ALICANTE. Una nueva resolución dictada por el Juzgado de lo Contencioso número 2 de Alicante avala ahora el aplazamiento de la repetición de las oposiciones a Policía Local correspondientes al turno de movilidad. Es decir, la decisión que acabó adoptando el equipo de gobierno (el bipartito formado por PP y Cs) solo unas horas después de haber decidido el reinicio de ese proceso de selección, como informó este diario.
En concreto, en un auto fechado este martes, 24 de mayo, el titular del juzgado rechaza la petición de ejecución provisional de sentencia solicitada por una de las opositoras que concurrió a ese proceso de selección y que logró una sentencia a su favor, por la que se emplazaba al Ayuntamiento a retrotraer esa parte de las oposiciones (con 30 plazas reservadas para traslados de agentes de otros municipios) al momento de la valoración de los candidatos.
En esa sentencia, el juzgado estimaba el contencioso presentado por dicha opositora y concluía que se había puntuado como mérito la disposición del título de diplomado en Criminología de manera indebida, lo que alteraba las puntuaciones definitivas conferidas por el tribunal responsable de proceso de selección. ¿Por qué se decidió reconocer ese título en la fase de evaluación de méritos de los aspirantes? Según explicó ante la comisión de fiscalización sobre las oposiciones el presidente del tribunal de todo el proceso, el comisario principal José María Conesa, sencillamente se tuvo en cuenta ese título porque así se contemplaba en las bases de la convocatoria. Al respecto, señaló que no podía dejar de cumplirse lo que venía regulado en esas bases, que habían sido aportadas y supervisadas por la Agencia Valenciana de Seguridad, según recalcó.
Sea como fuere, la opositora recurrente solicitó la ejecución provisional de la sentencia, después de que hubiese sido recurrida en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJCV) por un tercero, al considerar que la resolución de ese recurso podía demorarse por un tiempo de hasta dos años, con el consiguiente perjuicio que le supondría a título particular. Ese perjuicio se sustanciaría en la medida en que, de no darse cumplimiento a la sentencia, quedaría abocada a seguir desplazándose desde Alicante (su municipio de residencia) hasta la población en la que viene ejerciendo como agente de policía, pese a quedar posicionada entre los 30 aspirantes con derecho a plaza, una vez excluida la puntuación que no se debía asignar a seis aspirantes que aportaron el título de diplomado en Criminología como mérito.
No obstante, el titular del juzgado rechaza ahora la concesión de esa ejecución provisional, al concluir que "la ejecución de la sentencia podría causar perjuicios al interés general, motivo por el cual, es necesario esperar a que la Sala" del TSJ "resuelva el recurso de apelación interpuesto", según detalla el auto, al que tuvo acceso este diario.
Se da la circunstancia de que el juez llega a esa conclusión después de que los servicios jurídicos del Ayuntamiento planteasen, precisamente, ese mismo argumento en el escrito de alegaciones presentado para oponerse a la solicitud de ejecución provisional de la sentencia favorable a la recurrente. En ese escrito, se apuntaba que la ejecución provisional de la sentencia suponía "la retroacción de actuaciones en el proceso selectivo, con plenos efectos para todos los opositores", con "el potencial perjuicio a terceros" que conllevaría que el TSJ acabase revocando la necesidad de repetir la oposición.
Ese escrito de alegaciones vendría a alinearse con la misma tesis defendida por el sindicato SPPLB, desde el que se advirtió de que no procedía repetir la oposición del turno de movilidad en la medida en que todavía existían recursos pendientes de resolver. Pero, además, el escrito de alegaciones presentado por el Ayuntamiento pondría de manifiesto sus propias contradicciones internas, puesto que, al tiempo que se decidía no recurrir las siete sentencias acumuladas frente a esa parte del proceso de selección -con la intención de repetirlo y acelerar la incorporación de los agentes que resultasen elegidos tras su nueva evaluación-, también se estaba defendiendo que no se diese cumplimiento a la sentencia que forzaba, precisamente, a la repetición de esa oposición.
Está por ver cuál puede ser ahora el desenlace de ese recurso de apelación interpuesto ante el TSJ y cuándo puede resolverse. Entre tanto, el resto del proceso de selección de agentes sigue su curso, a la espera de que los aspirantes seleccionados en la parte de las oposiciones correspondiente al turno libre puedan iniciar su periodo de formación en el IVASPE.
Entre tanto, los seis grupos políticos representados en el Ayuntamiento deben pronunciarse sobre las propuestas de conclusiones planteadas al cierre de la comisión de fiscalización sobre el proceso, constituida con el objetivo de dilucidar si hubo irregularidades en la selección de parte de los opositores que guardaban algún tipo de vínculo con mandos policiales, con agentes, con concejales y expolíticos, con representantes sindicales o con responsables de empresas que prestan algún tipo de servicio municipal. Por el momento, no se ha convocado una nueva sesión de la comisión para analizar esas propuestas de dictamen final.