el consell espera que entre en vigor en 2021

Así será la Ley del Fondo de Cooperación: obliga a las diputaciones y crea una comisión de seguimiento

5/03/2020 - 

ALICANTE/VALÈNCIA. El Gobierno valenciano ya tiene redactado el borrador de la que será la futura Ley del Fondo de Cooperación Municipal, un instrumento que puso en marcha el Botànic en el anterior mandato (en 2017) y que sirve para transferir fondos a los ayuntamientos, para su libre disposición, y que cuenta, de momento, con el respaldo de las diputaciones de Valencia y Castellón. Alicante, ni antes con César Sánchez ni ahora con Carlos Mazón, tampoco lo ha hecho.

El texto viene a recoger muchas de los aspectos que han regulado, por el momento, el Fondo de Cooperación, entre la Generalitat y la adhesión de las diputaciones, pero que ahora convierte en rango de ley, y por lo tanto, en obligatorias; es decir, la Diputación de Alicante deberá forma parte del fondo sí o sí. El borrador del texto, al que ha tenido acceso Alicante Plaza, arranca con su objeto: "Esta ley tiene por objeto regular el Fondo de Cooperación Municipal de la Comunitat Valenciana establecido en el Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana". Deja bien claro el borrador que el fondo tiene naturaleza incondicionada y no finalista y que los municipios y las entidades locales menores podrán destinar los recursos que reciban al desarrollo general de sus competencias, sin vinculación a un objetivo o finalidad concreto.

Para ser beneficiario del fondo Fondo será necesario haber cumplido la obligación de presentar la Cuenta General ante la Sindicatura de Comptes de la Comunitat Valenciana o haber remitido, en su caso, el correspondiente Plan económico-financiero al órgano de la Generalitat competente. 

El artículo 8 está referido a la participación de las diputaciones provinciales en el fondo, uno de los asuntos más espinosos, pues desde el PP de Alicante siempre se ha criticado que la futura ley obligara a la institución provincial a formar parte de este instrumento. Textualmente, en su apartado uno, el artículo 8 diche que "las diputaciones de Alicante, Castellón y Valencia, como entidades locales de la Comunitat Valenciana, en el ejercicio de sus competencias propias participarán a través de sus presupuestos anuales en el Fondo de Cooperación Municipal Incondicionado de la Comunitat Valenciana mediante las aportaciones dinerarias previstas en el artículo 2.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones". Añade que "las diputaciones provinciales proveerán de los recursos propios, y adecuados a los objetivos del fondo, las dotaciones económicas para transferir a los municipios y entidades locales menores de su provincia la asignación anual del Fondo de Cooperación Municipal, distribuyendo la misma cuantía que la Generalitat en su ámbito provincial y utilizando las mismas reglas de distribución". Es decir, que las tres diputaciones deben aportar 40 millones, lo mismo que hace la Generalitat.

En el caso de Alicante, le corresponderían aportar 13,4 millones, algo que el PP condiciona a que la Generalitat, a su vez, las competencias impropias que ahora gestiona la Diputación con el objetivo de liberar esos fondos de su presupuesto y poderlos destinar al Fondo de Cooperación.

Además de la línea general de transferencias a los ayuntamientos, el Fondo de Cooperación Municipal contempla que se puedan establecer mediante decreto otras líneas específica, que deberán tener naturaleza incondicionada y no finalista, con objeto de financiar globalmente las actividades y servicios de los municipios beneficiarios. 

Una comisión de seguimiento

En su título II, el futuro texto legal contempla la creación de una comisión de Seguimiento del Fondo de Cooperación. Es el órgano encargado de la implementación, el seguimiento y control de la ejecución anual del Fondo. Estará presidido por el titular del departamento competente en materia de administración local. Tendrá voto de calidad en caso de empate en las votaciones que pudieran realizarse. La vicepresidencia será ocupada por la persona titular del departamento competente en materia de Hacienda. Las vicepresidencias segundas serán los presidentes de las diputaciones provinciales. Asimismo, también se integran como personas miembros de esta comisión los siguientes vocales: el director general competente en materia de Administración local; la dirección general competente en materia de Presupuestos, y la dirección general competente en materia de Transparencia. Por parte de la Federación Valenciana de Municipios y Provincias, estará el presidente; tres alcaldes designados por la FVMP, y una persona designada por cada una de las diputaciones provinciales, que tengan competencias en materia de Hacienda.

Las funciones de esta comisión son estudiar y proponer anualmente la determinación de las cuantías a consignar presupuestariamente durante cada ejercicio por cada una de las Administraciones adheridas al fondo; presentar propuestas sobre posibles modificaciones en las directrices y las reglas de distribución, y solicitar toda la información que precise, a los municipios y entidades locales menores, relativas a la aplicación de las cantidades recibidas.

Sobre las cuantías, la Generalitat debe aportar 40 millones de euros y las diputaciones otros 40. Ahora bien, los incrementos en las cuantías a aportar por las diputaciones provinciales que se puedan producir en años serán consensuadas previamente entre las administraciones afectadas, y de conformidad con lo establecido en el citado artículo 1.

Las aportaciones de la Generalitat a los municipios afectados por el despoblamiento son compatibles con la percepción de las aportaciones de la línea general del Fondo de Cooperación Municipal.

La idea del Gobierno valenciano es que la ley entre en las Cortes Valencianas antes del verano y pueda ver la luz en otoño con el objetivo de que en vigor con vistas a la puesta en marcha del presupuesto de la Generalitat 2021.

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