ELCHE. La conselleria de Cultura tenía sobre la mesa un expediente de Elche por la cimentación de unas catas arqueológicas que se habían acordado ampliar en la calle Empedrat para ahondar en los restos hallados. Lo que para el arqueólogo municipal podía haber incurrido en una infracción grave porque defendía que no había habido el seguimiento arqueológico preceptivo. Sin embargo, según el informe al que ha tenido acceso este medio, el Jefe de Sección Administración Cultural de Alicante señala que no hay lugar a infracción, "leve en todo caso", entendiendo que se cimentó para priorizar la seguridad del entorno en las obras.
A finales de 2020 la mercantil Promodiez-2020 había solicitado licencia de demolición para construir un edificio de cuatro plantas en el mencionado solar, con cuatro viviendas y local comercial. Procedían catas previas, como confirmaron desde Urbanismo entonces al ser cuestionados por la situación, máxime con la sentencia del TSJ tan solo un mes antes sobre Riegos El Progreso, al otro lado de la calle. Se solicitó un permiso de excavación de urgencia en agosto de 2020, Cultura las autorizó en octubre, y en febrero de 2022 se entregó la memoria interpretativa de la intervención arqueológica realizada. Un día después, el arqueólogo municipal emite otro al respecto, y en marzo el Servicio Territorial provincial propone una excavación de la totalidad de la superficie del solar, con los márgenes de seguridad oportunos, "con el fin de documentar y recuperar los bienes de naturaleza arqueológica existentes en el solar". Esta se entrega en junio y en julio de ese año (2022), Cultura autoriza la edificación "conforme a la legislación vigente en materia de patrimonio cultural", con la licencia de obra "condicionada al seguimiento arqueológico de la ejecución de las cimentaciones del edificio de nueva planta, con el fin de documentar y recuperar los bienes de naturaleza arqueológica existentes en el mismo".
Hasta ahí todo bien. El embrollo llega en diciembre del pasado 2023, porque se suspenden las actuaciones de forma cautelar, a propuesta del arqueólogo municipal, porque "las obras de cimentación del edificio se han realizado sin el preceptivo seguimiento arqueológico". Empieza ahí un trámite de audiencia del Ayuntamiento a la promotora para que justifique la actuación y lo sucedido, desembocando en una inspección del servicio autonómico en abril "donde se constata que está efectuada una losa de hormigón corrido en todo el solar, salvo un hueco para ascensor". De los iniciales seis metros cuadrados de excavación, el 10% del solar, se requirió la ampliación de la intervención salvó los márgenes de seguridad, la cual se extendió hasta los 11 m2 atendiendo a los márgenes de seguridad.
La intervención arqueológica, plasmada en la Memoria Interpretativa y en la Memoria Científica Final señalan que se constataron como fase más antigua una ocupación de los siglos XII y XIII, con una continuidad en los siglos XIV, sucedida con un nivel del siglo XVIII y XIX y una potente intervención en el siglo XX al proceder a la edificación del edificio preexistente. La intervención arqueológica mostró la existencia de bienes de naturaleza arqueológica, tanto mueble como inmueble, por lo que se decidió desde el punto de vista técnico que se realizase la documentación que fuese posible de los restos arqueológicos existentes en los márgenes de seguridad en el momento de efectuar la edificación, intentando cumplir el máximo posible el cumplimiento del artículo 62 de la Ley 4/98 del Patrimonio Cultural Valenciano.
La Dirección Territorial traslada la resolución a Ayuntamiento y promotora, y con la licencia empieza la obra. Ahora, el Jefe de Servicio entiende que de los informes técnicos se desprende que fueron las medidas de seguridad las que llevaron a la dirección facultativa arquitectónica a emitir una serie de órdenes y actuaciones encaminadas a garantizar la seguridad de los edificios colindantes "y por tanto incompatibles con las actuaciones arqueológicas reflejadas en la resolución de la Dirección Territorial de Cultura y Deporte de Alicante". Criterio distinto al del arqueólogo municipal, que había mantenido que estas actuaciones habían tenido lugar sin el preceptivo seguimiento arqueológico, y de ahí la suspensión cautelar para ver la posible afección a los restos.
Así, en sus conclusiones, Cultura zanja el asunto y justifica que el promotor desarrolló en varias fases y siguiendo las resoluciones de la Dirección Territorial los trabajos de documentación arqueológica, "por lo que no se considera que hubiera intención alguna de obviarlos o eximirse de su cumplimiento". También que fue la dirección facultativa arquitectónica la que ordenó acometer una serie de actuaciones para garantizar la seguridad de los edificios colindantes, "no apreciándose voluntad de omitir el condicionante patrimonial de la licencia de obras". Y por último, que los restos arqueológicos documentados en el solar aportaron información sobre el desarrollo histórico de Elche, "pero su grado de conservación y su parcialidad no llevó a plantear su conservación, lo cual supuso que la Dirección Territorial de Cultura y Deporte autorizase el desarrollo del proyecto constructivo, siendo el objetivo de la resolución intentar documentar la mayor superficie del solar posible, pero primando, tal y como se ha efectuado en otras ocasiones, la seguridad de bienes y personas".
Finaliza el Jefe de Servicio agregando que "pese a no poder haberse cumplido en su totalidad la resolución de la Dirección Territorial de Cultura y Deporte de Alicante, se considera que no se ha efectuado una infracción con relación al patrimonio arqueológico y en todo caso esta sería de carácter leve".