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sin solicitud por parte del ayuntamiento ni de ninguna instancia de la Generalitat

Emergencias certifica la falta de informes de seguridad sobre los depósitos del Puerto

17/05/2024 - 

ALICANTE. La Conselleria de Justicia, a través de la Subdirección General de Emergencias de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias, certifica la ausencia de informes relacionados con las condiciones de seguridad que pudiesen requerirse para autorizar la instalación de la planta de almacenaje de combustibles promovida por XC Business 90 en la terminal de mercancías del Puerto. 

Así se pone de manifiesto en una contestación oficial, a una solicitud de información formulada por la Plataforma por un Puerto Sostenible (PPS), en la que se requería que se facilitase acceso al plan de seguridad y emergencia exterior del proyecto, al plan de autoprotección o de seguridad interior y a "cualquier otro informe o documentación relativo a protocolos de seguridad, actuaciones preventivas, medios disponibles de servicio de bomberos tanto en el recinto portuario como de la ciudad de Alicante adaptados a la prevención y actuación ante posibles accidentes graves en una instalación tan próxima a las zonas residenciales urbanas".

Lejos de ello, la respuesta facilitada por el subdirector general de Emergencias, Jorge Suárez, confirma que su departamento carece de toda información sobre el posible desarrollo de ese proyecto y de cuáles son sus características y condiciones concretas. Y que, además, no consta que ninguna instancia haya solicitado la elaboración de informes al respecto, en los once años transcurridos desde que la compañía promotora registrase su solicitud de licencia en el Ayuntamiento de Alicante. 

"En atención a su solicitud relacionada con el proyecto de instalación de 18 depósitos de combustible en el Puerto de Alicante, se informa que en la Subdirección General de Emergencias de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias, no se ha recibido ninguna documentación sobre el citado proyecto, ni solicitud de informe por parte del Ayuntamiento de Alicante, ni de ninguna otro departamento de la Generalitat y por lo tanto, no se ha emitido informe alguno", apunta la respuesta, de forma literal. Emergencias sostiene, así, que desconoce por completo la propuesta empresarial, a pesar de que, en septiembre de 2019, al denegar la licencia por silencio administrativo que había solicitado XC Business, la Concejalía de Urbanismo del Ayuntamiento de Alicante dio cuenta, en ese mismo trámite, de la solicitud de informes sobre la materia a la Conselleria de Justicia, además de otra petición cursada ante la Conselleria de Transición Ecológica para que se concretase si el proyecto debía someterse al trámite de evaluación ambiental.

Nada se hace constar sobre esa petición en la respuesta oficial transmitida ahora por Emergencias (en una contestación que ratifica la información anticipada por este diario el pasado febrero), semanas después de que se haya conocido el pronunciamiento emitido por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) por el que se admite el recurso de apelación presentado por XC Business frente a la sentencia de primera instancia y se reconoce a la mercantil la concesión de licencia ambiental por silencio administrativo positivo. Es decir, ante la falta de respuesta del Ayuntamiento de Alicante frente a la petición del permiso. En esa sentencia se reseñaba, además, que la resolución de esa solicitud había quedado demorada por la administración local con la petición recurrente de documentación adicional, sin que se llegase a autorizar o descartar la licencia demandada.


La sentencia del alto tribunal autonómico sigue sujeta al previsible recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS) por el que se decantaría el Ayuntamiento de Alicante -a la espera de que el TSJ se pronuncie sobre las aclaraciones solicitadas respecto a su fallo- al considerar que se dispone de argumentos jurídicos suficientes para defender su posición de rechazo a la concesión del permiso demandado por XC Business.

Entre ellos, el hecho de que la propia empresa no hubiese aportado los últimos informes solicitados por los técnicos de la Concejalía de Urbanismo hasta el pasado enero, entre los que se incluyó, de hecho, el plan de seguridad de las instalaciones, a pesar de la competencia sobre su supervisión recae, precisamente, en la Generalitat, a través del departamento de Emergencias de la Conselleria de Justicia.

En todo caso, portavoces de Emergencias precisaron, a consulta de Alicante Plaza, en febrero, que los técnicos de ese departamento elaborarían los informes de evaluación que resultasen preceptivos sobre el proyecto en el momento en el que se le solicitasen, con lo que se constataría que sigue siendo un trámite pendiente de resolución para que la planta de almacenaje de carburantes, con seis primeros depósitos, pueda obtener las autorizaciones necesarias previas al desarrollo de la actividad, que -eso sí- serían independientes de la concesión de la licencia de obra.

"Irregularidad" que justificaría el recurso

Sea como fuere, la inexistencia de esos informes de evaluación sobre las condiciones de seguridad del proyecto ya ha sido valorada por la Plataforma por un Puerto Sostenible (PPS) al considerar que daría alas a que se mantuviese el rechazo a la ejecución del proyecto con otro argumento más para sustentar un posible recurso de casación frente a la sentencia del TSJ. A juicio del colectivo vecinal, la ausencia de esos estudios que valorasen los sistemas de prevención de emergencias propuestos por XC Business constituirían "una nueva irregularidad en la tramitación por parte del Ayuntamiento de Alicante del expediente de licencia ambiental para la instalación de macrodepósitos".


"La Ley 2/2006 de 5 de mayo, de Prevención de la contaminación y calidad ambiental, establece, en los artículos 48 y 52 la obligatoriedad por parte del Ayuntamiento de solicitar a la empresa promotora y remitir al órgano competente en materia de seguridad y prevención de accidentes graves la documentación relativa a la seguridad, a la identificación y evaluación de los riesgos que conlleva una instalación tan peligrosa, que conlleva graves riesgos para la población por incendio, nube tóxica, explosiones y ondas de choque. Esta actividad está plenamente incluida en el RD 1254/1999 de 16 de julio por el que se establecen las medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas", exponen los representantes del colectivo.

De hecho, por este motivo, la PPS se dirigió al subdirector general de Emergencias de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias, Jorge Suárez, con el fin de tener acceso a los "informes de seguridad ante accidentes graves relacionados con esta actividad de almacenamiento y distribución de combustibles en el puerto de Alicante, a menos de 1.000 metros de barrios densamente poblados". En ese escrito, se ponía de manifiesto la situación de riesgo que, a juicio del colectivo, entrañaría la instalación de la planta en un entorno en el que ya existen otras actividades que podrían generar una deflagración de los tanques previstos. 

En concreto, se aludía a que "la ubicación prevista en los muelles 19 y 21 dista escasos 40 metros de una fábrica de fertilizantes químicos en base a nitrato amónico, potente explosivo que originó un gravísimo accidente en el Puerto de Beirut en 2020, y de la fábrica petroquímica de betún asfáltico que necesita de constante combustión de gasoil para su proceso de fabricación". Y, además, se añadía que el departamento autonómico debía considerar también que "el Puerto de Alicante no cuenta con dotación de bomberos propia ni con Plan de Emergencia para accidentes graves, y que la ciudad de Alicante tampoco dispone de una dotación de bomberos con los medios humanos y técnicos necesarios ni la formación adecuada para afrontar un posible accidente grave en esta pretendida instalación petrolífera". De ahí que el colectivo solicitase a Emergencias que detallase los informes de los que disponía respecto al desarrollo del proyecto.

Años de trámite sin evaluación

La respuesta obtenida, fechada el 7 de mayo, confirma ahora la ausencia de esos informes, a pesar de que, según apunta la PPS, "el 2 de marzo de 2020", se celebró "una reunión con el anterior responsable de Emergencias, José María Ángel", que desempeñó esa responsabilidad durante la pasada legislatura, "en la que se le informó de este proyecto y se le advirtió de los riesgos que para la ciudad suponía, destacándole la importancia que tenía el informe de seguridad que debía hacer su departamento".

"Esta PPS considera escandalosa la respuesta del actual subdirector general de Emergencias de la AVSRE, que depende de la Secretaría Autonómica de Seguridad y Emergencias de la Conselleria de Justicia e Interior, bajo la responsabilidad de Vox, partido que siempre ha negado afecciones ambientales de este proyecto pero que se ha opuesto al mismo de forma contundente por razones de seguridad para la población", añaden los portavoces del colectivo.

"La PPS se pregunta cómo es posible que se inicie este expediente de licencia ambiental en el Ayuntamiento en el año 2013; que posteriormente la empresa promotora solicite en la Autoridad Portuaria en 2018 la concesión para esa actividad; que el proyecto pase por múltiples departamentos tanto del Ayuntamiento como de la Generalitat, y que durante todo este tiempo ningún responsable público se preocupe de la seguridad de la ciudadanía". "Todo el esfuerzo de la administración se ha destinado a combatir a la propia ciudadanía, que se movilizó y presentó más de mil alegaciones, recursos, e incluso un contencioso", consideran los portavoces de la plataforma. "Mientras, ha abandonado sus obligaciones en el cumplimiento de la ley que garantiza la seguridad de las personas ante este tipo de proyectos que conllevan elevados niveles de riesgo y peligrosidad", abunda.

"Esta situación conduce a nuestra indefensión, y se ha visto agravada por la sentencia del TSJ, que ha otorgado de forma jurídicamente discutible la licencia ambiental a la empresa promotora por silencio positivo. Así, el TSJ ha avalado que la actividad pueda desarrollarse privando a la ciudadanía del derecho a la seguridad que la legislación en esta materia establece, lo cual nos parece un motivo de peso, junto a otros, para que el Ayuntamiento recurra en casación sin dudarlo", concluye el colectivo.

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