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censura la defensa del ayuntamiento

Un juez anula la orden de Benidorm que pretendía desmantelar y sancionar los cajeros ATM

13/04/2024 - 

BENIDORM. El Ayuntamiento de Benidorm ordenó en febrero de 2023 que las empresas responsables de los cajeros ATM sin licencia cerraran, imponiéndoles una sanción de 2.000 euros por máquina. Ahora, un juez da la razón a una de las mercantiles que recurrió esta decisión directamente en los juzgados. La sentencia, del pasado 8 de abril, condena al Consistorio a las costas, además de anular los decretos de la Concejalía de Comercio y Aperturas y reprochar la defensa de la administración local. Con todo, fuentes municipales avanzaron a este diario la decisión de recurrir la sentencia.

En los últimos años, las grandes ciudades con afluencia turística han estado en el punto de mira de estas empresas que veían una oportunidad de negocio. Así, proliferaban estas máquinas en locales con otra actividad que cedían un pequeño espacio para su instalación, pero también se levantaban en medio de la calle. El objetivo del Consistorio era atajar esta actividad para aquellos que se abrían sin licencia, y por tanto, sin pagar las tasas municipales correspondientes. Más de un año después, el Ayuntamiento no tiene constancia de que se haya cerrado ninguno de los cajeros en el punto de mira.

La Concejalía de Comercio firmó dos decretos, el 1 y 9 de febrero de 2023, en los que se dictaba la clausura "inmediata" de todos los aparatos, entre los que se incluía la compañía que denuncia, Euro Automatic Cash Entidad de Pago SL. A su vez, les daban un plazo de un mes para retirarlos, si incumplían con la fecha, se les abriría un expediente de infracción urbanística y las multas correspondientes. Además, en su punto tercero, la resolución solicitaba a la Unidad de Sanciones la apertura de un expediente sancionador por importe de 2.000 euros para cada uno de los cajeros "dada la existencia de intencionalidad y reiteración en la comisión de la infracción, el grado de participación, el beneficio obtenido por la instalación de los cajeros durante años y la reincidencia de la comisión", tal y como apuntan los dos decretos que son motivo de este recurso.

En su defensa, el Ayuntamiento esgrime que los dos actos administrativos fueron suspendidos días después de notificarlos, por lo que entendían que el proceso carecía de objeto. Pero el juez manifiesta su sorpresa debido a que se le negó la suspensión a la empresa en sede cautelar. Por ello, considera que con esta alegación "se contradice de manera flagrante y está yendo en contra de sus propios actos". 

Contradicciones y argumentos crípticos

Es entonces cuando recuerda las diferentes contradicciones, según el escrito judicial, y argumentos "incomprensibles" y "crípticos" manifestados en la pieza separada para pedir medidas cautelares previamente: "No sabemos exactamente qué es lo que el Ayuntamiento quiere decir realmente", recogía la resolución anterior que remarcaba incluso la numeración distinta de expedientes que dificultaban el análisis del caso. A continuación, considera que ha habido una "tramitación absolutamente caótica en dos procedimientos sancionadores tramitados de manera paralela, existiendo evidentes solapamientos y confusiones entre los mismos". Es más, afirma que se les llega a sancionar dos veces por los mismos cajeros

 Benidorm. Foto: RAFA MOLINA.

Tras esto, la sentencia recoge que el 24 de abril figura un decreto firmado por el concejal de Comercio en el que resuelve la suspensión de la ejecución del decreto del 9 de abril. Para el juez, el escrito "reconoce la existencia de irregularidades del expediente sancionador". 

Las críticas al proceso no se quedan ahí, sino que reprocha al Ayuntamiento que aporte documentación donde se "oculta" la fecha de uno de los decretos de caducidad. Por ello, critica la "opacidad" con la que habría actuado el Consistorio, no solo con la empresa, sino en el juzgado. "En materia sancionadora es inadmisible que un ayuntamiento trabaje con este tipo de argucias, porque suponen una falta de transparencia y el reconocimiento de que se le están ocultando y escatimando al expedientado elementos esenciales", manifiesta el juez, que añade: "Y si hay algo que resulta todavía más sorprendente es que un ayuntamiento se atreva a mantener esta ocultación de datos en sede judicial, donde comparece como parte demandada". A lo que agrega que también "oculta incluso la identidad de quien dicta el pretendido Decreto", lo que para el juez es intolerable.

Finalmente, estima íntegramente el recurso porque considera que la caducidad del procedimiento sancionador es "evidente", y "dada la ocultación de datos y la opacidad al control judicial". 

No se ajusta a Derecho

Como se decía, la decisión del Ayuntamiento es recurrir la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Alicante. Según apuntan fuentes municipales, los servicios jurídicos del Ayuntamiento consideran que no se ajusta a Derecho y no refleja varias actuaciones de oficio hechas por el Consistorio relativas a la suspensión de los cierres y las multas. 

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