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Apunta a las anomalías cometidas desde el juzgado de Orihuela

Ortiz también desacredita la instrucción sobre el PGOU de 'Brugal', sin referirse a su retractación

7/07/2020 - 

ALICANTE. Más peticiones de nulidad en el juicio sobre el presunto amaño del Plan General de Alicante, investigado a partir de las averiguaciones del caso Brugal. La defensa del promotor Enrique Ortiz, ejercida por el letrado Francisco Ruiz Marco, también ha abundado en los argumentos ya expuestos por los abogados del resto de los acusados que le han precedido en la exposición de las cuestiones previas, para plantear los defectos que, en su opinión, se habrían cometido a lo largo de la instrucción. En suma, se trataría de decisiones que habrían ocasionado la vulneración de derechos fundamentales del conjunto de los acusados, como el derecho al juez ordinario que correspondía por cuestiones de competencia territorial. 

Eso sí, en su exposición, Ruiz Marco no ha hecho ni una sola alusión al acuerdo de conformidad suscrito por el promotor el pasado mes de abril, del que se retractó el 23 de junio, después de que se conociese la sentencia absolutoria sobre la contrata de la basura de Orihuela, en una decisión que fue asumida por el tribunal en la primera sesión del juicio, celebrada el pasado martes. A lo largo de cerca de una hora de intervención, ha obviado toda referencia al cambio de estrategia o a los motivos que pudieron motivar esa decisión, y se ha centrado en atacar lo que ha considerado incumplimientos legales manifiestos en el devenir de todo el proceso desde su origen. 

Así, en primer término, el defensor de Ortiz ha planteado su propuesta de prueba, en la que ha incluido que se vuelva a facilitar las copias de los DVD con los que el juzgado de Orihuela inició las diligencias, al considerar que en el soporte documental que se encuentra unida en la causa no figura el contenido original, sino que se trata de una selección efectuada por la Policía. Se trata de una petición que, según Ruiz Marco, ya se planteó hace dos años. Ha incidido en que esos DVD de los que dispone el tribunal "no son prueba válida" por lo que ha aportado un dictamen pericial sobre el contenido del material a su disposición, en el que se determinaría que se trata de audios incompletos.

Acto seguido, ha entrado de lleno en las solicitudes de nulidad por las anomalías en la instrucción que motivarían la "inconstitucionalidad" del proceso, según ha remarcado. Así, ha apuntado, respecto al auto de incoación de las diligencias acordado por el juzgado de Orihuela, que la jurisprudencia establece que la primera decisión en una instrucción no puede ser el dictado de un auto de autorización de escuchas telefónicas. "Eso es lo que ha sucedido aquí, y, además, a partir de unas grabaciones manipuladas", ha apuntado, en referencia a la sentencia dictada por la Sección Séptima de la Audiencia respecto a la causa sobre la contrata de la basura de Orihuela, que se inició a partir de las conversaciones mantenidas por el empresario Ángel Fenoll con un concejal oriolano sobre el supuesto amaño en su adjudicación. En ese punto, no obstante, la presidenta del tribunal, Monserrat Navarro, le ha recordado que esa sentencia todavía no es firme.

El letrado defensor de Ortiz también ha incidido en la vulneración de la competencia jurisdiccional territorial del juzgado de Orihuela para llevar a cabo la investigación sobre el planeamiento de Alicante. En esta línea, ha recordado que ese juzgado sí se inhibió en favor del Juzgado de Instrucción Número 6 de Alicante por lo que respecta a la investigación sobre la redacción del Plan Rabasa. Además, ha negado que existiese conexidad entre el diseño del Plan General de Alicante con la adjudicación del vertedero comarcal de la Vega Baja, cuya investigación se siguió desde Orihuela, pese a la presencia de Ortiz en ambas causas. Según Ruiz Marco, "desde el primer día era imposible juzgar el delito del Plan General de Alicante y el delito del vertedero de la Vega Baja". "¿Cómo se va a juzgar junto?", se ha cuestionado. 

En este sentido, ha reseñado que, en el auto de ampliación de los hechos que se dictó en 2008, se extendió la intervención telefónica y la instrucción a hechos sucedidos en Madrid o en Murcia. "Si de verdad esto respondiera a algo, si hubiese indicios, si alguien se hubiese tomado esto en serio, entonces la competencia correspondía a la Audiencia Nacional, puesto que se estarían cometiendo delitos en distintas provincias", ha reseñado. "No podía haberse seguido la instrucción desde un juzgado de Orihuela", ha recalcado. Así, ha incidido en que "se vulneró el derecho al juez natural" porque se incumplió la competencia objetiva y la competencia territorial para que el juzgado de Orihuela pilotase la instrucción. Así, ha subrayado el auto por el que ese juzgado decidió inhibirse por lo que respecta a las diligencias seguidas sobre el Plan Rabasa en favor de los juzgados de Alicante.

Ruiz Marco ha remarcado también que la competencia del Juzgado de Instrucción número 6 que asumió esas diligencias sobre el Plan Rabasa quedó consolidada después de que, en 2008, se dictase el auto por el que se rechazaba la autorización para que se prorrogasen las escuchas al teléfono de Ortiz. Un auto que, según ha remarcado, no fue recurrido por la Fiscalía. Lo mismo sucedió después de que se dictase el auto de archivo provisional de las diligencias sobre ese plan. Con todo, según el letrado, en sus informes posteriores, la Unidad de Delitos Económicos y Fiscales (Udef) de la Policía no informó al juzgado de Orihuela -que en ese momento había registrado un cambio de juez- que un juzgado de Alicante ya se había pronunciado sobre el Plan Rabasa. Después, según Ruiz Marco, la Fiscalía siguió esa práctica y solicitó nuevas diligencias al juzgado de Orihuela tras considerar que el planeamiento de Alicante y la adjudicación del vertedero de la Vega Baja eran hechos conexos.

Para el letrado, esa circunstancia supone que se vulnerase el derecho al juez ordinario y lo que ha provocado que "a unas determinadas personas se les haya destrozado la vida durante diez años y que se les exponga a penas de 10 o de 8 años de prisión", ha enfatizado. En esta línea, también ha apuntado que la jurisprudencia establece que un hecho sobreseído no puede incluirse en otra causa. Y menos, según ha recalcado, cuando esa causa todavía sigue secreta. Así, ha apuntado que esa dinámica fue la que se siguió en alusión a las diligencias sobre el Plan General de Alicante. "¿Ustedes creen que la jueza de Orihuela hubiese ampliado el ámbito de las escuchas si hubiese sabido que ya se había sobreseído esa misma petición?", se ha preguntado.

Igualmente, ha solicitado la nulidad del auto de entrada y registro del 1 de julio del año 2010 en varias dependencias -entre ellas, las de las oficinas de las empresas de Ortiz-, al considerar que en su motivación "no consta ni un solo indicio relacionado con el Plan General de Alicante". "Habla de indicios en el Ayuntamiento de Orihuela en la Diputación Provincial", ha apuntado. También ha reseñado que ese auto se señala que existen "motivos de urgencia", aunque después, según ha añadido, no se detalla a qué obedece esa urgencia. A su juicio, ese auto no cubre la práctica del registro, puesto que no se incluyó ningún elemento que justificase la relación con el Plan General de Alicante. 

Igualmente, también ha solicitado la nulidad por la vulneración del principio de especialidad. Según Ruiz Marco, en ningún momento los investigadores se refieren a delitos concretos y se limitan a hablar de "irregularidades". "En eso cabe todo, hasta cómo se pagó la comida de la boda de la hija mayor" de Enrique Ortiz, ha incidido. Además, ha abundado al apuntar que el juzgado de Orihuela acordó, en 2011, la anulación de los autos en los que se acordó la práctica de prueba relacionada con Ortiz, por ejemplo. Por último, ha añadido que, en 2018, se excluyó el delito de información privilegiada para su defendido y ha explicado que la Audiencia ratificó esa exclusión tras desestimar los recursos de las acusaciones.

Tras su intervención, ha llegado el turno del letrado defensor de Pablo Rico, Sigfrido Gómez, quien ha tratado de desligar su participación en la entrega de supuestas entregas de dinero que, según el sumario, se habría facilitado al exalcalde Díaz Alperi desde su participación en empresas vinculadas a Ortiz. Para ello, ha aportado diversa documentación sobre la empresa aseguradora en la que trabajaba su defendido.

El juicio se retomará el próximo día 17 de julio, con el turno de las cuestiones previas de la Fiscalía y de las acusaciones que ejercen el Ayuntamiento de Alicante y la agrupación local de Esquerra Unida (EU). El proceso se reanudará, después, el 23 de septiembre con las declaraciones de los acusados. Además, la sala también ha acordado una modificación del calendario previsto inicialmente para el desarrollo del resto de las sesiones del juicio, de modo que la prevista para el 29 de septiembre pasa al 2 de octubre, la del 30 de septiembre pasa al 6 de octubre y la del 1 de octubre pasa al 16 de octubre por coincidencia de un señalamiento de un juicio con jurado popular (ya que el juicio se está desarrollando en la sala reservada para ese tipo de procesos).

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