pide al tribunal que resuelva sobre su petición de decomiso del beneficio industrial

La Fiscalía sondea recurrir la absolución de Llorens en la causa sobre los contratos del Plan E

15/03/2022 - 

ALICANTE. La causa sobre el presunto amaño en la adjudicación de las obras del Plan E de Alicante no está cerrada de forma definitiva. La Fiscalía Anticorrupción medita opciones para plantear un posible recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS) frente a la sentencia dictada por la Sección Décima de la Audiencia el pasado 22 de febrero por la que se confirmaban anomalías en la adjudicación de esos trabajos, pero se absolvía a quien ejerció como vicealcalde y concejal de Atención Urbana, Andrés Llorens (PP), en el momento el que se produjeron las contrataciones, entre los años 2008 y 2010.

Por el contrario, la sentencia sí condenó al extécnico municipal de Atención Urbana José Lidón y al responsable de la constructora adjudicataria de esas obras, Becsa, Juan Manuel Valdivieso, en concepto de inductores de un delito de continuado de prevaricación. Como informó Alicante Plaza, en esa resolución, el tribunal estimaba que Lidón se concertó con Valdivieso para que fuese él o personal de su empresa quien elaborase la redacción de los proyectos que después salieron a licitación con lo que partía con una situación aventajada en el proceso. Se trataba de proyectos por un montante de cerca de 7,3 millones en los que se preveía la adecuación de la mediana de la Avenida de Villajoyosa en la Albufereta (adjudicada finalmente a CCMS); la renovación parcial del pavimento de La Explanada (adjudicada a Becsa); la renovación de la Plaza de la Montañeta (adjudicada a Becsa); y la construcción de 40 contenedores soterrados en el casco antiguo y plazas de Alicante (adjudicada a Becsa). 

Así, la sentencia imponía a Lidón una pena de 4 años y tres meses de inhabilitación para el desempeño de empleo o cargo público que implique ejercicio de técnico en el ámbito de la Administración Local. En el caso de Valdivieso, se le condenaba a dos años, un mes y quince días. Al tiempo, el fallo también absolvía al cuarto de los procesados en la causa, el responsable de la constructora CCM a la que se le subcontrataron parte de los trabajos, Javier Álvarez.

Para el tribunal, Llorens –mano derecha de la alcaldesa Sonia Castedo durante su última etapa de gobierno- "no sabía que los proyectos de obra hubieran sido realizados por persona ajena al personal de la Concejalía de Atención Urbana", por lo que la sentencia no apreciaba la existencia del delito que le atribuía tanto la Fiscalía como la acusación popular, ejercida por la exconcejal socialista Carmen Sánchez Brufal (quien ya habría descartado la posibilidad de interponer recurso).

Por lo pronto, al margen de la posibilidad de la interposición de ese recurso, la Fiscalía ha presentado un escrito de rectificación de error material y complemento de sentencia por el que solicita que el tribunal que enjuició los hechos rectifique la apreciación formulada respecto a su petición de compensación económica en concepto de responsabilidad civil por el perjuicio que, según su interpretación, sí se habría ocasionado al Ayuntamiento de Alicante.

En concreto, la Fiscalía señala que en la redacción de la sentencia se mantiene el importe inicial de 1,2 millones que se planteó en el escrito de acusación inicial y que fue modificado en la presentación del informe de conclusiones definitivas hasta rebajarlo a los 394.997 euros. Según se exponía en ese escrito, la cifra sería "el equivalente al beneficio industrial de los contratos ilícitamente obtenidos" por la constructora adjudicataria, según se hacía constar en ese informe final.

En segundo término, la Fiscalía solicita que el tribunal se pronuncie precisamente sobre el decomiso de esa cantidad, en respuesta a la solicitud planteada de forma subsidiaria también a través de ese escrito de conclusiones definitivas, en el caso de que la sala estimase "improcedente la condena por la responsabilidad civil solicitada", como así sucedió. De hecho, el tribunal descartó que la alteración de los concursos conllevase un perjuicio económico para el Ayuntamiento, por lo que la condena impuesta para Lidón y Valdivieso no se acompañaba de de la imposición del pago de indemnizaciones en concepto de responsabilidad civil. 

En este sentido, la resolución judicial apuntaba que "no consta que los elementos patrimoniales que salieron del Ayuntamiento de Alicante, pago del precio de las obras según los contratos, no fueran equivalentes al valor de los elementos patrimoniales que entraron, las obras, que hay que recordar que fueron entregadas sin tacha y que nadie ha afirmado que fueran defectuosas".

En este sentido, la Fiscalía emplaza ahora al tribunal a "resolver de forma expresa sobre la procedencia o no del decomiso del beneficio industrial obtenido por las adjudicaciones contractuales que la propia sala considera ilegales" en su sentencia, como respuesta a la petición planteada en su informe de conclusiones finales.

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