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ha de regir cómo aplicar esa ley en el día a día

El punto ciego de la Ley del Palmeral: se aprobará su anteproyecto, pero aún no tiene Plan de Uso y Gestión

7/08/2020 - 

ELCHE. Como trascendió en la jornada del jueves, este viernes el Consell aprobará el anteproyecto de la Ley del Palmeral, una normativa bastante esperada por distintos agentes sociales, ya que la actual ley vigente, de 1986, se ha quedado desfasada con el crecimiento de la ciudad 34 años después. El hecho de no tener una ley adecuada a la actualidad ha generado, primero, la pérdida de palmeral por el avance urbanístico, y segundo, más conflictos que siguen vigentes hoy día. Además de la carencia de un marco normativo al que atenerse para estas y otras cuestiones como el abordaje de plagas como el picudo rojo o la paysandisia.

La aprobación de esta ley, que reduce la edificabilidad del palmeral y que a priori estaba a punto de salir a la luz en 2019, se quedó a las puertas por el adelanto electoral. Después, ha estado congelada por la administración y cuando parecía que era momento de rescatarla, a principios de este año, llegó la pandemia. Será ahora cuando se apruebe el anteproyecto en el pleno del Consell. Tras ello y el informe del Consell Jurídic Consultiu, irá a debate al parlamento valenciano en su totalidad. Sin embargo, hay algunas contradicciones encima de la mesa. Elche no cuenta a día de hoy con un Plan de Uso y Gestión del Palmeral

¿Para qué ese Plan de Uso?

Si bien desde Urbanismo se elaboró un Plan Especial de Protección del Palmeral, aún sin aprobar dado que es una normativa de rango inferior que no puede estar en vigor si no está aprobada la de rango superior, es decir, la Ley del Palmeral de la que mañana se aprobará el anteproyecto, no hay avances conocidos en ese Plan de Uso y Gestión. Este último es el que debería establecer qué se quiere hacer en el palmeral y cómo, en definitiva, su gestión. Aunque el Plan Especial ya está hecho, o al menos la propuesta, es un documento de carácter urbanístico. 

Junto a este, en el caso de que saliera adelante si no entra en conflicto con la futura Ley del Palmeral, con el Plan de Uso y Gestión podrían acabar de delimitar exactamente y de forma clara todo lo que se puede hacer en el Patrimonio de la Humanidad y de qué forma, ya que la nueva normativa no deja todo concretado, deja la puerta abierta a distintas opciones en supuestos que puedan ocurrir. 

Conflictos urbanísticos (y otros) constantes

De hecho, las consecuencias de no tener aprobada la ley y sus normativas de aplicación de rango inferior son conflictos de distinto tipo, sobre todo urbanísticos. Está por ejemplo el Solar de la Hiladora, donde se quiere levantar un geriátrico —se está a la espera de que el promotor envíe el informe de impacto paisajístico—, pero a priori no se podría porque está en la zona de amortiguamiento del Palmeral, junto a Huertos Unesco. Pero al no estar la ley aprobada, lo que hay que aplicar es el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), que podría permitirlo.

Y como este hay más casos, similares están la urbanización de El Arsenal, de la que el Ministerio de Cultura ha advertido que podría desvirtuar el paisaje del palmeral al que está contiguo. Un razonamiento, el de la zona buffer, que incluso utilizó el alcalde para defender que el Palacio de Congresos no puede estar en Candalix por estar en zona de amortiguamiento. Cosa que es cierta, pero que no aplicaría ahora dado que no está aprobada la Ley del Palmeral. Puede que tampoco hubiera habido lugar al cambio de uso a hotel en el huerto de palmeras que ha efectuado el Hort de Nal, o más recientemente, la cesión a la Sociedad Venida de la Virgen de una casa tradicional de los huertos, ya que la ley establece que deben utilizarse para usos tradicionales vinculados a la palmera. Podría entrar también en conflicto con el proyecto del Hort del Gat.

Pero, en todos estos casos, son hipótesis, dado que hasta que no esté aprobada la Ley del Palmeral, que regulará también cuestiones administrativas como el Patronato del Palmeral, hay un vacío legal que reporta quebraderos de cabeza e interpretaciones diferentes según el interés. Muestra de ello es que la Conselleria no ve claro el asunto en el Solar de la Hiladora, por ejemplo. Una vez aprobada, ya habrá una normativa a la que alegar, y no al PGOU, como debe hacerse ahora. Eso sí, una vez delimitado el ámbito administrativo con la ley y el urbanístico con el Plan Especial si se aprueba o con el Plan General en su defecto, queda el encaje que explique cómo se van a gestionar los distintos usos en el día a día. Y ese plan aún no se ha elaborado. 

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