ALICANTE. La Junta Electoral de Alicante reprende al equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Alicante, del PP, y le obliga a retirar la publicidad institucional sobre el calendario de pago del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) difundida a través de medios de comunicación y de la propia página web municipal.
En una resolución fechada este jueves, la Junta da la razón al recurso presentado por Compromís per Alacant y considera que dichos anuncios infringen las restricciones establecidas en la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (Loreg) al incluir contenidos relacionados con la difusión de supuestos logros obtenidos por el PP en su gestión al frente del Ayuntamiento.
En concreto, la Junta subraya que en esa campaña publicitaria en prensa, radio y web municipal se apunta de manera explícita al acuerdo de modificación del tipo impositivo que conlleva una reducción lineal del 5% para el conjunto de la ciudadanía. Dicha modificación de la ordenanza fiscal del IBI se aprobó de manera definitiva en pleno el pasado diciembre.
Así, la Junta acuerda "requerir al Ayuntamiento de Alicante para que cese en el ejercicio de la publicidad institucional relacionada con el IBI al considerar que infringe el contenido del artículo 50.2 de la Loreg, por incluir contenido relacionado con los logros obtenidos".
No obstante, la resolución no impide que el Ayuntamiento pueda mantener un campaña informativa con datos asépticos "relativos al vencimiento del periodo de pago voluntario del citado impuesto".
Compromís acudió a la Junta Electoral para presentar el recurso el pasado lunes, 22 de abril. Sin embargo, la resolución sobre esa reclamación no se ha conocido hasta este viernes, cuatro días después, ya que el organismo encargado de velar por la corrección de la convocatoria democrática en el conjunto del partido judicial de Alicante debía resolver cuestiones precedentes.
La Junta Electoral de Zona de Alicante también ha requerido al candidato del PSPV-PSOE a la Alcaldía, Paco Sanguino, para que retire la publicidad que ha iniciado en la red social Facebook porque supone un incumplimiento de la Ley Orgánica del Régimen Electoral (Loreg).
El artículo 53 de esta ley determina que desde la convocatoria de las elecciones hasta el inicio legal de la campaña queda prohibida la realización de publicidad o propaganda electoral, algo que, a juicio de la Junta Electoral de Zona, ha incumplido de forma clara Sanguino.
De esta manera, la Junta Electoral da la razón al Partido Popular que el pasado día 22 de abril presentó un escrito alertando de "la irregularidad que estaba cometiendo el candidato socialista".
Además de requerir a Sanguino a que retire la publicidad de Facebook, la Junta Electoral de Zona le insta a que "se abstenga" de realizarla fuera del periodo de campaña.
El PP de Alicante ha mostrado su satisfacción tras recibir la resolución de la Junta Electoral, "porque se trataba de una manifiesta ilegalidad, fruto de la desesperación del candidato socialista por darse a conocer, con un claro desprecio a la normativa electoral vigente". En este sentido, desde el PP de Alicante "se insta al PSOE a que demuestre su voluntad de no volver a hacer trampas en el proceso electoral".