ELCHE. El Ayuntamiento y la mercantil Aglomerados Los Serrano tendrán que indemnizar con 4.283,4 euros a una vecina del municipio que en 2021 sufrió una caída en la Avenida de Novelda como consecuencia de unas obras de reasfaltado que tenían lugar en el mes de mayo. Así ha fallado el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Elche a principios de este mes.
Una sentencia que llega tras una primera del 29 de noviembre de 2022 en la que se desestimó, como suele ocurrir en estos casos, la reclamación patrimonial de esta particular pidiendo responsabilidades al Consistorio por el estado del viario público. No obstante, tras el recurso presentado y su admisión a trámite, ahora el Contencioso ha dado la razón a la particular, que pedía una indemnización por los daños y perjuicios padecidos a consecuencia de la caída sufrida en mayo de 2021. La recurrente tropezó con un desnivel originado en la calzada por las obras de reasfaltado que se estaban ejecutando en la zona, cayendo al suelo y causándose lesiones.
La defensa de la denunciante aludía a un presunto funcionamiento anormal del servicio público, al considerar la recurrente que el accidente padecido fue debido la inexistencia de señalización del desnivel existente en la calzada, de unos 4 ó 5 centímetros, que provocaron perdiera el equilibrio y cayera de bruces contra el suelo. Tanto el Ayuntamiento como la firma adjudicataria no negaron la existencia del accidente en la vista, ni el alcance de las lesiones y secuelas padecidas por la recurrente, ni el importe de la indemnización reclamada, fundando su oposición, en primer lugar, en el hecho de que hallándose la vía en obras, la viandante debía haber extremado la precaución, además de que era vecina de la zona, y que había sido advertida de la ejecución de las mismas. Defendieron que las obras se encontraban debidamente señalizadas con conos, poniendo en aviso a los usuarios de la vía de la presencia de obstáculos.
Sin embargo, dado que estas cuestiones son reclamables a la administración por el mal funcionamiento de los servicios públicos, hacía falta dilucidar si esa era la situación. Hecho que se pudo comprobar con un testigo que además fue quien auxilió a la vecina tras la caída: el desnivel estaba mal señalizado, no había señalización ni frontal ni longitudinal; no había ni conos, ni rayas en amarillo señalando la existencia de las obras, ni pasarelas de hierro en las zonas de paso. El valado y los conos se pusieron después, porque él como agente de seguridad, exigió al encargado de obra que procediera de inmediato a señalizar las obras. No había tampoco ninguna señal especifica que advirtiera de la presencia del desnivel en el paso de peatones, que a su juicio alcanzaba 7, 8 ó 9 centímetros, y que entrañaba un evidente riesgo para los viandantes, máxime en una zona tan transitada como la Avenida de Novelda.
Así pues, finalmente el Contencioso dictó esta sentencia, singular por lo poco habitual, y que reconoce que era responsabilidad del Ayuntamiento de Elche el adoptar las medidas necesarias y adecuadas para que la vía pública estuviera en condiciones de seguridad, debiendo además controlar y vigilar, en primer lugar, que los badenes estuvieran debidamente señalizados y fueran perceptibles por los usuarios de la calle. Y en segundo lugar, que las obras que se estaban ejecutando, estuvieran debidamente delimitadas y señalizadas para evitar estos accidentes.