ALICANTE. El pleno del Ayuntamiento de Alicante ha aprobado este jueves la revisión de la ordenanza sobre Tenencia, Bienestar y Protección Animal que comenzó a tramitarse durante el pasado mandato sin que llegase a aprobarse bajo las etapas de Gobierno del tripartito, del PSOE en solitario y del PP, igualmente en solitario. La propuesta ha contado con los votos a favor de los tres grupos políticos del centro-derecha: Partido Popular (PP), Ciudadanos (Cs) y Vox. PSPV-PSOE, Unides Podem EU y Compromís han votado en contra. La propuesta validada mantiene íntegramente el contenido aprobado durante su debate en comisión, tras la desestimación de las enmiendas que se han vuelto a elevar a la consideración del pleno.
La edil de Sanidad, la popular Julia Llopis, ha explicado que la propuesta consiste en una adaptación de la normativa municipal a la reciente legislación autonómica sobre la materia, en la que se recoge el trabajo elaborado durante el pasado mandato, y ha explicado que, entre las enmiendas formuladas, se ha admitido las que se han considerado viables por parte de los técnicos municipales.
Con todo, el edil de Compromís, Rafa Mas, ha justificado su voto en contra al señalar que se trata de una ordenanza que "fiscaliza a los ciudadanos que tienen animales en lugar de protegerlos" y ha insistido en que ni promueve el sacrificio cero ni tiene en cuenta "el control de instalaciones municipales como la perrera, gestionada por una empresa", de la que se desconoce su gestión y sobre la que "tenemos constancia que existen varias denuncias de particulares". Además, ha considerado, en respuesta a Llopis, que no solo se debe tener en cuenta la valoración de los técnicos.
La edil de Unides Podem EU, Vanessa Romero, ha abundado en esos argumentos y ha incidido en que debería haberse dado la oportunidad de participar a los colectivos animalistas, para no limitar su papel a la presentación de alegaciones. Así, también ha anticipado su voto en contra.
La concejal socialista Lara López también ha adelantado su voto negativo tras estimar que debería fomentarse un mayor control de las colonias felinas y procurarse medidas que garanticen la tendencia al sacrificio cero.
En el turno de réplica, el edil de Vox, José Juan Bonet, ha sugerido que, al margen de la ordenanza, se debería arbitrar algún tipo de valoración previa para concretar si una familia está preparada y capacitada para cuidar un animal, para evitar situaciones de semiabandono por causas laborales, por ejemplo.
Romero, por su parte, ha replicado a Bonet que en el debate de las enmiendas en comisión, Vox votó en contra de que se prohibiese el abandono de animales durante más de un día en el interior o exterior de las viviendas.
El edil de Ciudadanos (Cs), Antonio Manresa, ha justificado su voto a favor al considerar que la ordenanza actualiza la normativa a partir del trabajo que se desarrolló durante el pasado mandato.
Llopis ha incidido en que la ordenanza permite avanzar en la regulación, ha dicho no compartir la opinión expresada por Mas sobre el funcionamiento de la protectora de animales de Bacarot y ha conminado a seguir concienciando en la protección de los animales.
Tras el debate, todas las enmiendas presentadas por Unides Podem EU y Compromís han sido desestimadas por las tres fuerzas del centro-derecha en bloque: el equipo de Gobierno, compuesto por PP y Cs, y Vox. La votación final ha tenido idéntico resultado: 16 apoyos por parte de los concejales de PP (9), Cs (5) y Vox (2), frente a los 13 de PSPV-PSOE (9), Unides Podem EU (2) y Compromís (2).
En el pleno también se ha aprobado la bonificación del impuesto de construcciones y obras para el proyecto de construcción de una vivienda unifamiliar por parte de la Asociación de Padres de Autistas de la Comunitat. El acuerdo ha prosperado por unanimidad.
Igualmente, también se ha aprobado el reconocimiento de crédito por un importe de 48.159 euros para pagar facturas relacionadas con el mantenimiento y conservación de la señalización horizontal y vertical de la ciudad. Con todo, el portavoz de Compromís, Natxo Bellido, ha expresado su preocupación por el retraso en la licitación de varias contratas -entre ellas, la de señalización, ahora en fase de adjudicación-, ya que "corremos el riesgo de que el pago de facturas mensuales sin contratos en vigor se convierta en algo habitual".
Por lo que respecta a la ordenanza de protección animal, fuentes municipales han precisado que el acuerdo de aprobación inicial, aprobado este jueves, permite actualizar la normativa anterior, que databa del año 2000. A partir de su aprobación y publicación en boletines oficiales, se abre un plazo de 30 días para la presentación de alegaciones.
El proyecto consta de 15 capítulos, un total de 112 artículos y algunas disposiciones adicionales y regula por primera vez las playas de perros y los parques caninos. En el capítulo de protección de los animales se apunta que a los animales no se les puede causar la muerte o practicarles mutilaciones. Tampoco se permitirá "su maltrato físico, psíquico y pasivo".
El texto oficial prohíbe la instalación de circos con animales y las atracciones feriales con animales atados a todo tipo de carruseles o similares. Sobre los animales en las playas, el artículo 29 puntualiza que "salvo en aquellas expresamente autorizadas para perros, queda prohibido el acceso de todo tipo de animales a la arena de las playas durante todo el año", pero abre una puerta sobre el particular. "Excepcionalmente -prosigue el artículo- los perros podrán acceder en el período comprendido entre el 1 de noviembre y el 1 de marzo, siempre respetando las medidas de seguridad y sanitarias, es decir, irán sujetos, con bozal si fuera necesario, y se recogerán los excrementos que produzcan".
La persona que conduzca un animal -se anota en el artículo 31- está obligada a recoger y retirar los excrementos, debiendo proceder a la limpieza inmediata. "Los orines que afecten al mobiliario urbano, edificaciones, aceras o cualquier otro elemento serán limpiados echando sobre ellos agua limpia. Los que porten los animales estarán obligados a llevar una botella, con capacidad suficiente, llena de agua para su menester".
El capítulo 13 alude a los animales en espacios públicos: Playas de perros. Y puntualiza que "las playas de perros son aquellos espacios públicos señalizados, provistos de arena o no, al que pueden acudir los bañistas o usuarios de playas con animales de la especie canina cumpliendo" determinados requisitos.
Por lo que respecta a la protección del entorno: se impedirá a los animales causar daños a las plantas o a otros animales silvestres. Se evitará que el perro moleste a otros bañistas o usuarios. Las deposiciones de los animales se deberán recoger de forma inmediata. Se limita el número de perros por adulto a dos. Los perros estarán controlados por sus dueños en todo momento. Los animales no cavarán o harán hoyos. Los peligrosos irán sujetos y con bozal. Los agresivos o no socializados tienen prohibido el acceso. No accederán menores de 16 años con animales. No accederán perras en celo, animales enfermos o cachorros menores de 4 meses. Todos los animales que accedan estarán censados, portarán microchip y pasaporte sanitario con los tratamientos actualizados. Los propietarios deberán tener la correa disponible, los animales dispondrán de collar (no de pinchos) y se evitará un excesivo ladrido.
La sección segunda del referido capítulo 13 regula los parques para perros, espacios debidamente señalizados y acotados para el uso por parte de los dueños de perros donde se podrán mantener sueltos. La norma concreta que se procurará que dichos espacios no estén próximos a viviendas, serán fácilmente accesibles, adaptados al entorno, de uso exclusivo para perros y con una extensión que les permita correr, como mínimo, de 1.000 metros cuadrados.
El punto de acceso será de doble puerta para evitar escapes. La valla deberá tener una altura mínima de 1,5 metros. La vegetación no será tóxica para los animales y habrá árboles para sombra. Tendrán disponibilidad de agua potable (fuente para perros). Habrá papeleras para los excrementos. Señalización con cartelería con las normas de uso y horarios y un teléfono de contacto para comunicar incidencias. Contará con bancos en su interior para los propietarios. No se podrá acceder con más de dos perros por adultos. Los perros estarán controlados por sus dueños. No se permitirá el acceso de otros animales. Entre las 22 y las 7 horas se evitará que los perros ladren.
El capítulo catorce se refiere a las infracciones y sanciones y anota que "los responsables de animales que infrinjan las normas de uso de las playas de perros o zonas de esparcimiento canino podrán ser sancionados con multas desde 30 a 300 euros. En caso de reincidencia, se les podrá impedir el uso de estos espacios o confiscarles los animales.
Algunos de los artículos de este capítulo describen las infracciones leves, las graves y las muy graves.
Las infracciones a esta ordenanza, de acuerdo a la Ley 4/1994, de 8 de julio,de la Generalitat Valenciana, serán sancionadas con multas que puedeno scilar entre 30 euros y 18.000. Las resolución sancionadoras podrán comportar la confiscación de los animales, según la ordenanza.
El artículo 103 estipula que "las infracciones a la presente ordenanza, (conforme a la Ley 4/1994, de 8 de julio, de la Generalitat Valenciana, sobre protección de animales de compañía) serán sancionadas con multas de 30 euros a 18.030 euros. Las infracciones leves serán castigadas con multas de 30 a 601 euros. Este listado cita, entre otras, la posesión de perros no censados, producir molestias al vecindario de manera frecuente, venta o donación de animales a menores de 18 años o la circulación de animales sin collar por espacios y vías públicas (deberán ir, además, con correa, cordón resistente y, cuando sea necesario, con bozal).
Las infracciones graves llevarán aparejadas multas cuya cuantía oscilará entre 601 y 6.010 euros. Entre esta relación de graves está la tenencia de animales en malas condiciones higiénicas, el mantenimiento de ejemplares de especies peligrosas sin autorización, la donación de animales como premio o reclamo publicitario, la no vacunación, la filmación de escenas con animales que simulen crueldad o maltrato, no facilitar el control sanitario de un animal agresor que haya causado lesiones, el mantener animales en vehículos cerrados y al sol o exhibir animales de forma ambulante como reclamo.
Además, la norma tipifica como infracciones muy graves – con multas de 6.010 a 18.030 euros- el sacrificio o el causar la muerte de los animales con sufrimiento físico o psíquico, alimentar animales con restos de otros animales muertos, los malos tratos y agresiones físicas o psíquicas a los animales, su abandono, la esterilización, práctica de mutilaciones o cualquier otro acto clínico practicado por personal no veterinario, la venta ambulante de animales y la cría y comercialización de animales sin los permisos pertinentes.
Como faltas muy graves se contempla también el suministro de drogas, la utilización de animales de compañía en peleas, espectáculos o fiestas populares, la incitación para que acometan a personas, los espectáculos de circos con animales o la reincidencia en una infracción grave.