ELCHE. En algunos casos, son los conflictos urbanísticos los que acarrean nuevas normativas o cambios relevantes. En los últimos años, por ejemplo, unas catas en Carrer Sant Joaquim en 2019 fueron el detonante de la aprobación de las nuevas Área de Vigilancia Arqueológica (AVA). Ahora, el Consell aconseja al Ayuntamiento que redelimite su Núcleo Histórico Tradicional a colación de más conflictos si lo considera oportuno. En este caso, por el de Nuevos Riegos El Progreso, del que los propietarios del inmueble instan al Consistorio a que les resarza por daños y perjuicios por la propuesta final de protección de la fachada.
Sobre esta cuestión, como dio a conocer el Consistorio hace unas semanas, la conselleria de Cultura no ha autorizado que se compense la edificabilidad a los propietarios con dos alturas más al no poder demoler el edificio y proteger la fachada. Ello hubiera sentado un precedente para casos similares en el casco histórico de la ciudad en inmuebles protegidos del Núcleo Histórico Tradicional (NHT) y ensanche del Plan General. Permite tan solo una planta más: "Se podría considerar adecuada, siempre que por parte del Ayuntamiento se justifique adecuadamente en la imagen global de la calle o ámbito, y las características generales del ambiente y de la silueta paisajística del NHT, justificando su mejora".
A este respecto, la Dirección General de Cultura y Patrimonio estima que las sobreelevaciones en edificios catalogados deberá justificarse expresamente en cada ficha de cada elemento concreto, "en la imagen global de la calle o ámbito, y las características generales del ambiente y de la silueta paisajística, justificando su mejora, por cuanto si no puede resultar contradictorio, en algunos casos, ya que la sobreelevación implicaría la alteración de la volumetría y características del inmueble protegido". Es decir que alterar las alturas o la volumetría puede afectar directamente al valor del bien. No obstante añade que en el caso de que el inmueble se encuentre en un entorno de protección o dentro del ámbito de un NHT-BRL (Bien de Relevancia Local), podría entrar en contradicción con la Ley de Patrimonio que establece que se mantendrá la estructura urbana y arquitectónica del conjunto y las características generales del ambiente y de la silueta paisajística.
Es por estos motivos por los que la conselleria rechaza la ampliación de dos plantas que había propuesto el Consistorio para dicha compensación; cada decisión de incremento de alturas de edificios protegidos ha de reflejarse en su ficha "y más en aquellos del Núcleo Histórico Tradicional", debiendo justificarse tanto el motivo como la silueta o tipología acorde al entorno. Y aconseja que para las casuísticas como esta de compensación con alturas, y de cara a evitar posibles situaciones similares y contradicciones con la legislación patrimonial, "proceda a la redelimitación del Núcleo Histórico Tradicional, en caso de que así lo considere oportuno y justificado, excluyendo aquellos ámbitos que considere no tienen la condición de BRL-NHT". Es decir, que considere readaptar el área de protección del Núcleo Histórico Tradicional si cree que hay elementos en el mismo que no tienen el valor suficiente para formar parte, y así esquivar estas situaciones.
Al hilo, recuerda al Ayuntamiento que la nueva edificación debe ser acorde con el Núcleo Histórico en el que se localiza, en relación con lo dispuesto en el artículo 17 de la normativa urbanística y especialmente del cuarto punto: "Las nuevas edificaciones y la reforma y rehabilitación de las existentes deberán armonizar con la tipología histórica tradicional". Lo mismo para aquellos elementos que además sean Bien de Relevancia Local (BRL), que no es el caso. Como ha recordado el servicio territorial de la conselleria "en diferentes expedientes tramitados", se recomienda al Ayuntamiento que debe recuperar en el Núcleo Histórico Tradicional la tipología diferenciada y/o silueta histórica característica y que debe delimitarlo incluyéndolo en el Catálogo de Protecciones del municipio.
Algo que a priori ya está trabajando, al menos con el nuevo Plan de Protección del Bien de Interés Cultural (BIC) del Conjunto Histórico Artístico, que procede de 1968. De este se busca que se armonicen precisamente las construcciones e incluso que no se altere la edificabilidad. Pero solo de este perímetro, mucho más reducido que el actual NHT. Por último, la Dirección General recuerda que la tipología histórica tradicional la constituyen, en principio, los edificios tradicionales del NHT-BRL anteriores a 1940, por su alto valor ambiental y testimonial de una arquitectura y tipología que caracteriza al mismo.