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firmado en 2003 por Vicente Pérez DEvesa

Un informe externo considera nulo el convenio de Benidorm con los propietarios de Serra Gelada

25/12/2020 - 

BENIDORM. Un informe jurídico externo a petición del Ayuntamiento de Benidorm considera que el convenio urbanístico firmado por el entonces alcalde del PP Vicente Pérez Devesa y los propietarios de los terrenos de Serra Gelada es "nulo de pleno derecho". Según figura en la documentación elaborada por la abogada Ana María Falomir Faus, los convenios de 2003 prorrogados posteriormente por el socialista Agustín Navarro tienen varios asuntos que lo hacen inviable.

El convenio recogía compensar con edificabilidad en otros sitios de la ciudad a los propietarios por esos terrenos que el Plan General de 1963 reconocía como urbanos. Como se recordará, este acuerdo se tomaba después de que se decidiera por parte de la Generalitat Valenciana que tenía que estar protegido como parque natural. No obstante, a pesar de que se tenía que redimir a los cinco años, han pasado 17 sin respuesta a los empresarios. Con todo, Murcia Puchades acudió en 2018 a los juzgados reclamando 283 millones de euros. 

El informe jurídico de Faus está fechado el 14 de diciembre de 2020, y se realiza a petición del Ayuntamiento. ¿Por qué? Pues bien, en febrero de este año entró en el juego Acciona Inmobiliaria, que tiene el 50% de una parcela de 10.605 metros cuadrados afectados por este asunto. Así, pidió que se diera efectividad al convenio con aprovechamiento en otro suelo o con la cantidad económica que le corresponde.

No obstante, ahora el informe en poder del Consistorio está a favor de las arcas municipales. La letrada se basa en diferentes preceptos. En primer lugar, concluye que es nulo "por reconocer a dichos propietarios derechos de aprovechamiento urbanístico, sin que hubieran cumplido con los deberes de cesión, equidistribución y urbanización, disminuyendo los deberes y cargas definitorias del contenido del derecho de propiedad del suelo".

En segundo lugar, "por reconocer a los propietarios una indemnización sin que concurran los requisitos necesarios para que se aplique la responsabilidad patrimonial urbanística, fundamentalmente no se ha patrimonializado el aprovechamiento urbanístico". Y en tercer lugar, "por asumir el Ayuntamiento una indemnización, cuando es la administración autonómica en el ejercicio de sus competencias, la que ha adoptado decisiones sobre reclasificación y protección de los suelos del APR-7". Hay que tener en cuenta que esta última es una de las cuestiones más debatidas al respecto.

Por último, la abogada estima que como los propietarios no llegaron a entregar los terrenos al Ayuntamiento ni éste llegó a adjudicar el aprovechamiento urbanístico, "y no habiendo, en consecuencia, nada que restituir, los efectos de la nulidad de los convenios quedan limitados, a la indemnización de los daños y perjuicios que se hayan sufrido, que deberán ser acreditados por quien los reclame, no siendo indemnizables las meras expectativas".

Propuesta municipal

Al respecto, el alcalde de Benidorm, Toni Pérez, presentará una moción a pleno en la siguiente sesión que estima este informe externo. Como consecuencia, pide la revisión de oficio de los posibles actos nulos del convenio de 2003, de la que dependerá la respuesta a Acciona. Tras ello, se realizará un informe jurídico municipal para que propongan una resolución al caso. Todo ello se remitirá al Consell Jurídic Consultiu para su dictamen de conformidad. 

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