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se prevé que el pleno apruebe la normativa en la sesión de mayo

Horario, actividad, multas y concesiones: qué regula el reglamento del nuevo mercado de Mutxamel

  •  Fachada del nuevo mercado municipal de Mutxamel

MUTXAMEL. Con las obras del nuevo mercado de Mutxamel ya finalizadas, el Ayuntamiento puso a exposición pública su reglamento el pasado abril. Transcurrido un mes desde entonces, la corporación municipal aprobará, previsiblemente, el documento de manera definitiva en el pleno del próximo jueves 26 de mayo. De esta manera, se deroga la normativa que estaba vigente hasta el momento, aprobada por el Pleno hace 29 años, en 1993.

Las nuevas instalaciones se sitúan en la avenida Carlos Soler, número 66, en el edificio que un día fue el colegio El Salvador, lo que implica cerrar el mercado situado en la calle Ramón y Cajal número 5. Tras haber superado dos hándicaps que retrasaron las obras (la irrupción de la pandemia y la paralización de los trabajos en abril de 2021 por discrepancias entre la dirección y la constructora), el concejal de Obras e Infraestructuras, José Antonio Bermejo (PP), manifestó la voluntad de que el nuevo mercado estuviera funcionando en verano de 2022. Y parece que así será, pues esta aprobación definitiva es el último paso, que también se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) para oficializarlo.

Reglamento

Uno de los artículos destacables del nuevo reglamento es la posibilidad de que los titulares de los puestos de venta se puedan constituir como asociación. Si no existiera una asociación de comerciantes del mercado municipal, desde el propio Ayuntamiento se impulsará la creación de una Comisión Colaboradora de Vendedores para representar al sector vendedor del mercado.

Los puestos se otorgarán a través de un concurso público o, en su defecto, mediante un sistema que permita la legislación contractual administrativa. Las concesiones tendrán una duración de 25 años y se extinguen porque se termine el plazo; renuncia expresa; que sin autorización se ceda el puesto; que el puesto de venta esté cerrado o sin servicio al público más de 12 días consecutivos o más de 16 alternos y consecutivos en un plazo de tres meses; incumplir las condiciones sanitarias o falta de pago, entre otras causas.

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