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tres semanas previas a la apertura del village

El juzgado tumba el decreto de Pavón (Guanyar) por el que Marmarela debió cerrar antes de la Volvo

28/05/2018 - 

ALICANTE. El juzgado contencioso-administrativo de Alicante ha estimado el recurso contencioso-administrativo que presentó la empresa que explotaba la sala de fiestas Marmarela, Puerta de Mar y Ocio, S.L, contra el decreto de cierre firmado por el extitular de Urbanismo, Miguel Ángel Pavón, con fecha 12 de septiembre de 2017, y que obligó a cerrar el complejo en las semanas previas a la Volvo Ocean Race, a pesar de que la mercantil había alcanzado un acuerdo previo con la Generalitat para que el espacio se volviera a utilizar en la organización de la regata hasta el 30 de noviembre. La decisión del Ayuntamiento de Alicante impidió que la sala de fiestas estuviera abierta del 12 de septiembre hasta la inauguración de la Village de la Volvo, a principios de octubre de 2017.

La sentencia  comunicada a ambas partes y fechada el pasado 24 de mayo explica que el acta municipal levantada a final de agosto a Marmarela fue por ejercer su actividad sin la autorización de la Autoridad Portuaria (extremo recurrido también en el TSJ y pendiente de resolución), obviando que el Puerto sí había otorgado la autorización a otra entidad, la SPTCV de la Generalitat Valenciana, con la que Puerta del Mar y Ocio había firmado un contrato de prestación de servicios para cederles sus instalaciones para la organización de la Volvo Ocean Race.

"En definitiva, la Administración no podía requerir a la mercantil recurrente para que suspendiese de forma inmediata el funcionamiento de la actividad porque la recurrente estaba habilitada para ejercitar su actividad en virtud del contrato firmado con la mercantil SPTCV"… con una licencia que seguía en vigor pese al pronunciamiento contenido en la resolución de 12 de septiembre de 2017, recurrida en este procedimiento", según detalla la propia sentencia.

Futura concesión

Tras la sentencia, los responsables de Marmarela confían en llegar a un acuerdo con la Autoridad Portuaria de Alicante para reabrir el complejo esta temporada mediante una autorización administrativa que ponga fin al pleito que mantiene en el TSJ y que podría alargarse varios años y poner en riesgo la próxima edición del Volvo (al paralizar, de facto, cualquier otra concesión en el espacio portuario).

La empresa Puerta de Mar y Ocio, a través de un comunicado, quiere "trasladar un mensaje de tranquilidad a los casi 100 trabajadores y trabajadoras del complejo que esperan recuperar sus empleos para la nueva temporada estival, así como para los proveedores y clientes que en los últimos días les han trasladado su malestar por no saber si pueden contar con las instalaciones para la programación de la oferta de ocio de Alicante, como ha ocurrido este fin de semana con el festival Spring Festival en una zona anexa a Marmarela, sin que el complejo haya podido ofrecer sus servicios a los miles de asistentes del evento musical que se celebra en el puerto desde hace tres años con una autorización administrativa como la que reclama Marmarela".

Pavón confía en que el Ayuntamiento recurra

El portavoz de Guanyar y exconcejal de Urbanismo, Miguel Ángel Pavón, ha valorado este mismo lunes el alcance de la resolución para expresar su confianza en que el Ayuntamiento presente recurso. "Esperamos que el Ayuntamiento recurra esta sentencia, con la que discrepamos, ante el TSJCV, en defensa tanto de sus propios actos como del contenido de los informes técnicos municipales en los que se basó el decreto que firmé como concejal de Urbanismo en septiembre de 2017", ha señalado a través de redes sociales. 

En esta línea, ha añadido que, a su juicio, resultaría pertinente "más aún si sigue pendiente de resolución ante el TSJCV el recurso que presentó Marmarela contra el Puerto por certificar que no disponía de autorización portuaria; una certificación que fue básica a la hora de que los técnicos concluyeran que lo que procedía era cerrar la actividad". "Si el Puerto concluye que Puerta del Mar y Ocio no disponía de autorización portuaria y nos traslada esa conclusión por escrito, era obligado cerrar la actividad: no hacerlo hubiera podido ser constitutivo de un delito de prevaricación por omisión", ha concluido. 

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