NUEVO proceso sobre la declaración de zona acústica saturada

El ruido en el Centro de Alicante: el juez solicitará un informe para validar las mediciones

11/01/2023 - 

ALICANTE. El nuevo proceso judicial sobre el conflicto del ruido en el Centro de Alicante, iniciado a instancias de las demandas particulares presentadas por un grupo de residentes, volverá a dirimirse con el apoyo de un informe pericial sobre las mediciones de los sonómetros municipales. El titular del Juzgado de lo Contencioso número 3 que asume el contencioso ha admitido el recurso presentado por los particulares demandantes tras la denegación inicial de la prueba solicitada y ordenará la elaboración de un nuevo dictamen a cargo de un profesional independiente -elegido por designación judicial- en el que se certifique, o no, la eficacia de los medidores de sonido y su homologación técnica.

Así queda resuelto en un auto fechado el 30 de diciembre en el que el juez estima la impugnación de los demandantes al considerar que el estudio pericial solicitado trata de demostrar que dichos sonómetros -instalados por el Ayuntamiento de Alicante bajo el mandato del extinto tripartito (PSOE, Guanyar y Compromís) entre 2016 y 2017- tienen un funcionamiento válido. Y, en consecuencia, "si el resultado de las mediciones" captadas a través de ellos "suponen los requisitos para que se inicie el procedimiento de declaración de zona acústicamente saturada (ZAS)". Es decir, el objetivo último perseguido con la interposición de la demanda por un supuesto de vulneración de derechos fundamentales.

La prueba solicitada por los vecinos demandantes queda autorizada ahora después de que la Fiscalía se adhiriese a su recurso frente a la inadmisión inicial y defendiese "la necesidad de conocer" si la superación del límite de las emisiones de ruido alegada por los residentes "es o no cierta de manera objetiva, y no solo por las sensaciones que cualquiera pudiéramos obtener un día o una hora concreta". Así, el nuevo dictamen se circunscribirá a la validez y eficacia del funcionamiento de los sonómetros, sin que se llegue a elaborar un nuevo análisis respecto a las mediciones captadas por esos equipos que se aportaron en el primer procedimiento.

De hecho, el auto por el que se admite la práctica de la prueba señala que en aquel contencioso -que desembocó en una sentencia por la que se conminaba al Ayuntamiento a declarar una ZAS en el entorno de la calle Castaños- ya se aportaron dos informes de mediciones elaborados por dos empresas, además de un tercer estudio elaborado por un perito designado judicialmente a partir de los datos captados por la red de sonómetros municipales. En todos ellos se concluía que en las calles analizadas se superaban los niveles sonoros máximos permitidos en la normativa autonómica.

No obstante, la sentencia favorable a la Asociación de Vecinos del Centro Tradicional, dictada por el Juzgado de lo Contencioso número 4 en noviembre de 2019, no llegó a tener eficacia real que conllevase la declaración de la ZAS solicitada, ya que los recursos planteados por el Ayuntamiento, por la Asociación de Locales de Ocio y Restauración (Alroa) y por varios hosteleros a título particular acabaron forzando su revocación. En último término, el Tribunal Supremo (TS) confirmó la sentencia previa del Tribunal Superior de Justicia (TSJCV) y concluyó que un colectivo de residentes como la Asociación de Vecinos del Centro carecía de legitimidad para reivindicar la protección de derechos fundamentales que pertenecen a la esfera del individuo. Eso sí, en su pronunciamiento no se llegó a dirimir sobre el fondo del asunto: si se daba la superación de los niveles de ruido necesarios como para motivar la declaración de la ZAS demandada por los recurrentes.

De ahí que representantes de la Asociación de Vecinos decidiesen iniciar un segundo procedimiento mediante la presentación de demandas individuales con el mismo objetivo: lograr limitaciones en el funcionamiento de los locales concentrados en la calle Castaños y sus inmediaciones para reducir los niveles de ruido que los residentes atribuyen a los negocios hosteleros.

Medidas singularizadas y mapa de ruido

Entre tanto, el equipo de gobierno, el bipartito compuesto por Partido Popular (PP) y Ciudadanos (Cs), mantiene su compromiso de adoptar medidas para favorecer el descanso vecinal que resulten compatibles con la actividad hostelera al margen de que no exista un pronunciamiento judicial que obligue a ello. De hecho, el departamento de Medio Ambiente persiste en su intención de desplegar medidas particularizadas y singularizadas a las condiciones que presente cada establecimiento a partir del trabajo de campo con mediciones específicas desarrollado tras el levantamiento de las restricciones aplicadas sobre el sector de la hostelería con motivo de la pandemia de la covid. Es más, el bipartito pretendería extender esa misma línea de actuación a las calles del Casco Antiguo.


Entre tanto, el mismo departamento de Medio Ambiente prevé abordar en el primer cuatrimestre de este año la actualización del mapa de ruido de la ciudad que se elaboró en el año 2014, a partir de los parámetros aportados por la Concejalía de Tráfico sobre el movimiento de vehículos, como establecen las directivas de la Unión Europea (UE). 

Para ello, se ha dotado una partida de 10.000 euros en los presupuestos municipales de este año que permita sufragar el trabajo de campo posterior que resulta necesario para contrastar los datos arrojados por el modelo de predicción específico que se establece como sistema de cálculo. Ese trabajo se complementa también con el mapa de ruido que corresponde renovar a Aena respecto al ámbito de influencia del aeropuerto Miguel Hernández, o al que debe actualizar Renfe-Adif respecto a la circulación de trenes en el canal de acceso ferroviario desde La Alcoraya hasta el centro de la ciudad.

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