Hoy es 22 de noviembre

permiso autonómico de emisiones a la atmósfera

Medio Ambiente autoriza los graneles del Puerto tras requerirle naves cerradas de modo temporal

El Consell da a la Autoridad Portuaria un plazo de quince días para iniciar la contratación de las naves en las que debe encauzarse toda la operativa. Sin embargo, también abre la puerta a que no resulten necesarias si las emisiones no superan el valor límite legal en el plazo de un año, gracias a la puesta en marcha de sistemas equivalentes provisionales 

23/11/2016 - 

ALICANTE. La Conselleria de Medio Ambiente ampara finalmente la actividad de carga y descarga de graneles en el Puerto de Alicante al conceder -ya de manera oficial- la autorización de emisiones a la atmósfera solicitada por la Autoridad Portuaria de Alicante (APA) en enero de 2015, en el estreno de la presidencia de Juan Ferrer (su antecesor, José Joaquín Ripoll había sido cesado en noviembre de 2014). Así, en una resolución fechada este lunes, a la que tuvo acceso Alicante Plaza, el departamento que coordina Elena Cebrián confirma el anuncio adelantado por su número dos, el secretario autonómico de Medio Ambiente y Cambio Climático, Julià Álvaro en su última visita a Alicante, hace menos de quince días. Se trata de una autorización condicionada al cumplimiento de ciertas medidas correctoras con una inversión próxima a los cuatro millones de euros que, como explicó Álvaro, debería revisarse en el plazo de un año. Es, entonces, cuando la Generalitat tendrá a su alcance el análisis de mediciones sobre las emisiones de materiales pulverulentos efectuadas en el entorno del recinto portuario que el Puerto ha encomendado al Instituto Universitario de Ingeniería y Procesos Químicos de la Universidad de Alicante (UA). Esas mediciones quedarán registradas a partir de cuatro estaciones de control distribuidas para captar la posible propagación de partículas teniendo en cuenta la evolución de los cuatro vientos.

La UA pondrá a disposición de la conselleria un análisis sobre las emisiones de partículas propagadas en el entorno en el plazo de un año

Hasta que se disponga de los resultados de esos controles (que según Álvaro se difundirían a través de un página web en tiempo real), la autorización insta al Puerto a encauzar "todas las operaciones de almacenamiento y manipulación de materiales pulverulentos entrantes en el complejo [...] en naves cerradas o silos y en depresión" para limitar la posible difusión de materiales. La resolución da un plazo de 15 días al Puerto para presentar la documentación que acredite el inicio del proceso de contratación necesario para la instalación de esas naves y, mientras se lleve a efecto, le conmina a mantener "en perfecto estado de funcionamiento los sistemas equivalentes propuestos por el interesado con las medidas correctoras instaladas en el muelle 17 y las propuestas en el muelle 11 y 13". Entre ellas, la instalación de nuevos muros pantalla o de sistemas de difusión de agua. 

El texto de la autorización -que tendrá vigencia salvo incumplimiento por un periodo de ocho años- advierte de que el posible incumplimiento de esos requisitos podría motivar la tramitación de un expediente sancionador o incluso la adopción de medidas provisionales, como el cese de actividad, de acuerdo con el apartado noveno de la resolución. Sin embargo, el rigor de esa parte del dictamen contrasta con el escenario de provisionalidad que se contempla en el apartado décimo. Se impone la literalidad del párrafo: "En el caso de que no se produzca la superación del valor límite diario establecido en el Anexo en más de 35 ocasiones dentro de un periodo anual o no se superase el valor límite anual, tal como se contempla en el Anexo de esta resolución, se considerará que los citados sistemas equivalentes propuestos por el interesado pueden tener la suficiente eficacia para alcanzar los niveles de calidad del aire requeridos, por lo que a petición del interesado, podría iniciarse un procedimiento de revisión de los condicionantes de la presente resolución, incluyendo en su caso la revisión de la obligación de desarrollar la actividad en naves cerradas y en depresión". Es decir que la propia resolución contempla la posibilidad de que esas naves cerradas dejen de ser necesarias en un futuro, a medio plazo.

Pendiente de licencias municipales

La concesión de la autorización autonómica deja al Puerto pendiente de la obtención de los permisos municipales de actividad que la Concejalía de Urbanismo ya ha requerido a la Autoridad Portuaria al entender que, con la petición de autorización elevada al Consell, se ha reconocido como su titular. Como viene publicando Alicante Plaza, el Puerto no lo interpreta así, a la vista de un informe de la Abogacía del Estado en el que se concluye que debe ser cada una de las empresas que desarrollan la actividad quienes deben pedirlo. La Concejalía de Urbanismo requirió al Puerto para que les facilitase copia de esos informes para poder evaluarlos y, según confirmó este martes el edil del área, Miguel Ángel Pavón, se trata de un trámite que ya se ha cubierto. Los técnicos de la concejalía analizan ahora esos estudios para determinar cuál es el siguiente paso a adoptar.

Pavón también valoró la concesión de la autorización de Medio Ambiente para asegurar que resulta positivo que se haya exigido que la actividad se desarrolle a cubierto y no a la intemperie, ya que, como el propio texto reconoce, los muelles en los que se realiza se encuentran a una distancia inferior a un kilómetro respecto a zona habitada. Con todo, también mostró su preocupación por el carácter revisable de ese requisito.    

Noticias relacionadas

next
x