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insta a desestimar las apelaciones del ayuntamiento y de los hosteleros

La Fiscalía rechaza los recursos frente a la ZAS del Centro de Alicante; los vecinos instan su aplicación 

5/09/2024 - 

ALICANTE. La Fiscalía mantiene su posición frente al Ayuntamiento de Alicante y los empresarios del sector de la hostelería en el conflicto del ruido asociado a la concentración de locales en el Centro de la ciudad. Lo hace con el registro de sendos escritos en los que rechaza los recursos de apelación presentados tanto por la administración local como por los hosteleros frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso número 3 que considera que la actividad de los negocios agrupados en la calle Castaños vulnera el derecho a la salud y al descanso de los residentes y conmina al Ayuntamiento a acordar la declaración de una Zona Acústica Saturada (ZAS) para reducir la intensidad de las emisiones sonoras. 

La Fiscalía solicita, de hecho, que se desestimen todos los recursos interpuestos frente a esa sentencia tras persistir en la posición favorable a la reclamación vecinal mantenida a lo largo del proceso. En esta línea, en esos escritos registrados entre junio y finales de agosto, la representante del Ministerio Público mantiene -frente a los argumentos esgrimidos por los servicios jurídicos municipales y por los representantes legales de los empresarios- que el informe pericial independiente que sirvió de elemento central para que se emitiese un fallo favorable a los residentes confirma la existencia del problema, al dar cuenta de la superación de los niveles máximos de ruido contemplados en la normativa de prevención contra la contaminación acústica en una situación que se registraría de forma reiterada

Es más, según pudo constatar este diario, la Fiscalía subraya que las conclusiones de ese último dictamen elaborado por designación judicial ya se habían puesto de manifiesto en dos informes previos, elaborados en 2014 y en 2018. En este último caso, se trataba de un dictamen incluido como informe pericial -elaborado por el mismo especialista- en el contencioso precedente, también instado por la Asociación de Vecinos del Centro Tradicional, que derivó igualmente en una sentencia en la que se establecía la necesidad de una ZAS, aunque finalmente esa resolución quedó revocada por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) con aval posterior del Tribunal Supremo (TS). Como informó este diario, en esas dos instancias se interpretó que una asociación carecía de legitimidad para reivindicar la vulneración de derechos fundamentales que pertenecen a la esfera del individuo.

Al tiempo, la Fiscalía rebate que no pueda considerarse demostrada la afectación por ruido a los dos vecinos recurrentes por el hecho de que no se hubiese elaborado ninguna medición en el interior de sus domicilios, como se subraya en las apelaciones del Ayuntamiento y de los empresarios. Al respecto, la Fiscalía sostiene que las viviendas de los demandantes se sitúan en las plantas primera y segunda, a una altura similar a la que se encuentran instalados los medidores de ruido instalados por el propio Ayuntamiento en cuyos registros se basó el informe pericial, por lo que el argumento de los apelantes carecería de trascendencia. 

En esta línea, la representante de la acusación pública sostiene que "la conclusión lógica, por experiencia propia y común, es que ese ruido es percibido [en el interior de las viviendas] en la misma intensidad que resulta de la medición efectuada", a pesar de que el equipo de medición esté situado en la vía pública. Así, señala que "el exceso de ruido por encima de los límites que reglamentariamente se han establecido, y prolongado (unos cinco días por semana) es susceptible de afectar a la salud, y con ello, a la integridad física y mental de quienes lo soportan".

Reconocimiento y reproche

De igual modo, el escrito de la Fiscalía admite parte de la argumentación recogida en el recurso de apelación presentado por el Ayuntamiento respecto a la supuesta inactividad que se le atribuye en la sentencia (presuntament, por no haber adoptado ninguna medida tendente a solucionar el problema) en la medida en que sí reconoce que, en efecto, el equipo de gobierno inició los trámites para declarar la ZAS en diciembre de 2019, a la vista de la sentencia inicial favorable a la Asociación de Vecinos. 

No obstante, su escrito de oposición al recurso de la Fiscalía también reprocha que el Ayuntamiento no hubiese avanzado en el desarrollo de ese expediente, a pesar de que, a su juicio, existirían determinadas medidas y disposiciones que podrían adoptarse a corto plazo, al no entrañar una excesiva complejidad. "Algunas de las medidas dirigidas a reducir el ruido ambiental pueden ser más complicadas, pero algunas de ellas solo requieren de la voluntad política de su control, tales como el control horario, limitación y control de la potencia acústica en los locales, prohibición de música externa, medidas de concienciación, o reducción de horario de las actividades que contribuyan a la superación; todo ello sin perjuicio de los trámites que conlleva la declaración de ZAS, significando con ello la voluntad de cumplimiento de lo resuelto", apunta.

Sea como fuere, tanto los recursos de apelación como el escrito de oposición de la Fiscalía y el que deben presentar ahora los vecinos recurrentes quedan a la espera del escrutinio del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), al tratarse de la instancia responsable de dirimir sobre la presentación de esas impugnaciones. En principio, su resolución podría hacerse esperar alrededor de un año con un pronunciamiento en el que ratifique la sentencia recurrida, y se mantenga la obligación de acordar la ZAS, o en el que se derogue tal requerimiento, como sucedió en el proceso precedente.

Ejecución de sentencia

No obstante, la representación legal de los vecinos ya ha movido ficha, sin esperar al análisis del alto tribunal autonómico, con el registro de otro escrito por el que solicita la ejecución provisional de la sentencia a su favor. Con ello, se pretendería conminar al Ayuntamiento a aprobar la declaración de la ZAS sin más demoras para que puedan aplicarse medidas de control del ruido en el menor plazo posible, a la vista de que, según fuentes consultadas, seguirían registrándose molestias por ruido durante todas las noches. En especial, desde las 22:00 hasta las 4:00 horas. Todo, al margen de otras incidencias paralelas como la que, según fuentes vecinales, se habría registrado en la noche del sábado 17 de agosto, cuando los veladores instalados en la calle Castaños dificultaron el acceso de los sanitarios desplazados en un SAMU para atender a un residente enfermo.

Entre tanto, el equipo de gobierno, del Partido Popular (PP), mantiene su anuncio de implantar las primeras medidas para reducir molestias por ruido tanto en el Centro Tradicional como en el Casco Antiguo en las próximas semanas, una vez superada la temporada turística, sin esperar a la resolución del TSJ. En principio, en el caso del Centro Tradicional, esas medidas se extenderán hasta la calle San Francisco, como avanzó el vicealcalde y edil de Medio Ambiente, Manuel Villar, en la comparecencia plenaria ofrecida en mayo, en respuesta a la petición registrada por el grupo municipal del PSOE.

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