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Juli Cerdá: Acuerdo o despido improcedente

18/08/2019 - 

ALICANTE. A menos de seis días para que se inicie la competición en Segunda División B y a dos semanas para que se cierre el mercado de fichajes, el Hércules se encuentra con que cuenta con 17 futbolistas sénior cuando el máximo de fichas de este tipo es de 16.

Ni el director deportivo, Javier Portillo, ni el entrenador, Lluís Planagumà, dan por cerrada la plantilla. Es evidente que sigue habiendo un problema con el gol, que el entrenador preferiría otro nueve distinto a un Jona que está disfrutando de más minutos que nunca ante la lesión de Benja, pero que sigue sin ver puerta y que el diez, Carlos Martínez, sabe que no va a jugar lo mismo que el año pasado y también que podría tener sitio en un equipo extranjero. Pero teniendo presente todo lo anterior, ahora mismo es Juli el que ha de hacer sitio en la citada nómina de mayores de 23 años a Borja Martínez, el último fichaje de los blanquiazules, que este sábado disputó los primeros minutos de esta segunda etapa en el club del Rico Pérez y que este lunes será presentado. 

El Hércules trata desde julio de llegar a un acuerdo con el futbolista alcoyano para poner fin por adelantado a un contrato que vincula a las partes hasta el 30 de junio de 2020. El presidente blanquiazul, Carlos Parodi, y el agente del jugador, Domingo Sevillano, han abordado la rescisión de ese vínculo contractual pero sin llegar a un entendimiento. El que se hayan sentado ya es un avance, toda vez que en los días siguientes a la ya famosa rueda de prensa de Portillo en la que se invitó a Juli a dejar el club desde el entorno del futbolista se apresuraron en no solo dejar clara su negativa a hacerlo, también en que el club tendría "que despedirlo"

Lo normal es que no llegue la sangre al río y haya acuerdo entre las partes, aunque el paso de los días no está ayudando a lo anterior. De persistir esto último, no llegarse a un acuerdo, hasta horas antes del partido ante El Prat el Hércules tiene la opción de darle la baja federativa a Juli y la ficha sénior de este a Borja.

Pero lo anterior, tal y como explica el abogado especializado en Derecho Deportivo Nacho Martínez Abarca, tiene más implicaciones de las que pueda parecer de antemano: "Dejar a un jugador sin ficha equivale a incumplir la obligación de ocupación efectiva. Juli podría rescindir el contrato con las consecuencias de un despido improcedente", apunta Martínez. "Está contratado para actuar como futbolista y no puede hacerlo por causa no imputable al propio jugador", añade Abarca pronosticando una resolución favorable a Juli en la Jurisdicción de lo Social.

El Real Decreto 1006/1985, de 26 de junio, por el que se regula la relación laboral especial de los deportistas profesionales, es muy claro al respecto en su artículo 7.4: "Los deportistas profesionales tienen derecho a la ocupación efectiva, no pudiendo, salvo en caso de sanción o lesión, ser excluidos de los entrenamientos y demás actividades instrumentales o preparatorias para el ejercicio de la actividad deportiva". Y la jurisprudencia ha dejado claro que dejar sin ficha federativa supone un incumplimiento por parte del club, pudiendo el jugador resolver el contrato con efectos propios del despido improcedente.

Ahora bien, lo anterior no implica tampoco que, llegado el caso, la Justicia vaya a resolver que Juli ha de cobrar el año completo que le resta en el Hércules. Para empezar, porque a nadie le escapa que quiere seguir jugando y a buen seguro que encontrará un equipo donde hacerlo antes del 2 de septiembre. Esos dos factores, las fechas en las que estamos y que continúe su carrera profesional en otro club, resultarán determinantes, si el asunto se judicializa, para establecer la indemnización a percibir por Juli de estimar el juez su demanda por despido improcedente, si es que en el contrato que firmaron no se contempla algo distinto: el artículo 15 del citado Real Decreto establece que "en caso de despido improcedente, sin readmisión, el deportista profesional tendrá derecho a una indemnización, que a falta de pacto se fijará judicialmente, de al menos dos mensualidades de sus retribuciones periódicas, más la parte proporcional correspondiente de los complementos de calidad y cantidad de trabajo percibidos durante el último año, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año, por año de servicio. Para su fijación se ponderarán las circunstancias concurrentes, especialmente la relativa a la remuneración dejada de percibir por el deportista a causa de la extinción anticipada de su contrato". Esas circunstancias concurrentes, la remuneración que dejaría de percibir Juli en el Hércules, habría que ponerla en conexión con la que habría pasado a percibir en su nuevo club (restarle a la segunda la primera, si es que esta es mayor) y de ahí saldría, a grandes rasgos, el importe de la compensación económica a recibir por el futbolista, siempre que, como decimos, en el contrato no se hubiese pactado una indemnización por despido improcedente, en cuyo caso el juez lo tendría más fácil para fijarla.

No obstante lo anterior, es importante insistir en que ahora mismo nadie descarta que finalmente haya acuerdo entre las partes y Juli abandone la disciplina del Hércules voluntariamente, dos veranos después de recalar en él y tras defender su camiseta en 72 partidos oficiales (31 en la 2017/18 y 41 en la 2018/19).

Por cierto, solo ha jugado en el primero de los siete amistosos de pretemporada disputados, pero este sábado, a diferencia de en los cinco partidos anteriores, el entrenador decidió que entrase en la convocatoria y se pudiera volver a sentar en el banquillo junto a sus compañeros. Un buen gesto de Planagumà.

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