BENIDORM. El Tribunal de Cuentas ha archivado las diligencias preliminares que valoraba un presunto agujero en las arcas del Ayuntamiento de Benidorm a consecuencia de la prórroga del parking de l'Aigüera. En su resolución del pasado 5 de febrero, a la que ha tenido acceso Alicante Plaza, el consejero de Cuentas de esta entidad nacional considera que "no se ha originado saldo deudor injustificado", aspecto fundamental para continuar con la investigación de la causa.
La Agencia Valenciana Antifraude resolvió el pasado 29 de noviembre que estaba acreditada la existencia de indicios de presunto fraude de ley por la continuidad de la empresa responsable de este aparcamiento una vez había terminado el contrato. Así, calculaba que podría haber un perjuicio en las arcas municipales de algo más de 600.000 euros. Los hechos se remontan al pleno que aprobó con el voto a favor en solitario del PP extenderlo por un año más mientras se daba tiempo a tramitar la gestión directa. El periodo hacía referencia a junio de 2021 hasta febrero de 2023. Según explicó la portavoz del PP en su día, Lourdes Caselles, la investigación se centraba en si era una concesión de gestión de obra pública o de servicios públicos.
Con todo, la entidad valenciana trasladó el asunto al Tribunal de Cuentas, que abrió diligencias preliminares para su valoración. En este periodo, escucharon tanto al Ministerio Fiscal, que pedía seguir con el procedimiento con el nombramiento del delegado instructor, como al representante legal del Ayuntamiento, que solicitaba el archivo de las actuaciones.
Sin embargo, el pasado 23 de enero el Tribunal pidió la ratificación al Ministerio Fiscal para tomar una decisión. Días después, este último propuso archivar las actuaciones. Así, según consta en este escrito, una vez examinadas las alegaciones del Ayuntamiento, "no aprecia la existencia de menoscabo de fondos públicos imputable por dolo, culpa o negligencia a persona alguna".
De este modo, el consejero de Cuentas destaca que el Consistorio ha iniciado el expediente de revisión de oficio del acuerdo del 31 de mayo de 2021 relativo a la continuidad de la concesión, tal y como recomendaba Antifraude. A su vez, se remonta a otras sentencias en las que resuelven que los daños determinantes de la responsabilidad contable no pueden ser meramente posibles o contingentes y que "el perjuicio para la Administración acreedora viene determinado cuando se hubieren dejado de prescribir negligentemente sus correspondientes créditos, pues solo entonces es cuando el daño para ésta se convierte en efectivo".
El asunto parte de la denuncia del concejal de Ciudadanos en ese momento, Juan Balastegui, que puso el tema en manos de la Agencia Antifraude en julio de 2022. Este organismo apuntaba en su escrito que la continuidad del contrato equivaldría a una nueva adjudicación producida de forma directa o sin concurrencia, "lo que no se considera ajustado ni al clausulado que rige la concesión ni a la normativa contractual y en su consecuencia al margen del procedimiento aplicable a tal fin incurriendo por ello en el supuesto previsto en el artículo 47.1.e) de la LPACAP por una ausencia total y absoluta del procedimiento legalmente establecido".
Tras esta primera resolución, que ha dado paso al seguimiento de las recomendaciones, el PSOE se mostró duro con las conclusiones de la entidad valenciana. Por su parte, el PP defendió la forma de proceder ya que contaba con todos los informes favorables. No obstante, la revisión de oficio sigue abierta a la espera de conocer el desenlace.