comunes y de servicio son las adecuadas, necesarias y proporcionadas para un hotel de esta categoría y capacidad, como así lo exige el Decreto 75/2015 Regulador de los Establecimientos Hoteleros de la Comunidad Valenciana".
Por todo ello, los técnicos validan los dos proyectos hoteleros, el Suitopía y el de Ar&Hotels, y sus licencias, de manera que desestiman las pretensiones tanto del grupo municipal de Compromís como de la Dirección General de Urbanismo, a las que conminan a presentar un recurso contencioso-administrativo.
Compromís per Calp, por su parte, rebate que ninguno de los informes aclara que de deber un elemento común o servicio y por ello, sostienen que es necesario acudir a la vía contencioso-administrativa. Ahora se abre un plazo de dos meses para estudiar las alternativas y ver qué hace, asimismo, la Generalitat Valenciana, que también reclamó la nulidad de las licencias, afirma Ximo Perles.