rechazo al complemento de sentencia que reconoce su licencia

El TSJ ratifica su aval a los depósitos del Puerto sin matizar las 'subsanaciones' solicitadas por Alicante

28/05/2024 - 

ALICANTE. El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) confirma la sentencia que reconoce la concesión de licencia ambiental a la empresa XC Business 90 para la instalación de una planta de almacenaje de carburantes provista de seis primeros depósitos en la terminal de mercancías del Puerto de Alicante. En una providencia fechada el 16 de mayo, y notificada este lunes, el alto tribunal concluye que "no ha lugar" al complemento de sentencia solicitado por la representación jurídica del Ayuntamiento sin añadir ninguna motivación adicional justificativa de esa decisión

Todo, a pesar de que los servicios jurídicos municipales apuntasen, en su escrito de solicitud de complemento de sentencia, que la sala del TSJ que había resuelto el recurso de apelación presentado por XC Business, había omitido pronunciarse "sobre cuestiones determinantes para el fallo planteadas y controvertidas en el proceso por las partes, y tratadas todas ellas profusamente en la sentencia de primera instancia, cuyas consideraciones de fondo, que constituyeron el objeto de debate de las pretensiones de las partes, no resultan analizadas".

En esta línea, la resolución de la Sala de lo Contencioso Administrativo Sección 1 del TSJ respecto a la petición municipal descarta manifestarse de forma expresa sobre los puntos concretos planteados por el Ayuntamiento respecto a los elementos que los servicios jurídicos municipales consideraban no atendidos en la sentencia favorable a la empresa. En concreto, en la solicitud de complemento de sentencia, se conminaba al TSJ a precisar cuál era la normativa que resultaba de aplicación para dirimir sobre el conflicto planteado (el retraso en la concesión de la licencia solicitado) en la medida en que su decisión se había basado en la Ley 2/2006 cuando, según el criterio de los servicios jurídicos municipales, resultaba de aplicación la Ley 6/2014. 

Al tiempo, la petición municipal de complemento de sentencia también instaba al alto tribunal a tener en consideración todos los informes emitidos por la Concejalía de Urbanismo en los que se manifestaba que el proyecto presentado por la empresa promotora de los depósitos no había completado toda la documentación necesaria como para que pudiese concederse su permiso.

En este sentido, el escrito de solicitud de aclaración remitido por el Ayuntamiento también señalaba que, uno de esos documentos pendientes de aportar, se refería, precisamente, al acuerdo de modificación sustancial de la concesión portuaria de la que dispone la empresa Terminales Marítimas del Sureste (TMS), que quedó aprobado en 2019 en el consejo de administración de la Autoridad Portuaria y, según los servicios jurídicos municipales, no fue aportado formalmente por la empresa hasta 2023.

Entre otros puntos, la solicitud de complemento de sentencia también apuntaba a la existencia de jurisprudencia de Tribunal Constitucional (TC) por la que se establece que no podría concederse licencia por silencio administrativo positivo en los casos en los que la empresa solicitante de un permiso no hubiese aportado toda la documentación requerida para la tramitación de su proyecto. Una circunstancia que, como subraya el mismo escrito municipal, no se produjo hasta diciembre de 2023, a pesar de que el último requerimiento de subsanación dirigido a XC Business para que se completase esa información se produjo en agosto de 2019: justo cuando se denegó la concesión de la licencia por silencio administrativo.

Al respecto, el escrito municipal de solicitud de complemento de sentencia demandaba al TSJ que precisase en qué momento concreto debía considerarse que debía darse por reconocida la licencia ambiental solicitada por la empresa promotora del proyecto -ya que se trata de una consideración trascendente en cuanto al cumplimiento de plazos y de determinación de posibles indemnizaciones- , y que, además, precisase si la resolución de esa petición de permiso quedaba sujeta o no al trámite de evaluación ambiental como requisito previo para poder resolver esa demanda de licencia. Por último, al margen de aludir a otros aspectos normativos, los servicios jurídicos municipales también apremiaban al TSJ a pronunciarse sobre la documentación finalmente aportada por XC Business en diciembre de 2023.


En este sentido, el escrito de solicitud de complemento de sentencia subrayaba que "aun siendo consciente esta representación de la invariabilidad del fallo, no podemos dejar de poner de manifiesto que esta documentación corroboraba la falta de documentación necesaria para poder resolver, reconocido por la propia parte recurrente apelante, y sin cuya concurrencia no puede producirse el silencio administrativo".

Es más, los servicios jurídicos municipales detallaban que, incluso tras la entrega de ese último paquete de documentación registrado por XC Business a finales de 2023, todavía no figuraría de forma expresa otro elemento más, relacionado con la autorización de emisiones a la atmósfera. Así, se señala que en esa documentación pendiente, se encontraría "la autorización de emisiones a la atmósfera a conceder por la conselleria competente, aún sin presentar al expediente, habiendo aportado el interesado apelante, en su escrito de diciembre de 2023 únicamente su solicitud". Sea como fuere, el alto tribunal no responde a ninguno de esos elementos recogidos en la petición de aclaración y complemento de sentencia y se limita a ratificar su sentencia previa por medio de una providencia que se circunscribe a una sola página. 

¿En qué situación queda ahora el futuro del proyecto de XC Business 90? La resolución del TSJ viene a confirmar el reconocimiento de la concesión de su licencia ambiental por silencio administrativo positivo, a la espera de que pueda completarse el resto de autorizaciones que resulten preceptivas para que la planta pueda ejercer su actividad

No obstante, el Ayuntamiento todavía tiene a su alcance la posibilidad de acudir al Tribunal Supremo (TS) para presentar recurso de casación. Se trata de una decisión que todavía se estaría barajando, según ha concretado este martes el vicealcalde y portavoz del equipo de gobierno, Manuel Villar, durante la comparecencia semanal en la que se da cuenta de los acuerdos aprobados en Junta Local. En principio, esa decisión había quedado aplazada hasta que el TSJ emitiese respuesta al escrito de solicitud de complemento de sentencia, que se ha sustanciado ahora.

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