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aprobación definitiva de la conselleria

Luz verde a las Áreas de Vigilancia Arqueológica de Elche: catas, armonía del entorno y requisitos a sótanos 

30/01/2023 - 

ELCHE. Después de un largo trámite de propuestas, permisos ambientales y aprobaciones provisionales, la conselleria de Política Territorial ha aprobado definitivamente la modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) y el Plan Especial de Protección de Edificios y Conjuntos para incluir las Áreas de Vigilancia Arqueológica (AVA) de Elche en su catálogo de protecciones. Aunque hasta ahora la misma se había venido aplicando de facto con permiso preceptivo de conselleria una vez realizadas las excavaciones arqueológicas de cara a futuras construcciones, y con la aprobación provisional ya se habían incluido estas áreas en el catálogo, quedaba la ratificación definitiva.

Después que la Dirección General de Cultura y Patrimonio instara en 2019 (como consecuencia de unas catas) a delimitar estas áreas, que afectan a las zonas del Raval-Salvador y el Recinto Histórico Artístico, en 2021 el Ayuntamiento inició unos trámites que han finalizado ahora con la modificación del Plan General y su publicación en el boletín provincial. Además de la inclusión de las AVA en el catálogo, se han modificado diversos artículos en cuanto a normativa urbanística que regirán a partir de ahora las actuaciones en las zonas más sensibles a nivel arqueológico. Sobre todo en el conocido como Recinto Histórico-Artístico.

El Plan delimita como recinto diferenciado el Núcleo Histórico Tradicional (NHT), dentro del cual quedan incluidos la totalidad de los barrios del Raval, la Vila Murada, la Puebla y Santa Teresa. En este sentido, las dos áreas abarcan la mayoría del NHT, salvo el lado Oeste del río. Todo el perímetro está delimitado por la ladera del río Vinalopó, en la calle Lluna, hasta Filet de Fora. En el eje Norte-Sur, desde el Palacio de Altamira y el Mahe y a la altura de Carrer Porta d'Alacant, hasta Carrer Fray Luis León, finalizando prácticamente en Pedro Juan Perpiñán.

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Condiciones para demoliciones y la nueva construcción

El Plan propone un doble objetivo de preservación del patrimonio urbanístico y arquitectónico "de tan alto valor histórico y de dinamización urbana del sector, permitiendo que su progresiva revitalización suponga también afirmación como ámbito de los usos centrales urbanos". Como se ha mencionado en otras ocasiones, en el área delimitada no se permitirá la sustitución indiscriminada de los edificios existentes, ni la demolición de edificios salvo en el caso de ruina o que esté programado el inicio de obras de nueva construcción en el solar en el plazo de un mes. 

Asimismo, las nuevas edificaciones y la reforma y rehabilitación de las existentes deberán armonizar con la tipología histórica tradicional, una tipología que el departamento de Urbanismo aclaró hace algunos meses, de cara precisamente a la falta de sintonía entre las edificaciones que se están promoviendo en los últimos años en el casco histórico, y la desorientación de los promotores de cara a esa armonización. Además, en las ordenanzas municipales de la edificación (precisamente ahora saldrá a exposición pública la nueva, que busca agilizar licencias) y en el catálogo "se regulará la documentación y requisitos necesarios para la obtención de licencia de derribo y/o obras que garanticen el cumplimiento de lo especificado en los párrafos anteriores". Y se incide por último en el Artículo 17 del PGOU la obligatoriedad de medidas cautelares ante posibles restos de cara a una obra para que Cultura lo analice, así como que el Ayuntamiento no podrá otorgar licencias hasta que la administración autonómica dé el visto bueno. 

Los sótanos, solo si no hay restos o si se justifica su compatibilidad con la obra

Por último, en el Artículo 18 del Plan General se incluye de nuevo la delimitación de estas AVA, además de que se deberán integrar las obras en el entorno arquitectónico existente. En el AVA 1, el Recinto Histórico-Artístico, en los edificios de este perímetro "se prohíben expresamente la construcción de plantas sótanos o semisótanos sin que se justifique convenientemente la inexistencia de restos arqueológicos, o su compatibilidad con la construcción del sótano".

Un último paso por tanto que culmina el procedimiento administrativo (salvo el plazo para contencioso) y que estaba pendiente de cerrar desde la pasada legislatura, cuando la oposición impidió en pleno la aprobación de la extensión de esta tutela arqueológica en el Núcleo Histórico Tradicional. Una de esas tareas importantes y pendientes de realizar en materia de normativa a nivel local y que ya ha concluido.  

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