BENIDORM. El Ayuntamiento de Benidorm tendrá que pagar 129.203,10 euros al responsable del servicio de socorrismo en el Palau d'Esports l'Illa de Benidorm durante los años 2005 al 2013. Así lo dictamina un juez en una sentencia recientemente fallada y en la que da la razón al demandante que recurría la negativa del Consistorio a abonar estas facturas pendientes. El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Alicante reconoce que estos servicios se llegaron a prestar y procede el pago.
De este modo, el Ayuntamiento echará mano del fondo de contingencia para abonar estos casi 130.000 euros, ya que según afirmaron fuentes municipales, la decisión no se recurrirá. Con ello, se deja sin efecto la resolución de 2020 en el que rechazaban la solicitud del pago de las facturas. Según figura en la documentación, el demandante fue el adjudicatario de los servicios de socorrismo de las playas de Benidorm entre los años 2005 y 2013, ambos inclusive. Las facturas pendientes hacen referencia a "servicios adicionales" y quería que se le reconociera su derecho al pago, invocando la doctrina de enriquecimiento injusto.
Sin embargo, el Ayuntamiento alegó que era inadmisible por extemporáneo y apelaba a la prescripción de los hechos. No obstante, data del 2012 una reclamación por este concepto, por lo que estos 15 años que considera el juez como plazo para el ejercicio de la acción no se ha superado. A su vez, consta un informe del 5 de septiembre de 2022 por el que Intervención reconoce que se han abonado al demandante facturas que no figuran en un contrato formalizado.
Para terminar de confirmar que sí que se llevaron a cabo los trabajos por parte de la empresa, prestó declaración el responsable de las instalaciones del Palau como testigo confirmándolo. Por lo que expuesto todo el asunto, el juez estima en parte el recurso, dejando sin efecto la resolución municipal en la que rechazan la solicitud de pago de facturas, reconoce el derecho a cobrar y excluye uno de los importes por haberse acreditado que ya se había abonado.
Fuentes municipales aclararon que las facturas hacen referencia a trabajos en el Palau, y fue en 2012 cuando hacen la primera reclamación de pago, aunque se rechaza. Vuelven a hacerlo en 2020, pero se desestima porque consideran que se daba un supuesto de prescripción administrativa: ya había vencido el plazo para reclamar al haber pasado más de cinco años desde la fecha de las facturas. Sin embargo, el juez ha considerado que debía imperar la prescripción civil, cuyo plazo es de 15 años y, por tanto, establece que tienen derecho a cobrar esas facturas.