concluye que la regulación autonómica invade competencias estatales

El TC ve inconstitucional que el Consell fije distancias de seguridad a los depósitos del Puerto

25/05/2023 - 

VALÈNCIA. (EFE/AP) El pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha estimado parcialmente el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el presidente del Gobierno y ha declarado inconstitucional la regulación autonómica que ampliaba la distancia de seguridad a la que se debían ubicar los depósitos de combustibles en los puertos valencianos. Se trata del artículo 173 de la Ley 7/2021, de 29 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat.

Dicho artículo se introdujo en la Ley de Acompañamiento mediante una enmienda del Botànic, que atendió así una reivindicación vecinal de la ciudad de Alicante frente a la propuesta promovida por la empresa XC Business 90 para el desarrollo de una planta de almacenamiento de combustible en la terminal de mercancías del Puerto. 

La reivindicación planteaba que se fijasen distancias mínimas para la autorización de ese tipo de instalaciones tras alertar del peligro que podría entrañar una supuesta deflagración fortuita en ese tipo de instalaciones para los ciudadanos que tuvieran su residencia en el entorno. Así, el Consell estableció que cualquier proyecto de las características propuestas por XC Business 90 debía garantizar el respeto de una distancia mínima de un kilómetro respecto a núcleo habitado, en una regulación que se extendió de manera general para los puertos valencianos.

El Consell se opuso al recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno al considerar que, con esa disposición no se trataba de invadir competencias estatales respecto a la actividad de Puertos del Estado, sino de procurar condiciones de seguridad para el desarrollo de actividades industriales en un ámbito bajo competencia autonómica.


Ese escrito de oposición al recurso se acompañó con la petición de medidas cautelares por las que la Abogacía de la Generalitat solicitaba que se levantase la suspensión de la disposición recurrida (un efecto automático de la interposición del recurso) hasta que existiese un pronunciamiento definitivo sobre el fondo del asunto. El TC estimó esa petición y permitió que volviese a activarse esa regulación.

No obstante, la sentencia conocida ahora, de la que ha sido ponente el presidente Cándido Conde-Pumpido Tourón, y que ha sido aprobada por unanimidad, estima el recurso del Gobierno tras asumir la argumentación jurídica expuesta por la Abogacía del Estado. En concreto, la Abogacía -y ahora también la sentencia- consideraba que el precepto impugnado, por su carácter indiferenciado en cuanto a su ámbito de aplicación –puertos de titularidad estatal y de titularidad autonómica–, interfiere en el ejercicio de las competencias estatales.

La sentencia aborda, en primer lugar, la delimitación de la controversia competencial, subrayando que el precepto impugnado no efectúa, como pretende la Generalitat Valenciana, una regulación que incida materialmente en el ámbito de la seguridad industrial, dado el carácter marcadamente territorial y urbanístico de las previsiones que contiene.

De acuerdo con la doctrina constitucional examinada, la sentencia concluye que el apartado impugnado regula, en realidad, la intervención autonómica en una decisión estatal, y lo hace con tal intensidad que implica la prevalencia del criterio autonómico de un modo que ha de reputarse contrario al orden constitucional de distribución de competencias, lo que lleva a estimar el recurso de inconstitucionalidad.

La resolución deja sin eficacia la regulación autonómica que imponía el requisito de separación mínima

No obstante, dicha estimación es parcial, dado que el precepto puede ser también aplicable a puertos de titularidad autonómica, y es por ello que el precepto impugnado no se declara nulo sino inconstitucional y, por tanto, inaplicable, en cuanto a los puertos de titularidad estatal. De este modo, la delimitación de esa distancia mínima promovida por el Consell quedaría sin eficacia, lo que avalaría el desarrollo del proyecto de XC Business. Eso sí, la propuesta empresarial continúa sin disponer de licencia a la espera de que el Tribunal Superior de Justicia (TSJCV) se pronuncie respecto al recurso de apelación presentado frente a la denegación del permiso por silencio administrativo positivo, como informó este diario.


Entre tanto, el alcalde de Alicante, Luis Barcala, ha valorado el alcance de la sentencia del TC y ha aprovechado para criticar las decisiones del Ejecutivo respecto a Alicante y su provincia. "No sabemos qué le pasa al presidente Pedro Sánchez con Alicante y por qué no respeta a nuestra ciudad", ha señalado, en alusión a la interposición del recurso frente a la regulación autonómica que trataba de delimitar el ya citado requisito de distancia de seguridad.

Así, a través de un comunicado, el primer edil ha reiterado "el más absoluto de los rechazos a los macrodepósitos de combustible en el puerto de Alicante". "Una vez más el Gobierno de Sánchez, no contento con relegar a la provincia a la última posición en los PGE, ha recurrido una decisión unánime no solo de este equipo de gobierno sino de toda la ciudad para que se impidiera instalar a menos de 1.000 metros de zonas residenciales, o educativas y sanitarias", ha criticado.

Barcala ratifica su rechazo al proyecto de los depósitos y recrimina al Gobierno su recurso

"Desde luego, estas cosas y otras como su incapacidad para frenar el recorte del trasvase Tajo-Segura o el fiasco de la Agencia de Inteligencia Artificial que, al final, Sánchez se llevó a A Coruña, demuestran que Puig no pinta nada en Madrid ante este Gobierno", ha incidido. 

Es más, ha recalcado que "todo esto se produce después de que esta semana hayamos tenido que anunciar que también nos vamos a ver obligados a presentar alegaciones en contra del estudio informativo del Ministerio de Transportes sobre la variante ferroviaria de Torrellano". "Y hemos tenido que hacerlo porque el Ministerio no ofrece ninguna garantía para la retirada de las vías en el frente litoral entre el Paseo de Calabarda y el barrio de San Gabriel". "Ahora ponen en cuestión la retirada de las vías de la costa cuando es una actuación largamente reclamada por los vecinos de Alicante", ha apostillado.

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