anula la instrucción al haberse prorrogado fuera de plazo

La Audiencia absuelve sin juicio a dos alcaldes de El Campello acusados de fraccionar contratos

8/02/2024 - 

EL CAMPELLO. El tribunal de la Audiencia de Alicante encargado de enjuiciar al alcalde de El Campello, Juan José Berenguer (PP), al exalcalde Benjamín Soler (Compromís), a tres exconcejales y a una funcionaria del municipio por un presunto delito de prevaricación administrativa por supuesto fraccionamiento de contratos ha acordado este jueves la nulidad de la instrucción de la causa, con lo que la Sala ha anticipado el dictado de una sentencia absolutoria.

El tribunal ha decidido aceptar, así, la cuestión previa planteada por el conjunto de las defensas de los seis encausados en la primera sesión de la vista, celebrada este miércoles. En concreto, los seis letrados coincidieron en demandar la anulación de la causa al considerar que el Juzgado de Instrucción número 1 de Alicante que asumió las diligencias acordó la prórroga de la instrucción de forma extemporánea en julio de 2019, cuando ya se había superado el primer plazo de seis meses de ese proceso, en función del requisito que establece la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Los magistrados decidieron suspender el desarrollo del juicio hasta este jueves, con el fin de que la Fiscalía Anticorrupción y la acusación particular, ejercida por Esquerra Unida, pudiesen aportar argumentos en contra de esa solicitud de nulidad.

Así, este jueves, las dos acusaciones han sostenido que existe reciente jurisprudencia dictada por el Tribunal Supremo (TS), en la que se valida los procesos de instrucción a pesar de que hubiese concurrido una caducidad similar, según ha manifestado el letrado de la acusación particular.

No obstante, el tribunal ha resuelto estimar la petición de las defensas para anular la tramitación de la causa, con lo que ha avanzado que se emitirá un fallo de absolución para los seis procesados, sin que se haya procedido a la celebración del juicio.

Pagos por una fuente y una depuradora

Los hechos objeto del proceso se remontaban al periodo comprendido entre 2011 y 2019. La Fiscalía sostenía en su escrito de acusación que los cinco responsables políticos procesados y la funcionaria municipal fraccionaron el objeto de los servicios de mantenimiento y explotación de la Fuente del Centenario y de la depuradora del edificio de Cala Merced, dividiendo su precio en diversas facturas presentadas mensualmente por las empresas suministradoras.

Esas facturas reflejaban importes de entre 15.000 y 18.000 euros establecidos como límite por la normativa de contratación pública para la convocatoria de un proceso de licitación abierto a la concurrencia de empresas interesadas, lo que permitía que los trabajos se adjudicasen de forma directa como contrato menor de servicios.

De acuerdo con el relato del Ministerio Público, esos pagos presuntamente irregulares alcanzaron un valor total de 380.000 euros: 130.000 por lo que respecta a los trabajos relacionados con la fuente y 250.000 los motivados por la depuradora.

Así, la acusación pública solicitaba inicialmente para los representantes políticos penas de inhabilitación especial para cargo público de alcalde o concejal de cualquier corporación local por un periodo de 13 años. Para la empleada pública demandaba una pena de inhabilitación especial para ejercer funciones de técnico al servicio de cualquier corporación local por los mismos años. Las defensas, por su parte, pedían la libre absolución de los seis procesados.

Tras el próximo dictado de la sentencia, tanto la Fiscalía como la acusación particular, ejercida por EU, tendrán la posibilidad de presentar recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV). El letrado de la acusación particular ya ha anticipado este jueves que se estudiará su presentación.

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