XIXONA. El Ayuntamiento de Xixona ha aprobado el reglamento para regular el teletrabajo y que, así, los trabajadores a los que se adapte esta modalidad no presencial puedan teletrabajar dos días por semana. Sí se deberán organizar de tal manera para que, en cada departamento, todos los días haya alguien que trabaje en modalidad presencial.
"Habrá puestos que no puedan teletrabajar por las características o singularidad de los trabajos", ha advertido la concejala de Personal, María Teresa Carbonell, quien ha justificado la tardanza en presentar este reglamento para asegurarse de que "fuera eficiente con el desempeño del trabajo".
El Ayuntamiento proporcionará el ordenador para que el personal pueda teletrabajar. Una acción que ya anunció el pasado noviembre, al aprobar una modificación de crédito de 185.000 euros, una parte de los cuales se pretendía destinar a adquirir portátiles para poder implementar el teletrabajo.
Además, el reglamento tiene en cuenta la seguridad y salud en el trabajo: "Queremos asegurarnos de que las personas que teletrabajen tienen las condiciones óptimas para hacerlo", ha explicado la edil. Y ha expresado que la administración jijonenca se ha fijado en los reglamentos que otros ayuntamientos están implementando para "extraer lo que se adaptara mejor" al personal municipal.
La concejala se ha mostrado abierta a posibles modificaciones del reglamento cuando se ponga en marcha, si hubiera aspectos que no funcionen de manera correcta, "igual que se modifica cualquier otro documento". Y ha afirmado que el teletrabajo "tiene ventajas", como la conciliación y la sostenibilidad al evitar que las personas se movilicen hasta su puesto de trabajo.
Más personal tendrá un complemento por peligro
El Ayuntamiento también ha modificado la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) para incluir el complemento de peligrosidad a ciertos puestos de trabajo que no lo tenían activado. Estos son operarios de limpieza, ayudantes de oficios, oficiales de oficios, conserjes mantenedores y encargados de la brigada.
Según se dispone en la RPT, el complemento de peligrosidad se aplica al personal que realiza su jornada laboral a la intemperie; que está en contacto periódico con sustancias tóxicas, tales como radiaciones, pesticidas o plomo; que están expuestos a riesgos físicos, o que realicen labores de vigilancia o custodia uniformados y portando defensa personal (como la Policía Local).