ALICANTE. La pugna sobre la concesión de la licencia para la instalación de una planta de almacenaje de carburantes en el Puerto de Alicante por silencio administrativo se resolverá finalmente el próximo 28 de febrero. Esa es la fecha fijada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) para la votación y fallo sobre el recurso de apelación presentada por la empresa promotora de los depósitos de combustible (XC Business 90) frente a la sentencia de primera instancia que avaló al Ayuntamiento de Alicante al denegar la concesión de ese permiso.
La Concejalía de Urbanismo consideró, en ese trámite, que la compañía no había aportado toda la documentación requerida para completar el expediente de solicitud, por lo que concluyó que no podía interpretarse que se hubiese incurrido en un incumplimiento de plazos de respuesta por el retraso en la respuesta a su petición. En esencia, porque no podía contestarse a una petición sobre un proyecto incompleto. Con todo, XC Business optó por defender su posición inicial tras insistir en que fue la misma concejalía la que fue requiriendo distinta documentación adicional de forma recurrente con ánimos dilatorios. Es decir, con el fin de demorar su contestación.
Todo parece indicar que el pronunciamiento del TSJ respecto a esa disputa podría conocerse una semana después de que se produzca la votación y fallo. Eso sí, esa resolución tampoco zanjará la controversia, a pesar de que tanto el Ayuntamiento de Alicante como la Generalitat se hayan encomendado a la decisión del alto tribunal para concretar los próximos pasos a adoptar respecto al futuro del proyecto.
La decisión que pueda adoptar el TSJ no será definitiva, primero, porque seguirá existiendo la vía del recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS) para cualquiera de las dos partes que se considere perjudicada por el sentido del fallo. Y segundo, porque el TSJ solo decidirá si procede que el Ayuntamiento conceda o no la licencia a los depósitos en base al trámite del silencio administrativo. Es decir, que, en caso de que la sentencia sea desfavorable a la petición de XC Business, el Ayuntamiento seguirá teniendo que responder a su solicitud de licencia por el trámite ordinario, ya que la petición de permiso todavía no ha tenido respuesta desde que se produjo su presentación, en el año 2013.
Suspensión de plazos
Por el momento, la Concejalía de Urbanismo ha acordado suspender los plazos en la tramitación de ese expediente -al menos hasta que exista un pronunciamiento del TSJ- después de que XC Business 90 haya aportado la última documentación reclamada al mismo tiempo en el que se le denegaba la concesión del permiso por silencio administrativo.