ALICANTE. El Consell se prepara para dar la batalla jurídica ante el Tribunal Constitucional (TC) en defensa de la norma que fija distancias mínimas respecto a zona residencial para autorizar instalaciones relacionadas con los hidrocarburos, con la que podría quedar bloqueado el proyecto promovido por la empresa XC Business 90 para situar una planta de almacenaje de combustible en la terminal de mercancías del Puerto de Alicante. La Abogacía de la Generalitat trabaja ya en la estrategia para repeler el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno central, después de que esa impugnación por un supuesto de invasión de competencias, aprobada por el Consejo de Ministros el pasado 27 de septiembre, haya quedado admitida a trámite por el alto tribunal a través de una providencia fechada el pasado 26 de octubre.
Como informó este diario, el acuerdo alcanzado por el Ejecutivo central conlleva la interposición de un recurso de inconstitucionalidad contra el artículo 173 de la Ley de la Comunitat Valenciana 7/2021, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat 2022 en el que se recoge dicho requisito de distancia mínima para proyectos que conlleven el acopio de combustibles.
En concreto, a través de dicho artículo 173 se introduce una modificación de la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje (LOTUP) por la que se requiere que el emplazamiento de instalaciones dedicadas al almacenaje de hidrocarburos se encuentre a una distancia mínima de 1.000 metros contados desde su perímetro exterior hasta la zona más cercana de suelo residencial, dotaciones educativas o sanitarias, y suelo de uso terciario especial.
El Ejecutivo central interpretó que, con esa delimitación, la Generalitat estaba invadiendo competencias al tratar de extender la aplicación de ese requisito de distancia mínima también sobre suelos que quedan bajo las competencias exclusivas del Estado, en materia de puertos de interés general. Y lo cierto es que esa limitación, aprobada el 29 de diciembre de 2021, ya no estaría en vigor, puesto que, en la presentación del recurso, el presidente del Gobierno instó su suspensión tras invocar el artículo 161.2 de la Constitución, por el que se produce de manera automática "la suspensión de la disposición o resolución recurrida" ante el TC.
En concreto, ese requisito habría dejado de tener efecto "para las partes del proceso" desde el pasado 30 de septiembre, la fecha en la que se registró el recurso de inconstitucionalidad, y desde este lunes 7 de noviembre "para terceros", al ser la fecha en la que se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el edicto del TC por el que se informa sobre la admisión a trámite de ese recurso. A partir de ahora, el TC tiene un plazo máximo de cinco meses para ratificar esa suspensión o para levantarla, según se regula en el mismo artículo 161.2 de la CE.
En ese trámite podría comenzar a desplegarse la estrategia jurídica de la Abogacía de la Generalitat, con el registro de una solicitud para que la suspensión decaiga. O si se prefiere, para que el requisito vuelva a estar en vigor. En ese trámite, la Generalitat podría esgrimir que la suspensión de esa exigencia incorporada a la Lotup podría conllevar daños de difícil reparación para el interés público (la cuestión fundamental a desentrañar en toda solicitud de medida suspensiva) al permitir que puedan tramitarse propuestas no ajustadas a ese límite de distancia. Incluida la promovida por XC Business en el Puerto.
El requisito de distancia habría dejado de tener eficacia, ya que con el recurso de inconstitucionalidad se invocó su suspensión automática
Esa situación podría abocar a tener que revocar las autorizaciones que pudiesen haberse concedido y, llegado el caso, incluso el desmantelamiento de las obras que hubiesen llegado a iniciarse, en el supuesto de que el TC acabase avalando la constitucionalidad de la norma recurrida por el Gobierno. Con todo, no consta que esa hipotética petición haya llegado a registrarse todavía. Según fuentes de la Conselleria de Transición Ecológica consultadas, hasta ahora el departamento autonómico que coordina Isaura Navarro únicamente ha dado directrices para que la Abogacía actúe en defensa de la norma aprobada por la Generalitat.
Por lo pronto, la misma titular de Transición Ecológica ya argumentó este sábado que, a su juicio, el recurso del Ejecutivo central debía retirarse tras incidir en "la peligrosidad que supone desplazar y mover constantemente sustancias peligrosas a escasos metros de la población, y no podemos tolerarlo". Al tiempo, instó al Gobierno y a Puertos del Estado a "repasar la ley estatal de cambio climático y apostar por proyectos que sí contribuyen a la descarbonización de la economía", en lugar de iniciativas como las planteadas por XC Business que plantean el almacenaje de combustibles fósiles, cuyo uso genera emisiones contaminantes.
Entre tanto, lo cierto es que, al margen de la disputa de competencias entre el Estado y la Generalitat, el proyecto promovido por XC Business 90 sigue bloqueado después de que una sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso número 3 de Alicante denegase la concesión de la licencia municipal por silencio administrativo positivo al concluir que la empresa no había presentado toda la documentación requerida en el momento en el que registró su petición de permiso.
En todo caso, la compañía mantiene su interés por el desarrollo del proyecto después de haber registrado un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJCV) en el que incide en el mismo argumento de la falta de respuesta a su solicitud de permiso pese a haberse cubierto con creces el plazo establecido para ello, sin que se le requiriese en ningún momento toda la documentación que se considerase imprescindible, como informó este diario.