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recurre la resolución del tsjcv

Ribera recurre por segunda vez las normas de reversión del Hospital de Torrevieja y no presenta la documentación

2/04/2021 - 

TORREVIEJA. La transición del cambio de la titularidad de la gestión del Departamento de Salud de Torrevieja, de manos privadas a públicas, se está enquistando mediante la judicialización del procedimiento. La mercantil Torrevieja Salud UTE, Ribera Salud, ha vuelto a recurrir las normas fijadas por la Conselleria de Sanidad y anunciadas el 14 de octubre de 2020, un año antes -como fijan las cláusulas de la concesión- de que finalizara el contrato. 

El martes, la mercantil tenía que presentar la documentación en cuanto a recepción del hospital, los centros sanitarios, los medios materiales y los de personal tal y como se lo había indicado el un juez de la Sala de lo Concencioso-Administrativo sección 5 del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV). No ha cumplido con el auto del juez como tampoco hizo con las normas de reversión. Éstas indicaban que el plazo vencía el 1 de diciembre de 2020. Semanas antes, en noviembre, Ribera Salud interpuso un recurso en el que solicitaba la paralización del procedimiento de reversión. La situación de crisis sanitaria provocada por la pandemia de la covid-19, les resultaba "imposible" acometer esas normas de reversión, según esgrimieron. 

El TSJC solicitó documentación de dichas normas de reversión y el 12 de febrero estimó parcialmente, en un auto, la medida cautelar solicitada y denegó la solicitud de suspensión de la comunicación por la que se anunciaba la intención de no prorrogar el contrato. Fijaba una ampliación del plazo del 1 de diciembre al 31 de marzo de 2021.

El martes concluía ese plazo y los únicos documentos que se han movido han sido en dirección a los juzgados. Ribera Salud no ha entregado la documentación. Lo confirman desde conselleria. Y también desde la mercantil. También confirman ambos actores que se ha interpuesto un recurso a la resolución. Como indicaba el auto, la resolución no era firme y tenía cabida un recurso de reposición, en un plazo de cinco días desde su notificación.

Contundente resolución

El razonamiento esgrimido por el tribunal desmontaba las razones presentadas por la empresa para no acceder a las normas de reversión. "El argumento parte de las bases que no son aceptables" señalaba la resolución. Seguidamente razonaba esta premisa con los siguientes argumentos: "como si no estuviera previsto en el contrato que el momento de la reversión, con o sin prórroga, iba a llegar y que ello supondría la necesidad de llevar a cabo estas actuaciones, como si la pandemia le hubiera afectado exclusivamente a su área de actuación, como si la administración sanitaria no hubiera llevado a cabo, facilitado o colaborado, ninguna de las actuacioens que afirma haber tenido que afrontar por la situación, como si nada de la documentación solicitada existiera y tuviera que ser elaborada ex profeso para ello y como si todo lo solicitado sólo pudiera tener un tratamiento manual y personalizado".  

Desde Ribera Salud señalan que las razones para interponer un nuevo recurso son muy parecidas a las que esgrimieron en un primer momento. Insisten en que "estamos inmersos en la mayor pandemia del último siglo y nuestros recursos deben estar centrados en lo prioritario". 

Consecuencias de la batalla judicial

Mientras el procedimiento se judicializa, las consecuencias de esta batalla ya están aflorando. Por un lado, sindicatos del hospital están denunciando la "fuga" de personal a otros centros y el rechazo de otros profesionales a unirse a este departamento ante la incertidumbre que genera el desconocimiento de qué sucederá con la plantilla en octubre de este año. Otra de las consecuencias es en materia contractual. Desde que se anunció y se comunió las normas de reversión es la conselleria quien tiene que autorizar los cambios o modificaciones contractuales solicitados de forma individual por cualquier trabajador. 

En los tres primeros meses del año, Ribera comunicó a conselleria 16 modificaciones contractuales. Cada uno con un grado de necesidad y premura, desde reducción de jornada para el cuidado de menores o mayores, hasta la reincorporación a la jornada completa. Conselleria no ha autorizado ninguna de estas solicitudes, alegando que si no disponen de la documentación requerida, en este caso sobre la plantilla, afirman que no pueden autorizar ningún cambio. 

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