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proceso a fiscalizar en comisión de investigación

Las incógnitas a resolver en las oposiciones del 'caso enchufes' de Alicante

8/04/2022 - 

ALICANTE. La comisión de investigación sobre las oposiciones a Policía Local convocadas por el Ayuntamiento de Alicante, sobre la que se prevé celebrar su primera sesión constitutiva en los próximos días (previsiblemente, entre el lunes y el martes), arranca con múltiples incógnitas por resolver. La principal, que constituye el objeto de su creación, es dilucidar si pudieron registrarse anomalías en el desarrollo del proceso que hubiesen beneficiado a familiares de mandos policiales; de otros agentes; de concejales y expolíticos de PP, PSOE y Vox; de representantes de los sindicatos UGT y CSIF; y de responsables de empresas que prestan algún tipo de servicio para el Ayuntamiento. 

Esa es la tesis que sostuvieron denunciantes que permanecen en el anonimato al dar a conocer ese presunto nepotismo en la primera información difundida al respecto por parte de la emisora Radio Alicante Cadena Ser en la que se apuntaba que cerca de dos tercios de los aspirantes aprobados guardaban algún tipo de vínculo con esos cinco colectivos. De ahí que el alcalde, Luis Barcala, anunciase la apertura de un expediente para esclarecer los hechos y que, después, también se acabase pactando la constitución de una comisión de investigación con el conjunto de grupos de la oposición: PSOE, Unides Podem EU, Compromís y Vox.

Con todo, al margen de esa cuestión central, existen otras preguntas por responder que pueden ayudar a desentrañar esa incógnita central en una convocatoria que forma parte de la Oferta de Empleo Público de 2017, con acumulación de plazas de 2019, 2020 y 2021, con el fin de cubrir 30 plazas de agentes de Policía Local del turno de movilidad (traslados) y 92 del turno libre ordinario (nuevas incorporaciones). Algunas de esas otras preguntas podrían ser las siguientes:

¿Cuál fue la participación de cada miembro del tribunal en el desarrollo del proceso? El tribunal está compuesto por el jefe de la Policía Local, José María Conesa, en funciones de presidente (el papel que la normativa reserva al máximo responsable del cuerpo en todas las oposiciones a Policía Local); por una funcionaria nivel A1; por dos vocales nombrados por designación del Instituto Valenciano de Seguridad Pública (IVASPE); y por un tercer vocal a propuesta del presidente (en este caso, el jefe de la Policía Local de Xàtiva). 

Se da por seguro que los representantes políticos que conforman la comisión de investigación solicitarán la comparecencia de los cinco para dilucidar qué papel jugó cada uno de ellos en el desarrollo del proceso, en asuntos como la formulación de las preguntas de las tres pruebas escritas o quién fue el encargado de su corrección, por ejemplo.

¿Cuál fue la cadena de custodia de los exámenes? En un proceso en el que se ha puesto en tela de juicio la posibilidad de una posible adulteración de los resultados, debería dilucidarse quién conservó el examen tipo test, el supuesto práctico y la prueba de valenciano antes de su realización. Y quién pudo tener acceso a ellos antes de la fecha de cada prueba.

¿Cuántos recursos o impugnaciones hubo a lo largo de todo el proceso? Alicante Plaza ya ha informado de la presentación de al menos tres recursos de alzada frente al desarrollo de la convocatoria. Uno de ellos, relacionado con el turno de movilidad, derivó en un contencioso que ha desembocado en una sentencia por la que se conmina al tribunal a retrotraer el proceso de valoración de los aspirantes sin contabilizar el mérito reconocido a seis de ellos de manera indebida. Hasta ahora, el equipo de gobierno, el bipartito compuesto por PP y Cs, no ha concretado si prevé presentar recurso de apelación contra ese fallo. El primer edil, Luis Barcala, apuntó el miércoles que la Asesoría Jurídica debía analizar las opciones existentes. 

Los otros dos recursos de alzada tienen que ver con la validez de los certificados médicos. Y los tres fueron rechazados. Primero, por el tribunal. Y después, por la Junta de Gobierno, que hizo suyas las conclusiones del tribunal. Está por ver cuántos recursos más llegaron a presentarse, si es que los hubo, en una convocatoria que contó inicialmente con más de 1.500 inscritos.

¿Por qué se aceptaron los certificados médicos aportados por los aspirantes después de que uno de esos recursos y dos escritos registrados por un sindicato alertasen de su posible caducidad? El certificado médico constituía la prueba previa del proceso. Cada aspirante debía aportar un informe en el que se detallase su estatura y se hiciese constar que no estaba incapacitado ni impedido para el desempeño del puesto al que optaba. El plazo para presentarlo finalizaba el 28 de octubre de 2020 y no se resolvió qué aspirantes habían sido considerados aptos tras comprobar ese certificado hasta el 10 de septiembre de 2021. Es decir, casi once meses después, pese a que las bases del proceso establecían que el certificado médico tendrían una validez máxima de 90 días. 

De ahí que al menos un aspirante lo hiciese notar con su recurso de alzada. Pero lo cierto es que la respuesta que concedió el tribunal no permite esclarecer por qué se consideraron válidos esos certificados. En realidad, el tribunal inadmitió dicho recurso con el argumento de que el recurrente había sido declarado apto en esa prueba previa y que, por tanto, no era un perjudicado con derecho a recurrir. Al margen de ello, se añadía una argumentación adicional que no confería ninguna información nueva: "No obstante, con el fin de dar respuesta completa a sus alegaciones, se indica que, en primer lugar, en cuanto a la validez del certificado médico aportado, ésta se refiere a la fecha del último día establecido para su presentación, en este caso el 28 de octubre de 2020, teniendo en cuenta que tiene una validez de 90 días desde su expedición. Es decir, el certificado médico que se aporte durante el plazo establecido al efecto no puede caducar antes de que finalice éste [sic]".

¿Por qué se tardó casi once meses en superar ese primer filtro del certificado médico pese a la necesidad de incorporar a más agentes? Es otro de los asuntos para los que se desconoce justificación, ya que en la resolución al recurso no se concreta nada al respecto. Solo se apunta, en respuesta al recurso presentado por otro aspirante, que existió un "asesor" para la elaboración de esa "prueba previa" (la comprobación de los certificados) al que el tribunal no identifica y de cuya designación en esa fase del proceso no se tiene constancia.

¿Quiénes asesoraron al tribunal? Como en todos los procesos de oposición, todo tribunal dispone de la posibilidad de contar con un grupo de asesores con el fin de contar con asistencia en el desarrollo de las pruebas. Según consta en la propia página web municipal, se contó con tres asesores: uno para la realización de los reconocimientos médicos de los aspirantes (el responsable del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales), otro para la realización de la prueba psicotécnica y otro para la realización de las pruebas físicas.

¿Cuál fue la intervención política en el desarrollo de las oposiciones? La primera y básica es la aprobación de la convocatoria. A partir de ahí, como viene sosteniendo el equipo de gobierno, en todas las oposiciones, es el tribunal encargado de dirigir el proceso quien tiene autonomía al ser "libre, independiente y soberano" para tomar sus decisiones, por lo que no existiría capacidad de intervención por ningún órgano o representante político en el proceso salvo que así lo acuerde un juez. No obstante, sí existía potestad para decidir sobre los recursos que se hayan podido plantear, con las resoluciones a adoptar por parte de la Junta de Gobierno sobre ellos, o para atender posibles quejas que pudiesen haber formulado particulares y organizaciones sindicales ante el departamento de Recursos Humanos, el de Seguridad o, en su caso, incluso ante Alcaldía. 

Al respecto, lo cierto es que la mayoría de los sindicatos con presencia en el Ayuntamiento ha mantenido prudencia al valorar el proceso, puesto que ya no tienen participación directa en su desarrollo, como sucedía en el pasado. Solo los representantes del SPPL mantuvieron una actitud reivindicativa horas después de que trascendiese la denuncia sobre nepotismo desvelada por Radio Alicante, lo que motivó que la ejecutiva provincial remitiese una circular en la que demandaba que se dejase de realizar declaraciones críticas sobre el proceso con el fin de no perjudicar a aspirantes afiliados. Días después, la ejecutiva también ha relegado a su secretario local del desempeño de sus funciones.

Más allá de ello, será la comisión la que deba profundizar en qué otras fases pudo existir o no intervención política.

¿Se puede acordar una posible suspensión o anulación de las oposiciones? Al margen de la autonomía de la que dispone todo tribunal opositor, se prevé que en la primera sesión de la comisión se faciliten los informes solicitados por el alcalde a la Asesoría Jurídica Municipal para determinar si existe alguna posibilidad de actuar y dejar sin efecto la convocatoria, en el caso de que se detecte la existencia de anomalías. Y, en ese supuesto, qué irregularidades, en qué condiciones o por qué causas concretas podría darse ese paso. 

Hasta el momento, no han trascendido las conclusiones de esos dictámenes y tampoco se conoce ninguna prueba concluyente de que existiese una manipulación o una filtración de las respuestas de los exámenes en beneficio de determinados aspirantes, al margen de la difusión de un listado con presuntas relaciones de parentesco que ha estado distribuyéndose de forma masiva a través de aplicaciones de mensajería en los últimos días. Tanto que ya se han registrado varias denuncias ante la Policía Nacional para que se investigue si pudo incurrirse en algún tipo de delito relacionado con la protección del derecho al honor en la autoría de ese listado (entre ellas, una por parte del jefe de la Policía Local, según publicó este jueves el diario Información).

¿Puede manipularse un proceso de oposición que conlleva tres ejercicios por escrito y la realización de pruebas físicas? La puntuación obtenida por los aspirantes aprobados al término del proceso resultaría de la suma del conjunto de las pruebas efectuadas. La comisión debe concretar si pudo primarse a determinados opositores en el conjunto de esos ejercicios. 

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