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intentará esquivar esta cláusula, menos de 400.000 euros si no es lucro cesante

La rescisión del Mercado Central de Elche sí tendrá indemnización: un 3% del proyecto que el bipartito peleará

5/05/2021 - 

ELCHE. El Consistorio ya ha recibido el dictamen del Consell Jurídic Consultiu (CJC) acerca de la resolución del contrato del Mercado Central con Aparcisa. Un paso preceptivo en el expediente de rescisión, aunque no vinculante, tan solo consultivo. En cualquier caso, este ha dado el visto bueno con su aval a la ruptura del contrato, entendiendo que cumple legalmente, cosa que obviamente celebra el bipartito, aunque eso sí, el informe asevera que sí procede indemnización. En este caso, alude a un artículo de la Ley de Contratos por el que procede resarcir con un 3% del proyecto no ejecutado.

La conclusión del dictamen asevera que procede acordar la resolución del contrato por la vía del artículo 223 g) de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) de 2011, con los efectos establecidos en el artículo 225.5, que viene a ser el derecho a obtener una indemnización del 3% de la prestación dejada de realizar. Esto supone que hay un derecho de indemnización de la mercantil adjudicataria y que los servicios técnicos jurídicos están estudiando para ver el fondo de la cuestión y cuál es esa 'prestación dejada de realizar'. A falta de que se haga público el dictamen, esa expresión puede hacer alusión bien al proyecto de ejecución, o bien al lucro cesante, que es lo que los servicios jurídicos de Aparcisa defendían que les correspondería: el dinero que habrían ingresado de estar operativos y que no se hubiera retrasado el proyecto. Por su parte, el alcalde Carlos González cree que no se puede interpretar de ahí el lucro cesante.

O unos 375.000 euros o el 3% de un hipotético lucro cesante

Con todo, ahora los técnicos están analizando el informe y qué supone esa expresión a nivel monetario. En el caso de que fuese un 3% del proyecto de ejecución, ya construido, que tenía un coste de 12,5 millones de euros, esa cifra serían 375.000 euros, y una cifra inferior si se quita del cálculo el mercado provisional, que sí se ha ejecutado y está en marcha, y que tuvo un coste de 400.000 euros. El informe de Cuatrecasas ya advertía que podía ser que el Ayuntamiento tuviera que pagar ese 3%, como contó este medio, además de abonarle a Aparcisa lo invertido hasta ahora. En cualquier caso, según los términos empleados, todo apunta a que podría hacer referencia al lucro cesante, lo que ya entra en cálculos hipotéticos difíciles de calcular. En sus conclusiones, el artículo 223 g) establece que cabe la resolución cuando:

La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados o la posibilidad cierta de producción de una lesión grave al interés público de continuarse ejecutando la prestación en esos términos, cuando no sea posible modificar el contrato conforme a lo dispuesto en el título V del libro I.

Y a efectos del artículo 225.5, esto es lo que establece:

Cuando la resolución se acuerde por las causas recogidas en la letra g) del artículo 223, el contratista tendrá derecho a una indemnización del 3 por ciento del importe de la prestación dejada de realizar, salvo que la causa sea imputable al contratista.

Por tanto, lo que el equipo de gobierno pretende pelear es que en la rescisión no quepa lugar a ninguna indemnización, ya que ese pasaje de "salvo que la causa sea imputable al contratista" es la que invocó para argumentar una rescisión 'gratis' al aseverar que Aparcisa había asumido el proyecto por su riesgo y cuenta, sabiendo que bajo el inmueble había dos refugios de la Guerra Civil. No obstante, habrá que esperar a los informes técnicos, pero es la jugada que ha venido perfilando el bipartito en el argumentario y en el informe de Urbanismo y Contratación.

Espaldarazo a la estrategia del bipartito

Por su parte, el bipartito defiende que se avala sus postulados de rescisión, al señalar el CJC que reforzar que las modificaciones que habrían de ser realizadas para compatibilizar el contrato con el patrimonio existente (el refugio bajo el mercado), con el proyecto, supondrían exceder con creces las limitaciones máximas establecidas por la ley. "La empresa no ha aportado ninguna justificación que pruebe que los cálculos municipales no son correctos", asevera el primer edil, leyendo literalmente parte del informe. Este era uno de los argumentos puestos por el bipartito para la rescisión.

"En modo alguno puede entenderse como la resolución como una decisión discrecional, unilateral o injustificada al traer causa de interés público sobradamente razonadas", explicaba González, añadiendo que esto significa que la rescisión es fundada y justificada en defensa del "interés público", añadía. Esta fue otra línea utilizada para armar el expediente de resolución, y en la que había incidido también Cuatrecasas sobre las opciones posibles tras impulsar la ruptura del contrato. Asimismo, añade el informe que "resulta acreditado que la continuidad de la ejecución (del proyecto) en los términos previstos supone la posibilidad cierta de que se produjera una lesión grave al interés público". Un interés que sería tanto el refugio 3B de la Guerra Civil bajo el mercado, que es automáticamente Bien de Relevancia Local (BRL) según la Ley de Patrimonio —lo cual está en trámite ahora para ratificar su protección— y el Misteri d'Elx tras la intervención de Icomos, asesor de la Unesco, advirtiendo de que el proyecto podría afectar a la declaración de Patrimonio de la Humanidad.

Ambos casos a los que el bipartito se ha agarrado desde entonces para poder rescindir el proyecto. Ahora, tras el informe del órgano autonómico, se muestra conforme porque despeja posibles dudas a nivel legal para que sigan adelante con el expediente. Un aval jurídico con el que iban a seguir en cualquier caso aunque el CJC hubiese informado desfavorablemente, dado que el dictamen no es vinculante. Por parte de Compromís, Esther Díez también señalaba satisfecha que el planteamiento municipal era correcto y que "el patrimonio está por encima del contrato, y por eso dice que literalmente que es evidente la incidencia y afectación del proyecto desde el punto de vista patrimonial". Defiende que el dictamen cataloga como irresponsable seguir con el proyecto por dicha afectación.

Próximos pasos: liquidar el contrato y... ¿juzgados?

Para finalizar, en las próximas semanas el último paso que queda es es aprobar la resolución y extinción del contrato definitivamente en una Junta de Gobierno. Con ella va aparejada la gestión directa de la concesión del mercado provisional que el bipartito quiere ahora consolidar en zona verde —a pesar de llevar a Fiscalía la idea ejecutada por gobierno de entonces, del PP—, para lo que tiene que modificar el Plan General. En cuanto a los tribunales, como estos actos públicos, cuando se rubrique la rescisión, será cuando Aparcisa tenga la opción de acudir al Juzgado —no se ha personado en el trámite del Jurídic Consultiu al que tenía derecho—. En el caso de que finalmente no haya indemnización, aunque en un principio establece el CJC que sí le corresponde. Otra cuestión será si a la compañía gallega le es suficiente. En sus alegaciones lo que quedaba de relieve es que daba por perdido el proyecto y ya se centraba en la indemnización. 

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