ALICANTE. Esta vez sí. La Audiencia de Alicante ha dado inicio este lunes al juicio sobre el supuesto fraude en la contrata de la basura del municipio de Calp, investigado en el marco del caso Brugal, que quedó aplazado el pasado mes de enero, después de que las defensas alegasen dudas sobre la existencia de las medidas de prevención adecuadas para evitar contagios por coronavirus en la sala elegida para su celebración.
En esta ocasión, la vista se ha trasladado hasta el salón de actos del edificio judicial de Pardo Gimeno, provisto -por tanto- de un mayor aforo y de la capacidad necesaria para que se respetase la distancia de seguridad entre los intervinientes: los ocho acusados, sus respectivas defensas, los dos fiscales Anticorrupción y los letrados del Ayuntamiento de Calp que ejercen la acusación particular, al margen de los componentes del tribunal.
Lo cierto es que, ocho meses después, el arranque del proceso ha seguido el guion previsible en cuanto a las cuestiones previas a plantear. Así, las defensas del exalcalde del PP, Javier Morató; de los exediles Juan Roselló y Fernando Penella; y de los empresarios Angel Fenoll y Antonio Ángel Fenoll (los principales acusados, junto al cuñado de Roselló, Francisco Artacho; la mujer del exconcejal, Amparo Femenía, y el funcionario Juan Cervantes) han solicitado que se acuerde la nulidad del proceso en base a argumentos ya esgrimidos en otras de las piezas derivadas de Brugal, como la que concluyó con la absolución de los 34 acusados por la adjudicación de la contrata de recogida de residuos de Orihuela, o la causa sobre el PGOU de Alicante, también cerrada provisionalmente con solo una condena mínima por hechos no relacionados de manera directa con el planeamiento de la ciudad.
Así, los letrados defensores han sostenido que, desde el mismo momento de partida, en la instrucción de las diligencias ha concurrido la vulneración de los derechos fundamentales de los acusados por lo que respecta al derecho a la tutela judicial efectiva (se ha argüido que la investigación se inició desde los juzgados de Orihuela y los acusados no tuvieron conocimiento de los hechos hasta 2010 cuando la causa fue asumida por los juzgados de Dénia); la falta de motivación de los autos en los que se autorizaron las escuchas telefónicas en los que se fundamentó parte de la investigación (con los que después se autorizaron los registros domiciliarios), y la violación del secreto de las comunicaciones. En esta línea, los abogados de Morató y Penella, Enrique Botella y Manuel Roura, respectivamente, han añadido que la instrucción se planteó como una "causa general", sin motivación alguna en la que, según han indicado, se fue desarrollando una "investigación prospectiva" sin concreción previa.
Pero, además, los letrados han añadido que, en el caso de que se decidiese mantener la celebración del juicio, y de que se encontrase probado los delitos que se les atribuye (malversación, prevaricación y blanqueo de capitales) los acusados deberían quedar absueltos, puesto que se habría producido la prescripción de tales hechos una vez transcurridos 23 años desde que se produjo la adjudicación del servicio de tratamiento de residuos (el origen del presunto fraude) y cerca de 14 años desde que a los procesados se les comunicó formalmente su imputación.
El representante de la Fiscalía Anticorrupción, Pablo Romero, por su parte, ha mantenido la validez de toda la instrucción, tras insistir en que la sentencia sobre la contrata de la basura de Orihuela que acordó la nulidad de parte de las escuchas sigue pendiente de la resolución de recurso presentado ante el Tribunal Supremo (TS). Además, ha negado que los hechos investigados objeto de juicio hayan prescrito en tanto que en la causa se dirime sobre la comisión de los delitos continuados de malversación, prevaricación y blanqueo de capitales que se prolongaron hasta el año 2012: la fecha hasta la que habría persistido la presunta manipulación de los pesajes de la basura. En esa posición se han reafirmado también los letrados de la acusación particular, ejercida por el Ayuntamiento de Calp, quienes también han señalado que fue la propia administración local la que interpuso una denuncia en relación a los hechos tras tener conocimiento de un informe interno en el que se advertía de la presunta manipulación en los pesajes de los residuos tratados en la planta gestionada por la empresa de la familia Fenoll, Colsur (ahora Sirem).
Con todo, el tribunal de la Sección Segunda responsable de enjuiciar los hechos ha demorado su respuesta a las cuestiones previas planteadas hasta el dictado de la sentencia. Así, pese a las peticiones formuladas por las defensas para que esas alegaciones se dirimiesen en el acto, los magistrados no se pronunciarán sobre las peticiones de nulidad ni sobre la hipotética prescripción de los delitos hasta después de la finalización del juicio. Eso sí, el tribunal ha aceptado la totalidad de las pruebas solicitadas tanto por las acusaciones como por las defensas (básicamente, nuevas declaraciones de testigos y peritos), siempre que no hubiesen sido ya rechazadas con anterioridad. De este modo, el proceso se reanudará el próximo 19 de octubre con las primeras declaraciones de los acusados.
EL TRIBUNAL NO SE PRONUNCIARÁ SOBRE LAS SOLICITUDES DE NULIDAD POR VULNERACIÓN DE DERECHOS O POR PRESCRIPCIÓN HASTA EL DICTADO DE LA SENTENCIA
El proceso se dirige contra los expolíticos del PP de Calp, Morató, Roselló y Penella; contra dos de sus familiares; contra un funcionario municipal y contra los empresarios de la mercantil Colsur (ahora Sirem), Ángel Fenoll y su hijo, Antonio Ángel, que lograron la adjudicación del servicio de tratamiento de los residuos urbanos en el año 1998. La Fiscalía Anticorrupción sostiene que los políticos pactaron con el contratista el pago de comisiones a cambio de esa adjudicación, comisiones que se hicieron efectivas durante los años siguientes.
En concreto, siempre según el escrito de conclusiones provisionales de la Fiscalía, el entonces alcalde y los dos tenientes de alcalde se repartieron 100 millones de las antiguas pesetas (600.000 euros), mientras que otros 20 millones de pesetas (120.000 euros) fueron destinados al club de fútbol local y 4 millones (24.000 euros) a un intermediario. Según la Fiscalía, Colsur incrementó supuestamente de forma fraudulenta el número de toneladas de basura tratadas para hinchar la factura que debía abonar el ayuntamiento y, así, obtener los recursos necesarios para repartir esas comisiones.
La Fiscalía cifra en 11.983.904 euros la cuantía que la mercantil adjudicataria intentó defraudar a las arcas municipales y en 4.285.998 el perjuicio efectivo ocasionado al consistorio. Anticorrupción solicita inicialmente penas que oscilan entre los dos y los 14 años de prisión para los acusados por delitos continuados de cohecho, prevaricación, malversación y blanqueo de capitales. El Ayuntamiento de Calp, por su parte, tan solo dirige su acusación contra los representantes de Colsur, Antonio Fenoll y su hijo.