El juzgado avala las 'mascletàs' en Luceros frente a 'Salvem': existen otros factores que causan daños
El juzgado avala las 'mascletàs' en Luceros frente a 'Salvem': existen otros factores que causan daños
ALICANTE. Nueva solicitud con idéntico resultado. El Juzgado de lo Contencioso número 2 de Alicante ha desestimado la petición registrada por la asociación 'Salvem el Nostre Patrimoni' en el contencioso interpuesto frente a la celebración del concurso pirotécnico de las Fiestas de Fogueres en la plaza de Luceros por el que solicitaba que se acordase la suspensión cautelar del desarrollo de las mascletàs programadas durante los días centrales de la celebración en ese emplazamiento.
En un auto fechado el 31 de mayo, el titular del juzgado alcanza la misma conclusión que ya se ha expuesto en respuesta a dos contenciosos previos: que no existe ninguna certeza sobre el posible perjuicio irreparable que la pirotecnia pueda ocasionar sobre el monumento diseñado por el escultor Daniel Bañuls. "No existe ningún informe que establezca una relación de causa efecto entre la celebración de espectáculos pirotécnicos en el entorno inmediato de la fuente de la Plaza de los Luceros y la existencia de posibles daños estructurales y/o superficiales en ella o en alguno de sus elementos", señala el auto.
El contencioso interpuesto por el colectivo, que se dedica a reivindicar la protección del patrimonio cultural, se dirigía contra el acuerdo adoptado por el equipo de gobierno del Ayuntamiento de Alicante, del Partido Popular (PP), en la reunión de la Junta Local de 19 de abril, por el que se aprobaron las bases reguladoras del concurso pirotécnico. Y el mismo auto en el que se resuelve la solicitud de medidas cautelares planteada con su registro señala que la petición de paralización del disparo del espectáculo pirotécnico es una cuestión recurrente que ya se ha planteado con anterioridad. "No es la primera vez que la Asociación demandante ejercita la petición contenida en el recurso seguido ante este órgano jurisdiccional, eso sí, referida a otras anualidades", señala.
De hecho, esa misma petición se planteó en las semanas previas a las fiestas de 2022 y también en la edición de 2023. Y en las dos, dos juzgados distintos llegaron a la misma conclusión para acabar denegando la paralización demandada. Es más, en esta ocasión, el auto denegatorio reproduce el análisis elaborado por el Juzgado de lo Contencioso número 1 respecto a la primera de esas solicitudes y recalca que el Juzgado de lo Contencioso número 3 también abordó el mismo estudio con el mismo pronunciamiento. "La Asociación demandante, de forma sistemática, cada año, presenta la misma solicitud con el mismo objeto. Tanto el JCA nº 1 como el nº 3 de Alicante, han desestimado las solicitudes de la Asociación demandante relativas a los años 2022 y 2023", expone el auto.
Y añade que "los argumentos que esgrime la parte demandante en el procedimiento que nos ocupa, relativo al año 2024, son los mismos que los utilizados en los procedimientos correspondientes a los años 2022 y 2023. Los informes técnicos aportados también son los mismos". De ahí que concluya una vez más que "la demandante, no ha acreditado los perjuicios de difícil o imposible reparación que le puede generar la ejecución de la resolución recurrida". Es decir, las bases del concurso pirotécnico.
Además, el juzgado también subraya que, al ponderar los intereses en conflicto, "la demandante no ha acreditado las razones por las que deba prevalecer el objeto de la propia Asociación frente al interés general. Al respecto, se debe tener en cuenta la importante repercusión que las mascletàs producen en la ciudad de Alicante, al tratarse de uno de los elementos centrales de la fiesta de Les Fogueres de Sant Joan".
Y de nuevo alude al reconocimiento de las fiestas de Fogueres como Bien de Interés Cultural (BIC) inmaterial para insistir en que el espectáculo pirotécnico está encuadrado de forma expresa en Luceros en el acuerdo de esa declaración. "Así las cosas, no podemos orillar que por Decreto 222/2014, de 19 de diciembre, del Consell, se declararon bien de interés cultural inmaterial Les Fogueres de Sant Joan. En esta disposición reglamentaria, con relación a la pirotecnia, se recuerda que 'el acto más relevante en el que la pólvora es protagonista es el concurso de mascletades que desde 1988, tiene lugar entre el 19 y el 24 de junio en la Plaza de los Luceros. A las dos de la tarde se reúnen en torno a la plaza multitudes de gente, que esperan escuchar y sentir la mascletada. Posteriormente, el ayuntamiento de la ciudad premia a las mejores empresas pirotécnicas que han participado en el concurso'", concreta el auto.
Eso sí, el auto -contra el que cabe recurso en el plazo de quince días- no zanja el procedimiento. El recurso de Salvem continúa en trámite a la espera de que el juzgado puede pronunciarse de forma definitiva sobre el fondo del asunto, como ha venido sucediendo en las dos ocasiones precedentes. Por el momento, ninguno de las tentativas del colectivo ha conseguido modificar el desenlace del concurso pirotécnico ni que se promueva su reubicación en otro emplazamiento alternativo, como ha venido informando este diario.
El juzgado avala las 'mascletàs' en Luceros frente a 'Salvem': existen otros factores que causan daños