Segunda sentencia: el TSJ revoca la obligación de implantar una ZAS en el Centro de Alicante
Segunda sentencia: el TSJ revoca la obligación de implantar una ZAS en el Centro de Alicante
ALICANTE. El segundo proceso judicial promovido por residentes del Centro de Alicante para instar al Ayuntamiento a declarar el entorno de la calle Castaños como Zona Acústica Saturada (ZAS) permanece encallado a la espera de que puedan volver a calibrarse los niveles sonoros alcanzados en ese perímetro. De hecho, el Juzgado de lo Contencioso número 3 que dirime ese nuevo contencioso vecinal por vulneración de derechos fundamentales acaba de requerir al Ayuntamiento para que facilite los datos sobre los registros sonoros captados por la red de medidores que se desplegó en ese barrio y en el Casco Antiguo entre 2016 y 2017, con el fin de que pueda elaborarse el informe pericial independiente solicitado por los recurrentes.
El apremio, en forma de providencia, se formalizó el pasado 3 de noviembre. Y en él se concede un plazo de diez días para que los datos requeridos queden a disposición del perito designado por el juzgado para la evaluación de esos registros. El requerimiento se produce después de que ese técnico hubiese alegado la imposibilidad de efectuar el encargo encomendado en la fecha establecida. Lo cierto es que el plazo del que disponía ya había vencido, por lo que también reclamó que se acordase una prórroga, al no contar con la base sobre la que redactar su pericia.
Y esa es la segunda petición a la que también accede el juzgado ahora, al resolver la concesión de un plazo extendido de treinta días adicionales para que el perito pueda entregar su trabajo, toda vez que hasta el momento no había dispuesto de la información reclamada al Ayuntamiento.
¿En qué consiste esa pericia? De acuerdo con la petición planteada por los vecinos recurrentes, ese informe debe analizar, en esencia, el correcto funcionamiento de los aparatos de medición, así como los niveles de ruido detectados, a pesar de que en el primer proceso instruido respecto a la demanda precedente, seguido entre 2018 y 2019, el mismo perito ya elaboró un informe en el que se acreditaba la superación de los valores máximos permitidos en la normativa sobre contaminación acústica.
Ese dictamen, al margen del testimonio de varios residentes, fue uno de los elementos determinantes que llevaron al juzgado competente sobre ese primer procedimiento a dictar una sentencia favorable a los vecinos en la que se instaba al Ayuntamiento a aprobar la declaración de una ZAS que abarcase las calles Castaños, San Idelfonso, López Torregrosa, Artilleros, Rambla de Méndez Núñez, Pascual Pérez, Teatro, Teniente Álvarez Soto, Bailén, Gerona y San Francisco.
Sin embargo, tanto el Ayuntamiento como la Asociación de Locales de Ocio y Restauración de Alicante (Alroa), así como los titulares de algunos establecimientos de forma individual, recurrieron esa primera resolución ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJCV). Y lograron que el alto tribunal autonómico revocase la sentencia por una cuestión formal: la falta de legitimidad de una asociación vecinal para reivindicar la vulneración de derechos fundamentales que pertenecen a la esfera individual.
Segunda sentencia: el TSJ revoca la obligación de implantar una ZAS en el Centro de Alicante
El colectivo de residentes elevó el litigio hasta el Tribunal Supremo (TS) sobre la base de la jurisprudencia dictada por otros tribunales autonómicos en circunstancias similares en los que sí se habría admitido la capacidad de organizaciones equivalentes a una asociación vecinal para reivindicar derechos particulares. Sin embargo, el TS desestimó ese intento y puso fin a ese primer proceso.
Con todo, los residentes acudieron de nuevo a los juzgados con una segunda demanda de vulneración de derechos fundamentales presentada en nombre de dos vecinos particulares, lo que eliminaría toda duda sobre la ausencia de legitimidad para presentar el recurso. Y ese es el segundo proceso que se dirime ahora, a la espera de la emisión de ese nuevo informe pericial bloqueado ahora temporalmente por falta de datos, después de que se descartase la recusación del perito planteada por uno de los titulares de los negocios hosteleros del Centro, de nuevo también personados, al considerar que su pericia podía no ser objetiva tras haber intervenido en el primer contencioso.
Sea como fuere, se da la circunstancia de que el requerimiento instado al Ayuntamiento ahora coincide con el proceso puesto en marcha por el equipo de gobierno, del Partido Popular (PP), para implantar medidas adicionales de control del ruido en la Zona de Protección Acústica Especial (ZPAE) del Casco Antiguo. En concreto, el Plan de Acción propuesto por la Concejalía de Medio Ambiente al respecto plantea la delimitación de tres áreas distintas, en función de la gravedad de los niveles acústicos detectados, y la reducción de horarios de funcionamiento de los negocios hosteleros asentados en las calles del barrio en función de su encuadre en cada una de esas áreas, como ya ha informado este diario.