asistencial compatible con deportivo

La Nucía modifica el Plan Parcial La Serreta para hacerlo menos restrictivo

12/11/2023 - 

LA NUCÍA. El pleno del Ayuntamiento de La Nucía ha dado luz verde a la modificación del Plan Parcial de La Serreta. Unos cambios que servirán para actualizar el documento a la situación actual, según recoge la propia documentación, ya que el proyecto se aprobó hace 18 años. Así, entre otros asuntos, apuntan a unas normas menos restrictivas en cuanto a la implantación de usos y edificaciones, donde destaca el uso asistencial compatibilizándolo ahora con el deportivo, o el residencial con el terciario. La urbanización del sector comenzó hace un año después de casi dos décadas estancado y una vez el Ayuntamiento asumió la gestión.

"En determinados aspectos se ha visto superada por el transcurso del tiempo", dice la documentación a la que ha tenido acceso este diario. El objetivo es ajustar algunas determinaciones de las normas urbanísticas a los tiempos actuales. En la modificación han influido las necesidades socio-económicas, los principios de racionalidad en la ocupación del territorio, sostenibilidad y eficiencia energética, mejora de los espacios urbanos y la entrada en vigor de las normativas sectoriales que afectan al sector. Además, mencionan que tras la pandemia, la ciudadanía demanda ahora espacios urbanos más amplios donde desarrollar actividades y con una relación entre estos y los espacios privados más inmediata y directa. 

A grandes rasgos, las modificaciones aprobadas afectan al alcance de las normas urbanísticas de ordenación pormenorizada, explica el texto. También el cambio de la calificación urbanística de una de las parcelas dotacionales o el mallado de la red viaria con la apertura de un nuevo vial. El gobierno local ha tramitado todo ello a través de un procedimiento simplificado por considerarse "una modificación menor y no tener efectos significativos negativos sobre el medio ambiente y el territorio", continúa el documento aprobado.

Entre otros asuntos, una de las medidas ha sido la eliminación de la tipología edificatoria en pirámide por considerarlo "un modelo caduco, que va a generar un impacto visual de baja calidad en el sector dada la malla urbana aprobada, la orografía y las pendientes existentes".

A su vez, explican que existe una "rigidez de los usos" y unas determinaciones que no responden a las necesidades actuales, por lo que apuestan por delimitar las normas para ampliar la variedad de usos y tipologías permitidas. Así, se agrupan en tres modificaciones: cambio de calificación de equipamiento asistencial a múltiple, apertura del nuevo vial junto a la parcela hotelera por desarrollar y cambios en las normas urbanísticas del sector.

Medidas

Para la primera se refieren a la parcela calificada como Asistencial: "Supone una restricción excesiva, habida cuenta de su magnitud superficial, 19.033,85 metros cuadrados". Con esta tipología se permiten los servicios sanitarios y los de asistencia y bienestar social, algo que consideran que está "suficientemente cubierto en el suelo urbano de La Nucía" y creen que actualmente "no hay una necesidad expresa del uso asistencial en el sector". Por lo que apuestan por "flexibilizar los usos permitidos y/o compatibles en los equipamientos de uso deportivo/recreativo y asistencial". 

De este modo, se ha aprobado cambiar la calificación del Equipamiento Asistencial (STD) a Dotacional Múltiple (SMD). Además de permitir un uso compatible dotacional público en el equipamiento Deportivo recreativo (SRD), eliminando su particularidad. Al mismo tiempo, regulan los usos permitidos en las zonas verdes, que hasta entonces se excluía la posibilidad que ahora se acepta: el uso deportivo, instalaciones de hostelería o quioscos.

Residencial y terciario

En cuanto al residencial, consideraban que el régimen de usos es rígido por la inexistencia de complementarios que impide la mezcla de usos "propia de las ciudades mediterráneas", donde el residencial convive con comercios de cercanía, servicios profesionales, hostelería, usos asistenciales, farmacias, "y todo ello regulando la convivencia de las distintas actividades con el derecho al descanso asociado primordialmente a los usos residenciales, situados en edificios de alturas limitadas a cuatro". 

De este modo, optan por mezclar los terciarios compatibles con el residencial, siempre y cuando se desarrollen en edificios de uso exclusivo terciario, separados por tanto de los edificios destinados al uso residencial múltiple. 

Al mismo tiempo, conservan el límite de edificabilidad máximo, pero eliminan el coeficiente de limitación del número máximo de viviendas, siempre y cuando se acredite la capacidad suficiente de los servicios urbanísticos, mediante certificado de las compañías suministradoras correspondientes y se produzca la compensación económica a favor del Ayuntamiento, en concepto de la participación de la administración en las plusvalías generadas por el aumento del número de unidades residenciales, de conformidad con el art. 82.3 del TR_LOTUP. 

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