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recursos humanos alega recursos pendientes 

Las 'oposiciones eternas' a Policía en Alicante: aspirantes exigen su incorporación ante el juez

4/10/2022 - 

ALICANTE. Las oposiciones convocadas por el Ayuntamiento de Alicante para ampliar la plantilla de la Policía Local a finales de 2021 con la pretensión de cubrir en torno a 130 plazas correspondientes a la Oferta de Empleo Público de 2017, con acumulación de las de 2019, 2020 y 2021, sigue sin traducirse en la incorporación efectiva de agentes cerca de diez meses después. Y, además, envuelta otra vez en la controversia, después de que trascendiesen supuestas anomalías en el proceso de selección que no llegaron a demostrarse en la comisión de fiscalización municipal sobre el denominado caso enchufes creada para tratar de desentrañarlas 

Al margen de la superación de las distintas fases de exposición pública de los resultados de cada una de las fases de las pruebas, y de los plazos a cubrir para la presentación de recursos administrativos, la causa esencial de esa espera es el retraso en la formación de los aspirantes aprobados en la convocatoria correspondiente al turno libre que debe impartir el Instituto Valenciano de Seguridad Pública (Ivaspe), dependiente de la Generalitat. A priori, esa formación debería comenzar a prestarse a mediados de este mes, según concretó el edil de Recursos Humanos y Seguridad, José Ramón González, durante el pleno ordinario de septiembre, en respuesta a una pregunta formulada por el portavoz municipal de Vox, Mario Ortolá.

De hecho, el inicio de esos cursos provocará que 31 de esos opositores que venían trabajando como interinos hasta ahora dejen de prestar servicio hasta que culmine su formación, con la consiguiente merma temporal de agentes disponibles, según admitió González en la respuesta facilitada durante el desarrollo de dicho pleno. 

Con todo, esa explicación no se extendería al conjunto de la oposición, ya que existen al menos otros cinco aspirantes aprobados que concurrieron en el turno de movilidad que tampoco han podido incorporarse a sus puestos en Alicante y que no requieren de cumplimentar esa formación, puesto que ya son agentes que prestan servicio en otros municipios. Se trata de aspirantes que quedaron descartados inicialmente después de que el tribunal considerase que no cumplían los requisitos de vista y de audición necesarios. Los cinco impugnaron esa resolución, tras presentar informes médicos particulares en los que se avalaba su capacidad, y lograron resoluciones favorables por parte de distintos Juzgados de lo Contencioso. 

Esas sentencias se dictaron entre los meses de marzo y mayo, según fuentes consultadas. Y, según las mismas fuentes, el Ayuntamiento habría dejado vencer el plazo habilitado para recurrirlas, con lo que se trataría de sentencias firmes, según se concretó en diligencias de ordenación dictadas por algunos de esos juzgados, como el Juzgado de lo Contencioso número 4, a finales del pasado mes de mayo. De hecho, los aspirantes afectados por esa situación ya han llegado a presentar solicitudes de ejecución forzosa de esas sentencias para que sea el propio juzgado el que conmine al Ayuntamiento a acatar la resolución y propiciar su incorporación a la plantilla local. En concreto, esas peticiones se habrían presentado entre finales de agosto y principios de septiembre, según pudo constatar este diario.

No obstante, fuentes municipales consultadas indicaron que esas incorporaciones no se habrían producido porque sí existirían recursos de apelación pendientes de resolución frente a las sentencias de primera instancia. En todo caso, añadieron que el Ayuntamiento acataría las decisiones que emanasen del Tribunal Superior de Justicia (TSJCV) al respecto en la resolución de esos recursos. 

Lo cierto es que, como también informó este diario, al menos el Juzgado de lo Contencioso número 2 sí habría paralizado la ejecución provisional de al menos una de esas sentencias sobre el turno de movilidad, a petición de los servicios jurídicos del Ayuntamiento, después de que se alegase que se había interpuesto un recurso de apelación ante el TSJCV por parte de terceros. Eso sí, en ese caso, la causa por la que se concedía la plaza a la aspirante recurrente de partida no tenía que ver con los requisitos de visión y audición, sino con la convalidación de forma indebida del título de Criminología aportado por otros aspirantes como mérito a valorar en el proceso.

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