ELCHE. La Dirección General de Cultura y Patrimonio ha tumbado la urbanización aprobada y permitida por el Plan Parcial del Sector E-16, más conocido como la Finca El Arsenal por el yacimiento arqueológico de Granados Espuig que allí está. La Conselleria de Cultura por tanto no autoriza la edificación de 953 viviendas tal y como planteaba el plan y la Agrupación de Interés Urbanístico (AIU) del Sector E-16. Ya había informado desfavorablemente del proyecto y ahora lo ha hecho por segunda vez, ya que estaba esperando alegaciones sobre la afección del palmeral de los promotores y del Consistorio. Ahora, además, también insta al Ayuntamiento a incluir el palmeral en el Catálogo de Protecciones y aprobar el Plan Especial de Protección del Palmeral.
Cultura recuerda que no se ha acabado el Plan Especial de Protección del Palmeral
Así, la Dirección General mantiene su postura del primer informe al que alegaron propietarios y Ayuntamiento: el proyecto urbanístico perturba los valores paisajísticos del Palmeral de Elche, "y en especial de forma directa a los huertos de les Portes Encarnadas, Hort de Sansano y Hort de Toni Escorina". Además, desde la dirección inciden en que dado que el Ayuntamiento no ha redactado el Plan Especial de protección del entorno del Palmeral, "es competencia de la conselleria autorizar este tipo de proyectos que afectan a los BIC (Bien de Interés Cultural)". En cualquier caso, cabe matizar que ese plan sí está redactado, al menos su borrador, pero como contó este diario, tiene hoja de caducidad tras sus cambios propuestos si no se remata con el redactado final. Con todo, a priori tampoco tiene efecto este plan si no está aprobada la Ley del Palmeral, de rango superior.
Precisamente sobre la redacción de dicho Plan, en sus motivos para no autorizar la actuación, la Conselleria explica que la Ley de Patrimonio Valenciano establece que la competencia municipal para redactar planes especiales de protección del entorno del Jardín Histórico declarado tiene que ser "en el plazo de un año, desde su declaración" y esos planes han de atender y justificar positivamente el cumplimiento de cada una de las determinaciones o criterios de aplicación de la ley, "sometiendo la propuesta así elaborada al preceptivo informe de esta Dirección General de Cultura y Patrimonio con anterioridad a la aprobación provisional del documento".
Inclusión del Palmeral en el catálogo de protegibles
Asevera que la obligación del Ayuntamiento se extiende según la ley patrimonial a incluir el Palmeral en el Catálogo de Protecciones "con el grado de protección adecuado al contenido de la misma Ley, lo que conlleva la exigencia de incluir y referenciar en el mismo las determinaciones que resultan de precepto en las declaraciones de Bienes inmuebles de Interés Cultural". A este respecto, el Palmeral es Jardín Histórico —equiparable a BIC— desde 1943, aunque es cierto que es con la declaración Unesco del año 2000 cuando se amplía esa protección al área de amortiguamiento del palmeral. Por tanto se podría haber incluido en el catálogo de protecciones, una de las cosas que no se ha hecho y que se plantea ahora tanto para el nuevo Plan General como con motivo de la Ley del Palmeral.