Alicante

APTUR CV dobla el pulso e impugnará las ratios máximas para los alojamientos en Alicante

La patronal de los apartamentos turísticos promoverá un segundo contencioso frente a la modificación puntual del PGOU que regula el sector del hospedaje al considerar que no se ha escuchado al sector y que la imposición de límites carece de motivación objetiva

  • La placa identificativa de un bloque de apartamentos turísticos, en Alicante.
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ALICANTE. Dos decisiones, dos recursos. La Asociación de Apartamentos y Viviendas de Uso Turístico de la Comunidad Valenciana (APTUR CV) persiste en la defensa de los intereses de sus representados y reacciona frente a la nueva regulación urbanística sobre el sector del alojamiento que quedó aprobada de forma inicial en el pleno ordinario de diciembre, el pasado jueves. La respuesta de la patronal frente a ese acuerdo -que solo secundó el equipo de gobierno, del Partido Popular (PP)- llegará en forma de un segundo contencioso administrativo, como el que ya registró el pasado julio frente a la moratoria en la concesión de licencias, con el propósito de que sea la justicia la que acabe derogando el establecimiento de ratios máximas por distrito censal a la hora de conceder permisos de actividad para pisos turísticos aislados, bloques, albergues, hostales, pensiones, hoteles o cualquier otra modalidad de hospedaje.

El establecimiento de esas ratios es la medida esencial que se recoge en la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) con la que el equipo de gobierno pretende ordenar el crecimiento de la oferta. Para ello, la propuesta -que ahora debe someterse a exposición pública por un plazo de 45 días- fija un límite de 0,187 plazas de alojamiento por habitante como umbral máximo en cada barrio o distrito, de forma que no se concederán permisos de actividad en los supuestos en los que se exceda de esa proporción, con las excepciones de los hoteles de 4 y 5 estrellas, que quedan fuera de cualquier tope. Además, se prevé otra excepcióin específica para autorizar proyectos de hoteles de 3 estrellas, para los que se establece una ratio particular de 0,82 plazas de hospedaje por habitante.

APTUR CV descarta todo tipo de ratio, así como la propuesta de regulación en sí misma en base a varios argumentos. El primero, que no ha sido participada ni sometida al trámite de audiencia o de consulta previa con los actores del sector, como lo sería la propia asociación. En esta línea, fuentes de la patronal de los apartamentos consultadas por Alicante Plaza señalan que no se opondrían a que la administración -en este caso, el Ayuntamiento de Alicante- tratase de ordenar las condiciones de implantación de hospedajes siempre y cuando se estableciese un proceso de diálogo previo, y se alcanzasen propuestas que resultasen positivas para la ciudad, para los empresarios y propietarios de negocios vinculados con el alojamiento, y para el sector turístico en su conjunto. Un requisito de escucha activa que, según recalcan, no se ha producido hasta ahora.

El segundo motivo en el que se pretende fundamentar la nueva impugnación ya se incluyó en su primer contencioso contra la suspensión de licencias acordada en diciembre de 2024, que continúa en trámite, sin que se haya producido su resolución. Se trata del carácter inmotivado e injustificado de la ordenación propuesta, según interpreta APTUR CV. En concreto, la asociación estima que no habría quedado acreditada la existencia de una hipotética situación de saturación que recomendase la adopción de medidas que frenen la instalación de nuevas VUT o bloques turísticos. De hecho, la patronal mantiene que el estudio encargado a la consultora Estrategia y Organización SA para disponer de una radiografía del sector del alojamiento descarta la existencia de presión turística relevante en la ciudad y, pese a todo, se habrían obviado sus conclusiones para promover límites sin carecer de datos objetivos que puedan respaldarlos.

Derecho a la propiedad privada

El tercer argumento que la patronal pretende hacer valer en ese nuevo contencioso alude al impacto que la regulación puede tener sobre el derecho a la propiedad privada y la libertad para disponer de los bienes reconocido en la Constitución. En este sentido, APTUR CV insiste en que limitar, restringir o prohibir el uso turístico de un inmueble sin una justificación sólida, individualizada y proporcionada, equivale a una expropiación encubierta, y por tanto, puede llegar a requerir una indemnización. 

  • Vista panorámica del casco urbano de Alicante. -

La cuarta fundamentación deriva, de algún modo de esa apreciación previa, en la medida en que se considera que no se habría elaborado un informe económico y jurídico sobre las repercusiones que puede tener la aplicación de esa nueva normativa en cuanto entre en vigor, toda vez que podría derivar en la presentación de cientos de reclamaciones por parte de particulares que viesen lastrada su intención de invertir en el sector de los alojamientos para rentabilizar sus propiedades. Y el quinto argumento también tendría que ver con el impacto económico que las restricciones a la apertura de nuevos negocios turísticos podría generar sobre el conjunto de la economía local, toda vez que la patronal defiende que el sector del alojamiento genera un impacto de 220 millones de euros anuales en la ciudad.

La vigencia de la moratoria

Así, fuentes de APTUR CV defienden que la modificación del PGOU para limitar el hospedaje de forma generalizada solo responde a una decisión política que carecería de sustento, por lo que confían en que la justicia impida su entrada en vigor -en sintonía con las impugnaciones que la misma patronal también ha registrado frente a las propuestas de regulación acordadas en otras grandes ciudades de la Comunitat, como València- y que se atienda su primer contencioso contra la aprobación de la moratoria de Alicante sobre la concesión de licencias para que pueda reactivarse el proceso ordinario de su obtención. Por lo pronto, el acuerdo de aprobación inicial de ese cambio de planeamiento propicia todo lo contrario: que la suspensión de permisos se prolongue durante otro año más, hasta enero de 2027. Para entonces, se prevé que la regulación pueda haber entrado en vigor en toda su extensión, tras el acuerdo de aprobación definitiva.

Entre tanto, el equipo de gobierno también pretende dar un paso más allá en la supervisión del sector con el propósito de asumir las competencias de inspección, sanción y recaudación de las viviendas de uso turístico (VUT) que operen en la actualidad de forma irregular, sin estar dadas de alta en el registro autonómico ni estar al corriente de las correspondientes obligaciones económicas con la administración. En este sentido, el vicealcalde y edil de Urbanismo accidental, Manuel Villar, avanzó en el pleno del pasado jueves que se preveía elevar a la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo la solicitud formal para la asunción de esas competencias el próximo mes de enero: un año después de que se suscribiese el primer protocolo de intenciones con esa misma finalidad, en el marco de la última edición de Fitur. 

El retraso en la petición de esas prerrogativas se habría justificado en la necesidad de contar con una nueva estructura en la Concejalía de Urbanismo en la que se pudiese contar con personal específico para poder controlar su aplicación. Esa reordenación del departamento municipal se habría completado con el nombramiento de una jefatura específica el pasado noviembre, como informó este diario.

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