monumento reconocido como bien de interés cultural en 1949

El TSJ insta al Gobierno a decidir el traslado de la Torre Placia de Alicante sin escudarse en el Consell

1/02/2023 - 

ALICANTE. El Tribunal Superior de Justicia (TSJCV) vuelve a terciar en el enredo urbanístico generado en torno al monumento de Torre Placia -uno de los elementos defensivos que conforman el Bien de Interés Cultural (BIC) de las Torres de la Huerta- a través de un auto en el que apremia al Ministerio de Cultura a decidir sobre la autorización para su traslado cursada por el Ayuntamiento de Alicante. El requerimiento es, además, contundente a la hora de señalar lo que considera falta de coherencia en la actuación del ministerio que coordina Miguel Iceta en la medida en que trató de derivar la competencia sobre ese permiso a la Generalitat Valenciana cuando el reconocimiento del monumento como BIC "bajo protección del Estado" fue acordado por decreto en 1949 por la Administración central.

Pero no solo eso. El auto, dictado por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCV, califica además de "contradictorio y arbitrario" el correo electrónico remitido al Ayuntamiento por el jefe de negociado de Régimen Jurídico de la Subdirección General de Gestión y Coordinación de los Bienes Culturales, Direción de Bellas Artes, Ministerio de Cultura y Deporte, el pasado 28 de junio de 2022, en el que se indicaba que la competencia sobre el desplazamiento de la torre correspondía a la Generalitat, en la medida en que tanto el Ministerio de Cultura como el Consejo de Ministros habían asumido desde el año 2015 la tramitación del expediente sobre dicho BIC sin dudar de su capacidad para resolver sobre él

Es más, como informó este diario, lo cierto es que el traslado de Torre Placia ya fue avalado en primer término por el Consejo de Ministros en mayo de 2017, en respuesta a la fórmula alternativa planteada por el Ayuntamiento de Alicante para ejecutar la sentencia dictada por el alto tribunal autonómico en 2004, por la que se concluía que debía derribarse 11 de las 40 viviendas de la urbanización Azalea Golf que el mismo Ayuntamiento autorizó construir en el año 2000 sin considerar el entorno de protección del monumento.

El Ayuntamiento alegó frente a la ejecución de las demoliciones al objetar el coste económico y social que conllevaría, en la medida en que generaría el desarraigo de los moradores de las viviendas previamente autorizadas, y planteó la adquisición de Torre Placia (entonces en manos de un propietario privado) con la intención de desplazarla hasta otra ubicación próxima. El TSJ aceptó esa solución alternativa como fórmula de ejecución de sentencia, y el Consejo de Ministros la refrendó, lo que permitió que la Torre Placia pasase a manos públicas tras un desembolso de 1,7 millones.

Después, se licitaron los trabajos de su traslado y se constituyó un comité de expertos para decidir cuál sería el mejor sistema para que se formalizase esa reubicación. Así, el contrato acabó recayendo en la empresa Estudio Métodos de la Restauración por 1,4 millones, que planteaba su desmontaje y reconstrucción pieza a pieza.


No obstante, la ejecución del traslado todavía quedaba supueditada a la emisión de informes por parte del Instituto del Patrimonio Cultural de España (Ipce) y de la Dirección General de Bellas Artes. El dictamen de esta última se acabó conociendo en septiembre de 2021, con una resolución en la que abogaba porque el traslado se realizase en tres piezas.

En cualquier caso, tampoco entonces llegó a concederse la autorización definitiva. Al contrario. Menos de un año después, en abril de 2022, la Subdirección General de Gestión y Coordinación de Bienes Culturales del Ministerio de Cultura emitió un nuevo informe, a requerimiento de la Concejalía de Urbanismo, en el que se desaconsejaba el traslado de la fortificación dado que la construcción podría perder su valor patrimonial si se procedía a su desmantelamiento o su reconstrucción integral. Entonces, el equipo de gobierno (el bipartito compuesto por PP y Cs), anticipó su pretensión de acudir al TSJ para tumbar la nueva posición de Cultura. Y, finalmente, en junio de ese mismo año, se produjo la remisión del correo electrónico en el que la misma instancia del ministerio (la Subdirección General) descargaba la responsabilidad de la decisión de autorizar el traslado en la Generalitat.

Única administración competente

De ahí que el Ayuntamiento volviese a defender su posición inicial y requiriese formalmente al TSJ que aclarase la controversia sobre competencias planteada por Cultura para poder dar cumplimiento a la sentencia dictada en 2004. Ahora, el alto tribunal resuelve que el Ministerio de Cultura es la única administración competente para pronunciarse sobre el permiso de desmontaje y reconstrucción en el nuevo emplazamiento propuesto por el Ayuntamiento, toda vez que fue quien declaró la protección del edificio, quien lo registró en la categoría de monumento en 1997 por resolución del director general de Bellas Artes y quien asumió la responsabilidad de la incoación del expediente de traslado. 

Además, el auto señala que "en congruencia con lo anteriormente expuesto, por Real Decreto 510/2017, de 12 de mayo, se autorizó el traslado del BIC de Torre Placia, reconociéndose que corresponde al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte la incoación y tramitación del expediente, por tratarse del traslado o remoción de un Bien de Interés Cultural de su entorno, materia que se incluye dentro de la competencia exclusiva del Estado prevista en el artículo 149.1.28 de la Constitución Española".

El TSJ señala que la actuación del Ministerio de Cultura estaría "obstaculizando" la ejecución de una sentencia que plantea la protección del BIC

En este sentido, el auto añade que "es la Administración estatal, y concretamente, la Subdirección General de Gestión y Coordinación de los Bienes Culturales, Dirección de Bellas Artes del Ministerio de Cultura y Deporte, la administración competente para autorizar el proyecto de obras para el traslado del BIC de Torre Placia, dando con ello continuidad y coherencia a un procedimiento que lleva tantos años en litigio". 

Además, rechaza "por disconforme a derecho el oficio/mail de referencia, que echa por tierra una competencia estatal asumida desde 1949 y un expediente estatal iniciado en 2015 y resuelto el 12 de mayo de 2017", puesto que supone "sin más justificación que un párrafo de cinco líneas y con evidente incoherencia, una modificación de competencias que en absoluto puede asumir otra administración".

El auto subraya, al tiempo, que con ese oficio se estaría "obstaculizando la ejecución de una sentencia y los autos que la ejecutan, impidiendo con ello la tutela judicial efectiva y la adecuada protección de un Bien de Interés Cultural". Por todo ello, el TSJ anula y deja sin efecto esa comunicación dirigida al Ayuntamiento y requiere de forma expresa a la Subdirección General del Ministerio "que asuma sus competencias para tramitar y resolver conforme a Derecho la solicitud del Ayuntamiento de Alicante para la autorización de las obras de traslado del BIC Torre Placia, sin mayores demoras y sin obstruir la ejecución de la sentencia de autos".

Por su parte, fuentes del equipo de gobierno consultadas por Alicante Plaza han expresado su satisfacción por la decisión adoptada por el TSJ en la medida en que avalaría la tesis defendida por el Ayuntamiento y por su servicio de Asesoría Jurídica desde el inicio.

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