ALICANTE. El conflicto del ruido que los vecinos del Centro Tradicional vinculan a los establecimientos de ocio y hostelería concentrados en sus calles encara otra nueva fase en los juzgados en la que debe dirimirse quién debe elaborar un informe pericial sobre el funcionamiento de la red de sonómetros instalados por el Ayuntamiento en 2016. Se trata de la prueba solicitada por los residentes que -esta vez, a título particular (y no como asociación)-, interpusieron un segundo contencioso por vulneración de derechos fundamentales con el propósito de que sea un juez quien vuelva a forzar al Ayuntamiento a acordar la declaración de Zona Acústica Saturada (ZAS) en la calle Castaños y su entorno.
Así sucedió en noviembre de 2019, a través de la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso número 4, que quedó revocada de forma definitiva por el Tribunal Supremo (TS) en noviembre de 2022. Fue entonces cuando el alto tribunal ratificó la resolución previa dictada por el Tribunal Superior de Justicia (TSJCV) en respuesta al recurso presentado por el Ayuntamiento frente a la decisión del juzgado de primera instancia, al que se sumó la Asociación de Locales de Restauración y Ocio de Alicante (Alroa).
En ese momento, el TS confirmó las conclusiones alcanzadas previamente por el TSJ y concluyó que una asociación de vecinos carece de legitimidad para iniciar acciones legales por una supuesta vulneración de derechos fundamentales que afectan a la esfera del individuo. De ahí que el segundo contencioso se iniciase con el registro de dos recursos particulares acumulados en un mismo procedimiento al promoverse con idéntica finalidad: conseguir que se conmine al Ayuntamiento a restringir actividades hosteleras a través de la figura de la ZAS.
En ese proceso, los impulsores del recurso plantearon que se elaborase un informe pericial para acreditar que los registros sonoros analizados en el primer contencioso tienen validez. El titular del Juzgado de lo Contencioso número 3 aceptó esa solicitud y acordó que se designase a un experto perito para que dictaminase sobre el funcionamiento de los equipos de titularidad municipal que captaron esos datos.
El encargo se repartió a principios de año entre la bolsa de peritos judiciales y recayó en el mismo experto que elaboró el primer dictamen a partir de las mediciones tomadas por dichos sonómetros. Es decir, el informe en el que se basó gran parte de la sentencia inicial, favorable a la asociación de vecinos. Con todo, ese segundo estudio no ha llegado a elaborarse todavía. Los representantes legales de Alroa plantearon la recusación de ese técnico al considerar que no podía volver a pronunciarse sobre un asunto en el que ya había emitido una valoración profesional previa.
La vista para plantear esa recusación se celebró este miércoles. Alroa reclamó que se designase a otro perito independiente al que por turno le correspondiese la elaboración de ese nuevo informe. Y su planteamiento encontró el respaldo de los servicios jurídicos del Ayuntamiento, de otros dos empresarios personados en el procedimiento a título particular y, por último, también el de la Fiscalía. No obstante, el titular del juzgado no llegó a resolver sobre la solicitud en el desenlace de la vista ante la necesidad de someterla a estudio. En principio, todo parece indicar que podría adoptar una decisión en las próximas semanas. En concreto, se debe decidir si el informe sigue a cargo del mismo perito o si, por el contrario, deben encomendarse a otro profesional diferente.