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La Comisión Europea puede recurrir ante el TJUE o abrir un nuevo expediente contra el Hércules

Junto a no hacer nada, constituyen las tres opciones que tiene Bruselas frente el fallo del Tribunal General de la Unión Europea favorable a los intereses del club blanquiazul.

20/03/2019 - 

ALICANTE. El fallo de la Sala Cuarta del Tribunal General de la Unión Europea (TGUE), como no puede ser de otra manera, constituye una magnífica noticia para el Hércules, que ve como de un plumazo queda liberado de la obligación de pagar de manera inmediata y efectiva la friolera de siete millones de euros al anularse la Decisión de Recuperación que contemplaba lo anterior.

Ahora bien, esta importantísima resolución, cuya existencia adelantábamos en Alicante Plaza y que se puede consultar en el siguiente enlace, es recurrible ante el Tribunal de Justicia (el Tribunal General es un órgano de primera instancia) en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación a las partes (es decir, desde este jueves). La Comisión Europea, por tanto, puede interponer un recurso de casación y de ahí la prudencia con la que se valoraba el fallo tanto por parte del Hércules, por medio de su director general Carlos Parodi, como desde Marimon Abogados, el despacho al que pertenecen los letrados Yolanda Martínez y Stefan Rating, los encargados de defender los intereses del club blanquiazul en este litigio. 

Como ha contado este medio, el TGUE estima el recurso del Hércules y declara nula la Decisión de Recuperación de marras al apreciar falta de motivación en esta, ya que entiende que la Comisión hace "una valoración errónea de las contragarantías" aportadas en el marco de la operación, que no es otra cosa que el patrimonio de la mercantil Aligestión Integral, sociedad que actuó como fiador solidario de la Fundación del Hércules en la operación del aval con el Instituto Valenciano de Finanzas (IVF) y que en 2010 era, por ejemplo, propietaria del estadio José Rico Pérez (un bien libre de cargas, cuyo valor era netamente superior al peso de las obligaciones -el préstamo para su compra- que tenía Aligestión). Bruselas sostiene que esa contragarantía era provisional (en la práctica no terminó siéndolo, recordemos que mucho tiempo después el banco del Consell procedió judicialmente contra Aligestión para recuperar los 18 millones de euros) hasta la pignoración de las acciones del Hércules por parte de la Fundación y con base a lo anterior niega su pertinencia, no la toma en consideración, algo sobre lo que advierte el club en su recurso, también la Abogacía del Estado (coadyuvante en el mismo) y que tampoco pasa por alto para los jueces de la Sala Cuarta que, por esa razón, terminan fallando en el sentido que lo hacen.

Es la falta de motivación y no que el Tribunal entienda que no estemos ante una Ayuda de Estado prohibida (no se pronuncia sobre si lo es, como sostiene la Comisión, o no, como defienden desde el Hércules al Reino de España, pasando por el IVF) la que lleva a declarar nula la Decisión y, en consecuencia a liberar al club de la obligación de pagar. Lo anterior deja abierta la puerta no solo a la interposición de un recurso, también a que la Comisión inicie un nuevo expediente contra el Hércules... El tiempo dirá qué hace Bruselas, si es que toma alguna decisión, ya que tiene la posibilidad de conformarse, no hacer nada.

Ahora mismo, el desarrollo de este largo litigio se encuentra en un punto que muy pocos auguraban esta misma semana (se había deslizado en más de una ocasión que se podía dar por buena una estimación parcial del recurso de nulidad, que el Tribunal rebajase la cantidad a pagar al entender, como también sostenía el Hércules, que los cálculos de la Comisión no eran correctos). 

Una película de miedo

El origen de todo este embrollo lo encontramos en 2010, año en el que el Hércules asciende a Primera División y su Fundación recibía un aval de 18 millones de euros del banco del Consell, que a su vez le servía para obtener de la desaparecida Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) un préstamo del mismo importe que destinaba íntegramente a adquirir el 74% del capital social del Hércules (ampliación por aportaciones dinerarias, mediante). Se suponía que ese dinero el club lo iba a emplear para dejar a cero la deuda con la Agencia Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social, pero a las arcas de estos organismos solo fue a parar un tercio de los 18 millones, destinando la entidad el resto a cumplir unos compromisos del día a día que ya le ahogaban y que meses después, tras descender a Segunda A, le llevaron a solicitar la declaración voluntaria de concurso. Al tiempo que el Hércules protagonizaba un impago masivo, la Fundación no atendió el préstamo suscrito con la CAM, que ejecutó el aval de dinero público, lo que a su vez llevó al IVF a reclamarle esa cantidad a Aligestión, fiadora solidaria en la operación (esto es lo que ha resultado clave en el fallo del TGUE). 

Hoy todo el mundo sabe cómo acabó esa mercantil (y la CAM); que el Rico Pérez (la joya de la corona del patrimonio de Aligestión) pasó a manos del IVF e incluso que la deuda de la Fundación fue adquirida al banco del Consell por Zassh Tecnológica. Y hasta este miércoles también era de dominio público que el Hércules estaba al borde de un agujero negro con la forma de Decisión Recuperación y la exigencia de la Comisión Europea de que pagara nada menos que siete millones de euros tras declarar ayuda de Estado prohibida el citado aval y calcular que la citada cantidad era la que el club se había ahorrado al recibir condiciones fuera de mercado: en 2014, Bruselas reveló que había abierto expediente a varios clubes de fútbol (entre ellos el Hércules) ante la posibilidad de que se hubieran beneficiado de ayudas de Estado prohibidas (que falseasen la competencia en el mercado comunitario). El club blanquiazul, el Elche y el Valencia se encontraron con que dos años después esos expedientes desembocaban en una reclamación millonaria, una Decisión de Recuperación de la que decidieron defenderse atacándola ante la Corte de Luxemburgo. De ahí el recurso de nulidad del Hércules, que era estimado este miércoles (fue interpuesto en noviembre de 2017) y también otros fallos judiciales no siempre favorables a los intereses del club blanquiazul: el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el mismo ante el que la Comisión puede ahora recurrir la sentencia de este miércoles, salvó el pasado verano al Hércules de una muerte segura, al estimar un recurso de casación contra el auto del Tribunal General por el que tres meses antes se denegaba al club la suspensión cautelar del efecto de la Decisión de Recuperación, quedando obligado a cumplir con la misma, a pagar con independencia de que nada se supiera del destino del recurso de nulidad hoy felizmente resuelto.

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